Jefatura Del Estado. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-25134)
Instrumento de ratificación del Acuerdo de asociación estratégica entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Japón, por otra, hecho en Tokio el 17 de julio de 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Martes 3 de diciembre de 2024
Artículo 49.
Sec. I. Pág. 164369
Futuras adhesiones a la Unión.
1. La Unión informará a Japón sobre cualquier solicitud de adhesión de un tercer
país a la Unión.
2. Las Partes debatirán, en particular en el marco del Comité Mixto, las posibles
consecuencias que la adhesión del tercer país a la Unión Europea pueda tener sobre el
presente acuerdo.
3. La Unión informará a Japón de la firma y la entrada en vigor de cualquier tratado
de adhesión de un tercer país a la Unión.
Artículo 50.
Aplicación territorial.
El presente acuerdo se aplicará, por una parte, a los territorios en los que sea
aplicable el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea en las condiciones establecidas en dichos Tratados y, por otra, al territorio de
Japón.
Artículo 51.
Textos auténticos.
El presente acuerdo se redacta en doble ejemplar en lenguas alemana, búlgara,
checa, croata, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega,
húngara, inglesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca, portuguesa,
rumana, sueca y japonesa, siendo cada uno de estos textos igualmente auténticos. En
caso de divergencia entre los textos del presente acuerdo, las Partes someterán el
asunto al Comité Mixto.
En fe de lo cual, los plenipotenciarios infrascritos, debidamente facultados a tal fin,
han firmado el presente acuerdo.
Hecho en Tokio, el diecisiete de julio de dos mil dieciocho.
ESTADOS PARTE
Manifestación
del consentimiento
Entrada
en vigor
Alemania.
17/07/2018
21/08/2019 R
01/01/2025
Austria.
17/07/2018
04/06/2019 R
01/01/2025
Bélgica.
17/07/2018
04/07/2022 R
01/01/2025
Bulgaria.
17/07/2018
17/04/2019 R
01/01/2025
Chipre.
17/07/2018
29/11/2023 R
01/01/2025
Croacia.
17/07/2018
27/01/2020 R
01/01/2025
Dinamarca.
17/07/2018
08/08/2023 R
01/01/2025
Eslovaquia.
17/07/2018
15/01/2020 R
01/01/2025
Eslovenia.
17/07/2018
21/08/2019 R
01/01/2025
España.
17/07/2018
30/11/2020 R
01/01/2025
Estonia.
17/07/2018
12/12/2018 R
01/01/2025
Finlandia.
17/07/2018
29/01/2020 R
01/01/2025
Francia.
17/07/2018
12/08/2021 R
01/01/2025
Grecia.
17/07/2018
08/12/2021 R
01/01/2025
Aplicación
provisional
Efecto de la
aplicación
provisional
cve: BOE-A-2024-25134
Verificable en https://www.boe.es
Firma
Estados
Núm. 291
Martes 3 de diciembre de 2024
Artículo 49.
Sec. I. Pág. 164369
Futuras adhesiones a la Unión.
1. La Unión informará a Japón sobre cualquier solicitud de adhesión de un tercer
país a la Unión.
2. Las Partes debatirán, en particular en el marco del Comité Mixto, las posibles
consecuencias que la adhesión del tercer país a la Unión Europea pueda tener sobre el
presente acuerdo.
3. La Unión informará a Japón de la firma y la entrada en vigor de cualquier tratado
de adhesión de un tercer país a la Unión.
Artículo 50.
Aplicación territorial.
El presente acuerdo se aplicará, por una parte, a los territorios en los que sea
aplicable el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea en las condiciones establecidas en dichos Tratados y, por otra, al territorio de
Japón.
Artículo 51.
Textos auténticos.
El presente acuerdo se redacta en doble ejemplar en lenguas alemana, búlgara,
checa, croata, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega,
húngara, inglesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca, portuguesa,
rumana, sueca y japonesa, siendo cada uno de estos textos igualmente auténticos. En
caso de divergencia entre los textos del presente acuerdo, las Partes someterán el
asunto al Comité Mixto.
En fe de lo cual, los plenipotenciarios infrascritos, debidamente facultados a tal fin,
han firmado el presente acuerdo.
Hecho en Tokio, el diecisiete de julio de dos mil dieciocho.
ESTADOS PARTE
Manifestación
del consentimiento
Entrada
en vigor
Alemania.
17/07/2018
21/08/2019 R
01/01/2025
Austria.
17/07/2018
04/06/2019 R
01/01/2025
Bélgica.
17/07/2018
04/07/2022 R
01/01/2025
Bulgaria.
17/07/2018
17/04/2019 R
01/01/2025
Chipre.
17/07/2018
29/11/2023 R
01/01/2025
Croacia.
17/07/2018
27/01/2020 R
01/01/2025
Dinamarca.
17/07/2018
08/08/2023 R
01/01/2025
Eslovaquia.
17/07/2018
15/01/2020 R
01/01/2025
Eslovenia.
17/07/2018
21/08/2019 R
01/01/2025
España.
17/07/2018
30/11/2020 R
01/01/2025
Estonia.
17/07/2018
12/12/2018 R
01/01/2025
Finlandia.
17/07/2018
29/01/2020 R
01/01/2025
Francia.
17/07/2018
12/08/2021 R
01/01/2025
Grecia.
17/07/2018
08/12/2021 R
01/01/2025
Aplicación
provisional
Efecto de la
aplicación
provisional
cve: BOE-A-2024-25134
Verificable en https://www.boe.es
Firma
Estados