Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. (BOE-A-2024-25073)
Orden PJC/1356/2024, de 19 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso, turno libre, por el sistema selectivo de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163534
Comunidades Autónomas con competencias asumidas en medidos personales, que se
recoge en el siguiente cuadro:
Ámbito Territorial
Plazas
Andalucía.
0
Aragón.
0
Asturias.
0
Canarias.
0
Cantabria.
0
Cataluña.
2
Comunidad Valenciana.
0
Galicia.
1
La Rioja.
0
Madrid.
2
Navarra.
0
País Vasco.
0
Total CC. AA.
Ministerio de Justicia.
Total.
5
1
6
1.2 Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y,
en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del
ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito
territorial no se podrán acumular a otro distinto, sin perjuicio de lo dispuesto a
continuación y en el punto anterior.
1.3 No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada
la solicitud, salvo para el caso de que se produjeran vacantes en un determinado ámbito
territorial, en cuyo caso se ofrecerá relación complementaria a los aspirantes que,
habiendo sido valorados sus méritos en la fase de concurso, sigan a los propuestos
hasta completar el total de plazas convocadas.
Así, de este modo, si en un ámbito territorial hubiesen aspirantes que habiendo sido
baremados sus méritos no superasen el proceso selectivo al venir el número de
personas aprobadas limitado por el número de plazas convocadas en ese ámbito
territorial y en otro ámbito territorial hubiesen quedado plazas sin cubrir, estas plazas
vacantes podrán ser ofertadas a los aspirantes que no superaron el proceso en su
ámbito, de mayor a menor nota, debiendo manifestar expresamente su conformidad con
el cambio de ámbito territorial y su inclusión a continuación del último o última candidata
que aprobó por el ámbito en el que le ha ofertado la plaza vacante existente. Si la
persona aspirante con la nota más alta rechazase esta posibilidad, se pasará a la
siguiente y así sucesivamente.
1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas
donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible,
todos los términos y plazos establecidos en la presente orden se contarán a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-25073
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163534
Comunidades Autónomas con competencias asumidas en medidos personales, que se
recoge en el siguiente cuadro:
Ámbito Territorial
Plazas
Andalucía.
0
Aragón.
0
Asturias.
0
Canarias.
0
Cantabria.
0
Cataluña.
2
Comunidad Valenciana.
0
Galicia.
1
La Rioja.
0
Madrid.
2
Navarra.
0
País Vasco.
0
Total CC. AA.
Ministerio de Justicia.
Total.
5
1
6
1.2 Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y,
en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del
ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito
territorial no se podrán acumular a otro distinto, sin perjuicio de lo dispuesto a
continuación y en el punto anterior.
1.3 No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada
la solicitud, salvo para el caso de que se produjeran vacantes en un determinado ámbito
territorial, en cuyo caso se ofrecerá relación complementaria a los aspirantes que,
habiendo sido valorados sus méritos en la fase de concurso, sigan a los propuestos
hasta completar el total de plazas convocadas.
Así, de este modo, si en un ámbito territorial hubiesen aspirantes que habiendo sido
baremados sus méritos no superasen el proceso selectivo al venir el número de
personas aprobadas limitado por el número de plazas convocadas en ese ámbito
territorial y en otro ámbito territorial hubiesen quedado plazas sin cubrir, estas plazas
vacantes podrán ser ofertadas a los aspirantes que no superaron el proceso en su
ámbito, de mayor a menor nota, debiendo manifestar expresamente su conformidad con
el cambio de ámbito territorial y su inclusión a continuación del último o última candidata
que aprobó por el ámbito en el que le ha ofertado la plaza vacante existente. Si la
persona aspirante con la nota más alta rechazase esta posibilidad, se pasará a la
siguiente y así sucesivamente.
1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas
donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible,
todos los términos y plazos establecidos en la presente orden se contarán a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-25073
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 290