Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25125)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, del Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, para su participación como punto de contacto en la red de alerta alimentaria nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 164336
Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación,
resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles
de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes
para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Duodécima. Protección de datos de carácter personal y confidencialidad de la
información.
La información intercambiada entre las partes durante las actividades previstas en
presente convenio no contiene datos de carácter personal susceptibles de tratamiento en
virtud del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
No obstante, las partes, en el desarrollo de sus correspondientes actividades
derivadas del presente convenio, atenderán las disposiciones de obligado cumplimiento
establecidas en el citado Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
Asimismo, las partes firmantes se comprometen al cumplimiento de su obligación de
secreto con respecto a los datos suministrados al amparo del presente convenio, y al
deber de tratarlos con confidencialidad. Con este fin, adoptarán las medidas necesarias
para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
cve: BOE-A-2024-25125
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente el
presente documento, constando como fecha de suscripción la de la última realizada (20
de noviembre de 2024).–Por Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición,
O.A., la Directora Ejecutiva, Ana María López-Santacruz Serraller.–Por la Federación
Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, el Director General, Mauricio García
de Quevedo Ruiz, y la Directora Financiera, Karina Pereira Bernal.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 164336
Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación,
resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles
de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes
para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Duodécima. Protección de datos de carácter personal y confidencialidad de la
información.
La información intercambiada entre las partes durante las actividades previstas en
presente convenio no contiene datos de carácter personal susceptibles de tratamiento en
virtud del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
No obstante, las partes, en el desarrollo de sus correspondientes actividades
derivadas del presente convenio, atenderán las disposiciones de obligado cumplimiento
establecidas en el citado Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
Asimismo, las partes firmantes se comprometen al cumplimiento de su obligación de
secreto con respecto a los datos suministrados al amparo del presente convenio, y al
deber de tratarlos con confidencialidad. Con este fin, adoptarán las medidas necesarias
para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
cve: BOE-A-2024-25125
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente el
presente documento, constando como fecha de suscripción la de la última realizada (20
de noviembre de 2024).–Por Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición,
O.A., la Directora Ejecutiva, Ana María López-Santacruz Serraller.–Por la Federación
Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, el Director General, Mauricio García
de Quevedo Ruiz, y la Directora Financiera, Karina Pereira Bernal.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X