Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-25074)
Orden PJC/1357/2024, de 19 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163559
instancia, las personas aspirantes comprendidas en la relación de personas aprobadas
que concurran por un ámbito territorial con lengua autonómica y derecho foral propios
serán emplazadas para la realización del ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio,
que acredite el conocimiento de los mismos.
Paralelamente, el Tribunal delegado correspondiente procederá a la valoración de la
documentación acreditativa del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las
Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco, que hubieren aportado las personas
interesadas.
La puntuación obtenida, tanto del examen como de la documentación acreditativa, se
ajustará al baremo contenido en el anexo V para todos los cuerpos, y solo surtirá efectos
para la adjudicación de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.
Las personas aspirantes podrán optar por realizar la prueba, por documentar el
conocimiento de la lengua oficial o por acogerse a ambos sistemas. En este último caso,
la puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que pueda ser
acumulativa.
7.4 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal elevará al Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes propuesta con la relación de personas
que superan el proceso selectivo, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá
exceder el de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y
en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, con
indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI, puntuación final obtenida en la
fase de concurso de méritos.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá
que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal
funcionario de carrera en este proceso.
No obstante, si en alguno de los ámbitos territoriales no se hubiesen cubierto todas
las plazas ofertadas, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
coordinadamente con el Tribunal Calificador Único, procederá a ofertar tales plazas
vacantes, por ese o esos concretos ámbitos, a aspirantes de otros ámbitos que, no
habiendo superado el proceso selectivo hayan sido baremados sus méritos, tengan la
mayor puntuación. Así se ordenarán estas personas aspirantes de mayor a menor
puntación procediendo a ofertarles las plazas vacantes, pudiendo optar estas personas
por las de uno u otros ámbitos territoriales, si es que existen vacantes en más de un
territorio.
En estos casos, la persona aspirante que supere el proceso selectivo por esta vía,
ocupará el puesto inmediatamente posterior a la última de las personas aprobadas por el
ámbito al que se ha incorporado, procedente desde aquel otro en el que no había
superado el proceso dado lo limitado de las plazas.
Las personas opositoras afectadas que cambien a alguno de los ámbitos territoriales
que tengan establecida la valoración de lengua oficial propia o Derecho civil vasco serán
convocadas, en su caso, sí así lo solicitan, a la realización de la correspondiente prueba
optativa o les será incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación
documental que hubieran aportado, previo requerimiento al efecto en el plazo de cinco
días hábiles.
Efectuadas, en su caso, estas coberturas de plazas vacantes en algún ámbito
territorial con aspirantes de otros ámbitos, se procederá ya conforme a lo anteriormente
indicado, a la publicación en los diarios oficiales con indicación del número de orden,
apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida y, en su caso, mención de que pese a la
nota se ocupa el último o últimos puestos consecuencia de esta base.
7.5 Como medida de agilización de los procesos selectivos, se llevarán a cabo de
forma simultánea la realización de las pruebas o baremación del conocimiento de las
lenguas oficiales propias y del Derecho Civil Vasco y la oferta de destinos disponibles por
el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y las Comunidades
Autónomas con competencias en la materia.
cve: BOE-A-2024-25074
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163559
instancia, las personas aspirantes comprendidas en la relación de personas aprobadas
que concurran por un ámbito territorial con lengua autonómica y derecho foral propios
serán emplazadas para la realización del ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio,
que acredite el conocimiento de los mismos.
Paralelamente, el Tribunal delegado correspondiente procederá a la valoración de la
documentación acreditativa del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las
Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco, que hubieren aportado las personas
interesadas.
La puntuación obtenida, tanto del examen como de la documentación acreditativa, se
ajustará al baremo contenido en el anexo V para todos los cuerpos, y solo surtirá efectos
para la adjudicación de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.
Las personas aspirantes podrán optar por realizar la prueba, por documentar el
conocimiento de la lengua oficial o por acogerse a ambos sistemas. En este último caso,
la puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que pueda ser
acumulativa.
7.4 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal elevará al Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes propuesta con la relación de personas
que superan el proceso selectivo, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá
exceder el de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y
en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, con
indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI, puntuación final obtenida en la
fase de concurso de méritos.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá
que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal
funcionario de carrera en este proceso.
No obstante, si en alguno de los ámbitos territoriales no se hubiesen cubierto todas
las plazas ofertadas, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
coordinadamente con el Tribunal Calificador Único, procederá a ofertar tales plazas
vacantes, por ese o esos concretos ámbitos, a aspirantes de otros ámbitos que, no
habiendo superado el proceso selectivo hayan sido baremados sus méritos, tengan la
mayor puntuación. Así se ordenarán estas personas aspirantes de mayor a menor
puntación procediendo a ofertarles las plazas vacantes, pudiendo optar estas personas
por las de uno u otros ámbitos territoriales, si es que existen vacantes en más de un
territorio.
En estos casos, la persona aspirante que supere el proceso selectivo por esta vía,
ocupará el puesto inmediatamente posterior a la última de las personas aprobadas por el
ámbito al que se ha incorporado, procedente desde aquel otro en el que no había
superado el proceso dado lo limitado de las plazas.
Las personas opositoras afectadas que cambien a alguno de los ámbitos territoriales
que tengan establecida la valoración de lengua oficial propia o Derecho civil vasco serán
convocadas, en su caso, sí así lo solicitan, a la realización de la correspondiente prueba
optativa o les será incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación
documental que hubieran aportado, previo requerimiento al efecto en el plazo de cinco
días hábiles.
Efectuadas, en su caso, estas coberturas de plazas vacantes en algún ámbito
territorial con aspirantes de otros ámbitos, se procederá ya conforme a lo anteriormente
indicado, a la publicación en los diarios oficiales con indicación del número de orden,
apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida y, en su caso, mención de que pese a la
nota se ocupa el último o últimos puestos consecuencia de esta base.
7.5 Como medida de agilización de los procesos selectivos, se llevarán a cabo de
forma simultánea la realización de las pruebas o baremación del conocimiento de las
lenguas oficiales propias y del Derecho Civil Vasco y la oferta de destinos disponibles por
el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y las Comunidades
Autónomas con competencias en la materia.
cve: BOE-A-2024-25074
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 290