Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25103)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163750
Autónomas en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el
ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de
la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en
el artículo 7.2 del Real Derecho 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de
sanción disciplinaria o condena penal que le impida, en su Estado, el acceso a la
función pública.
11.2 La persona que tuviera la condición de funcionario/a de carrera en activo,
estará exenta de presentar los documentos más arriba descritos, debiendo presentar
únicamente certificación acreditativa, del Ministerio u Organismo del que dependan, de
su condición de funcionario/a, y de cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicios.
11.3 Los nombramientos como funcionarios docentes de carrera serán efectuados
por el Rector, después de que las personas aspirantes propuestas hayan dado
cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en los apartados anteriores. El
nombramiento especificará la denominación de la plaza, Cuerpo, Área de Conocimiento
y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y
en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y será comunicado al Consejo de
Universidades.
11.4 En el plazo máximo de veinte días naturales, a contar desde el día
siguiente a la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la
persona aspirante propuesta deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que
adquirirá la condición de funcionaria o funcionario de carrera del Cuerpo docente
universitario de que se trate.
12.
Publicación de la resolución
Publíquese la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Electrónico de la Universidad Carlos III
de Madrid.
13.
Protección de datos
13.1 De conformidad con lo establecido por la normativa vigente en materia de
protección de datos personales, los datos facilitados por quienes concurran a la presente
convocatoria serán tratados por la Universidad Carlos III de Madrid, en el marco del
tratamiento inscrito en el Registro de Actividades de Tratamiento e identificado como
«Procesos de selección profesorado permanente», con la finalidad de la selección de
personal mediante concursos públicos de la Universidad.
Sus datos serán tratados para poder tramitar su solicitud y resolver la convocatoria
en la que participa. A estos efectos, se adoptarán las medidas necesarias para preservar
la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información personal tratada.
13.2 Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un
correo a la siguiente dirección: dpd@uc3m.es
13.3 Puede consultar la información adicional y detallada sobre nuestra Política de
Privacidad en https://www.uc3m.es/protecciondedatos
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
Recurso Potestativo de Reposición ante el Rector en el plazo de un mes desde el día
siguiente a la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en la
Sección 3.ª del Capítulo II del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, Recurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid,
cve: BOE-A-2024-25103
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163750
Autónomas en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el
ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de
la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en
el artículo 7.2 del Real Derecho 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de
sanción disciplinaria o condena penal que le impida, en su Estado, el acceso a la
función pública.
11.2 La persona que tuviera la condición de funcionario/a de carrera en activo,
estará exenta de presentar los documentos más arriba descritos, debiendo presentar
únicamente certificación acreditativa, del Ministerio u Organismo del que dependan, de
su condición de funcionario/a, y de cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicios.
11.3 Los nombramientos como funcionarios docentes de carrera serán efectuados
por el Rector, después de que las personas aspirantes propuestas hayan dado
cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en los apartados anteriores. El
nombramiento especificará la denominación de la plaza, Cuerpo, Área de Conocimiento
y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y
en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y será comunicado al Consejo de
Universidades.
11.4 En el plazo máximo de veinte días naturales, a contar desde el día
siguiente a la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la
persona aspirante propuesta deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que
adquirirá la condición de funcionaria o funcionario de carrera del Cuerpo docente
universitario de que se trate.
12.
Publicación de la resolución
Publíquese la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Electrónico de la Universidad Carlos III
de Madrid.
13.
Protección de datos
13.1 De conformidad con lo establecido por la normativa vigente en materia de
protección de datos personales, los datos facilitados por quienes concurran a la presente
convocatoria serán tratados por la Universidad Carlos III de Madrid, en el marco del
tratamiento inscrito en el Registro de Actividades de Tratamiento e identificado como
«Procesos de selección profesorado permanente», con la finalidad de la selección de
personal mediante concursos públicos de la Universidad.
Sus datos serán tratados para poder tramitar su solicitud y resolver la convocatoria
en la que participa. A estos efectos, se adoptarán las medidas necesarias para preservar
la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información personal tratada.
13.2 Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un
correo a la siguiente dirección: dpd@uc3m.es
13.3 Puede consultar la información adicional y detallada sobre nuestra Política de
Privacidad en https://www.uc3m.es/protecciondedatos
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
Recurso Potestativo de Reposición ante el Rector en el plazo de un mes desde el día
siguiente a la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en la
Sección 3.ª del Capítulo II del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, Recurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid,
cve: BOE-A-2024-25103
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 290