Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-25072)
Orden PJC/1355/2024, de 19 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso, turno libre, por el sistema selectivo de concurso, reservado a personas con discapacidad, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163524
El Tribunal Calificador publicará en la página web del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes la relación de personas aspirantes con la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida
en cada apartado y la total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las
alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo y vistas y resueltas las alegaciones el
Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.3 Propuesta de personas aspirantes aprobadas. Finalizado el proceso selectivo,
el Tribunal elevará al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
propuesta con la relación de personas que superan la fase de concurso para su
nombramiento como personal funcionario en prácticas cuyo número no podrá exceder el
de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» con indicación
del número de orden, apellidos y nombre, DNI y puntuación obtenida en cada uno de los
méritos.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá
que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal
funcionario en prácticas en este proceso.
7.
Presentación de documentación
7.1 Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del
Estado», presentarán en el Registro General del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes (calle Bolsa, número 8, 28071 Madrid) por los medios
previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos a la Unidad
EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos la documentación
siguiente:
a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se
establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
b) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan
opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o
certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano
instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:
– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica
acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención
del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para
su expedición.
7.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
7.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren
la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados o nombradas personal funcionario y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de la
cve: BOE-A-2024-25072
Verificable en https://www.boe.es
c) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163524
El Tribunal Calificador publicará en la página web del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes la relación de personas aspirantes con la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida
en cada apartado y la total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las
alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo y vistas y resueltas las alegaciones el
Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.3 Propuesta de personas aspirantes aprobadas. Finalizado el proceso selectivo,
el Tribunal elevará al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
propuesta con la relación de personas que superan la fase de concurso para su
nombramiento como personal funcionario en prácticas cuyo número no podrá exceder el
de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» con indicación
del número de orden, apellidos y nombre, DNI y puntuación obtenida en cada uno de los
méritos.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá
que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal
funcionario en prácticas en este proceso.
7.
Presentación de documentación
7.1 Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del
Estado», presentarán en el Registro General del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes (calle Bolsa, número 8, 28071 Madrid) por los medios
previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos a la Unidad
EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos la documentación
siguiente:
a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se
establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
b) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan
opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o
certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano
instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:
– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica
acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención
del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para
su expedición.
7.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
7.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren
la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados o nombradas personal funcionario y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de la
cve: BOE-A-2024-25072
Verificable en https://www.boe.es
c) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.