Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25103)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163749
El informe que cada miembro de la Comisión entregará a la presidencia, después de
cada ejercicio incluirá la valoración numérica de cada persona aspirante de acuerdo con
los criterios de evaluación establecidos y el siguiente esquema:
Ejercicio
Primero.
Criterio
Puntuación
por criterio
Experiencia docente e investigadora (Historial académico).
60 puntos
Puntuación
70 puntos Proyectos docente e investigador.
Presentación y discusión.
Segundo. 15 puntos
Tercero.
15 puntos
10.
Lección.
8 puntos
2 puntos
10 puntos
Presentación y discusión.
5 puntos
Trabajo de investigación.
10 puntos
Presentación y discusión.
5 puntos
Propuesta de provisión y procedimiento de reclamación
10.1 Finalizadas las pruebas, las Comisiones remitirán al Rector una propuesta
motivada, que tendrá carácter vinculante, de todas las personas aspirantes, desglosada
por cada uno de ellos y con los aspectos evaluados, por orden de preferencia para su
nombramiento, sin que pueda exceder la propuesta el número de plazas convocadas a
concurso, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público. No obstante, lo anterior, y con el fin de
asegurar la cobertura de las plazas convocadas, en el caso de se produzcan renuncias
de las personas aspirantes seleccionadas antes de su nombramiento o toma de
posesión, las Comisiones de selección facilitarán en todo caso relación priorizada de
aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios
de carrera.
10.2 Los concursos podrán resolverse con la no provisión de plazas cuando, a
juicio motivado de la correspondiente Comisión, las personas aspirantes no se adecúen
a las exigencias de la convocatoria.
10.3 Las personas aspirantes podrán presentar reclamación ante el Rector contra
las propuestas de las Comisiones, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente
al de la publicación de las propuestas en la página web de la Universidad Carlos III de
Madrid.
10.4 Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su
resolución. La reclamación será valorada por una Comisión de Reclamaciones de
acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de la Normativa UC3M ACG 12/02/2024.
Transcurrido el plazo de tres meses sin que la reclamación se haya resuelto, se
entenderá desestimada.
11.1 La persona aspirante propuesta para la provisión de la plaza deberá presentar,
en los veinte días hábiles siguientes a la publicación de la propuesta de la Comisión, en
el Registro General de la Universidad o a través de su Sede Electrónica los siguientes
documentos:
a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas de Profesor universitario.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del
Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades
cve: BOE-A-2024-25103
Verificable en https://www.boe.es
11. Presentación de documentos y nombramientos
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163749
El informe que cada miembro de la Comisión entregará a la presidencia, después de
cada ejercicio incluirá la valoración numérica de cada persona aspirante de acuerdo con
los criterios de evaluación establecidos y el siguiente esquema:
Ejercicio
Primero.
Criterio
Puntuación
por criterio
Experiencia docente e investigadora (Historial académico).
60 puntos
Puntuación
70 puntos Proyectos docente e investigador.
Presentación y discusión.
Segundo. 15 puntos
Tercero.
15 puntos
10.
Lección.
8 puntos
2 puntos
10 puntos
Presentación y discusión.
5 puntos
Trabajo de investigación.
10 puntos
Presentación y discusión.
5 puntos
Propuesta de provisión y procedimiento de reclamación
10.1 Finalizadas las pruebas, las Comisiones remitirán al Rector una propuesta
motivada, que tendrá carácter vinculante, de todas las personas aspirantes, desglosada
por cada uno de ellos y con los aspectos evaluados, por orden de preferencia para su
nombramiento, sin que pueda exceder la propuesta el número de plazas convocadas a
concurso, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público. No obstante, lo anterior, y con el fin de
asegurar la cobertura de las plazas convocadas, en el caso de se produzcan renuncias
de las personas aspirantes seleccionadas antes de su nombramiento o toma de
posesión, las Comisiones de selección facilitarán en todo caso relación priorizada de
aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios
de carrera.
10.2 Los concursos podrán resolverse con la no provisión de plazas cuando, a
juicio motivado de la correspondiente Comisión, las personas aspirantes no se adecúen
a las exigencias de la convocatoria.
10.3 Las personas aspirantes podrán presentar reclamación ante el Rector contra
las propuestas de las Comisiones, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente
al de la publicación de las propuestas en la página web de la Universidad Carlos III de
Madrid.
10.4 Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su
resolución. La reclamación será valorada por una Comisión de Reclamaciones de
acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de la Normativa UC3M ACG 12/02/2024.
Transcurrido el plazo de tres meses sin que la reclamación se haya resuelto, se
entenderá desestimada.
11.1 La persona aspirante propuesta para la provisión de la plaza deberá presentar,
en los veinte días hábiles siguientes a la publicación de la propuesta de la Comisión, en
el Registro General de la Universidad o a través de su Sede Electrónica los siguientes
documentos:
a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas de Profesor universitario.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del
Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades
cve: BOE-A-2024-25103
Verificable en https://www.boe.es
11. Presentación de documentos y nombramientos