Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25105)
Resolución 420/38502/2024, de 25 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Clúster de la Industria de Defensa, para la realización de acciones conjuntas que impulsen la incorporación al ámbito laboral civil de personal militar y de los reservistas de especial disponibilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Lunes 2 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 163798

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
25105

Resolución 420/38502/2024, de 25 de noviembre, de la Secretaría General
Técnica, por la que se publica el Convenio con el Clúster de la Industria de
Defensa, para la realización de acciones conjuntas que impulsen la
incorporación al ámbito laboral civil de personal militar y de los reservistas de
especial disponibilidad.

Suscrito el 21 de noviembre de 2024 el Convenio entre el Ministerio de Defensa con el
Clúster de la Industria de Defensa para la realización de acciones conjuntas que impulsen la
incorporación al ámbito laboral civil de personal militar y de los reservistas de especial
disponibilidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 25 de noviembre de 2024.–El Secretario General Técnico, José Luis García
Castell.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Defensa y el Clúster de la Industria de Defensa
para la realización de acciones conjuntas que impulsen la incorporación al ámbito
laboral civil de personal militar y de los reservistas de especial disponibilidad
En Madrid, a 21 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña Adoración Mateos Tejada, Subsecretaria de Defensa, según
nombramiento conferido por Real Decreto 361/2022, de 12 de mayo, en representación
de la Ministra de Defensa, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden DEF/3015/2004,
de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de
Defensa en materia de convenios de colaboración.
De otra parte, don Manuel Vila González, Presidente del Clúster de la Industria de
Defensa, con sede social en el número 5 de la plaza de Velarde, 39001 Santander
(Cantabria), cargo que ostenta en virtud de la designación efectuada en la sesión
constituyente del actual Comité Ejecutivo, con fecha 14 de agosto de 2022 y que le
habilita para la firma de este convenio.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y

Primero.
Que el artículo 32.3 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de
los miembros de las Fuerzas Armadas (FAS), dispone que se ofrecerán, a los miembros de
las FAS, programas de incorporación a otros ámbitos laborales acordes con su empleo,
titulaciones, años de servicio e intereses profesionales. Dichos programas se implantarán por
el Ministerio de Defensa en colaboración con las distintas Administraciones Públicas y con el
sector privado y se desarrollarán durante la vida activa del militar.

cve: BOE-A-2024-25105
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