Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. (BOE-A-2024-25073)
Orden PJC/1356/2024, de 19 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso, turno libre, por el sistema selectivo de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163540
A las personas opositoras afectadas que cambien a alguno de los ámbitos
territoriales que tengan establecida la valoración de lengua oficial propia o Derecho civil
vasco les será incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación documental
que hubieran aportado, previo requerimiento al efecto en el plazo de cinco días hábiles.
Efectuados, en su caso, estas coberturas de plazas vacantes en algún ámbito
territorial con aspirantes de otros ámbitos, se procederá ya conforme a lo anteriormente
indicado, a la publicación en los diarios oficiales con indicación del número de orden,
apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los méritos y en su caso,
mención de que pese a la nota se ocupa el último o últimos puestos consecuencia de
esta base.
6.5 Como medida de agilización de los procesos selectivos, se llevará a cabo de
forma simultánea la realización de la baremación del conocimiento de las lenguas
oficiales propias y del Derecho Civil Vasco y la oferta de destinos disponibles por el
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y las Comunidades
Autónomas con competencias en la materia.
De este modo, una vez finalizada la baremación, se procederá a nueva publicación
en los respectivos ámbitos territoriales de la nota total que se había obtenido en el
proceso selectivo y junto a ella, pero separada, la puntuación obtenida en la lengua
oficial propia y en el Derecho foral del ámbito territorial por el que concurrían las
personas aspirantes y la suma final de ambas que será la que determine el orden
obtenido en el proceso selectivo, en ese ámbito territorial.
7.
Presentación de documentación
7.1 Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del
Estado» y diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas,
presentarán en el Registro General del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes (calle Bolsa, número 8, 28071 Madrid) por los medios previstos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, dirigidos a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588Medios Personales. Procesos Selectivos la documentación siguiente:
– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica
acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención
del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para
su expedición.
d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
cve: BOE-A-2024-25073
Verificable en https://www.boe.es
a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se
establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes y Comunidades Autónomas competentes.
b) Las personas aspirantes que tengan la condición legal de persona con
discapacidad, con grado igual o superior al 33 por ciento deberán presentar certificación
de los órganos competentes que acredite tal condición (en caso de que esta no se haya
acreditado con anterioridad) y certificado médico oficial que acredite su capacidad
funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo por el que se
presentaban.
c) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan
opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o
certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano
instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163540
A las personas opositoras afectadas que cambien a alguno de los ámbitos
territoriales que tengan establecida la valoración de lengua oficial propia o Derecho civil
vasco les será incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación documental
que hubieran aportado, previo requerimiento al efecto en el plazo de cinco días hábiles.
Efectuados, en su caso, estas coberturas de plazas vacantes en algún ámbito
territorial con aspirantes de otros ámbitos, se procederá ya conforme a lo anteriormente
indicado, a la publicación en los diarios oficiales con indicación del número de orden,
apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los méritos y en su caso,
mención de que pese a la nota se ocupa el último o últimos puestos consecuencia de
esta base.
6.5 Como medida de agilización de los procesos selectivos, se llevará a cabo de
forma simultánea la realización de la baremación del conocimiento de las lenguas
oficiales propias y del Derecho Civil Vasco y la oferta de destinos disponibles por el
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y las Comunidades
Autónomas con competencias en la materia.
De este modo, una vez finalizada la baremación, se procederá a nueva publicación
en los respectivos ámbitos territoriales de la nota total que se había obtenido en el
proceso selectivo y junto a ella, pero separada, la puntuación obtenida en la lengua
oficial propia y en el Derecho foral del ámbito territorial por el que concurrían las
personas aspirantes y la suma final de ambas que será la que determine el orden
obtenido en el proceso selectivo, en ese ámbito territorial.
7.
Presentación de documentación
7.1 Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del
Estado» y diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas,
presentarán en el Registro General del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes (calle Bolsa, número 8, 28071 Madrid) por los medios previstos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, dirigidos a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588Medios Personales. Procesos Selectivos la documentación siguiente:
– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica
acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención
del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para
su expedición.
d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
cve: BOE-A-2024-25073
Verificable en https://www.boe.es
a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se
establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes y Comunidades Autónomas competentes.
b) Las personas aspirantes que tengan la condición legal de persona con
discapacidad, con grado igual o superior al 33 por ciento deberán presentar certificación
de los órganos competentes que acredite tal condición (en caso de que esta no se haya
acreditado con anterioridad) y certificado médico oficial que acredite su capacidad
funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo por el que se
presentaban.
c) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan
opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o
certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano
instructor de este proceso selectivo deberán aportar también: