Consejo de Seguridad Nuclear. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25203)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Acuerdo de prórroga del Convenio con el Foro de la Industria Nuclear Española, para la cesión de la administración y gestión de la red N2 del sistema de comunicaciones en emergencia entre las centrales nucleares españolas y el Consejo de Seguridad Nuclear.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Martes 3 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 164586
Tercera. Extinción del Acuerdo de prórroga.
El Acuerdo de prórroga se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución. Serán causas de resolución
las mismas establecidas para el Convenio en su estipulación octava.
Cuarta.
Régimen jurídico.
El presente Acuerdo de prórroga tiene carácter administrativo y, al igual que el
Convenio del que trae causa, se rige por lo dispuesto en Título Preliminar, Capítulo VI,
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de
aplicación para dicha prórroga lo dispuesto en el artículo 49. h) 2.º de dicha Ley.
cve: BOE-A-2024-25203
Verificable en https://www.boe.es
Las partes manifiestan su plena conformidad con el presente convenio, en Madrid,
a 22 de noviembre de 2024.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan
Carlos Lentijo Lentijo.–Por el Foro de la Industria Nuclear Española, el Presidente,
Ignacio Araluce Letamendia.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 291
Martes 3 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 164586
Tercera. Extinción del Acuerdo de prórroga.
El Acuerdo de prórroga se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución. Serán causas de resolución
las mismas establecidas para el Convenio en su estipulación octava.
Cuarta.
Régimen jurídico.
El presente Acuerdo de prórroga tiene carácter administrativo y, al igual que el
Convenio del que trae causa, se rige por lo dispuesto en Título Preliminar, Capítulo VI,
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de
aplicación para dicha prórroga lo dispuesto en el artículo 49. h) 2.º de dicha Ley.
cve: BOE-A-2024-25203
Verificable en https://www.boe.es
Las partes manifiestan su plena conformidad con el presente convenio, en Madrid,
a 22 de noviembre de 2024.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan
Carlos Lentijo Lentijo.–Por el Foro de la Industria Nuclear Española, el Presidente,
Ignacio Araluce Letamendia.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X