Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25034)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de Puertos del Estado, por la que se publica la tercera Adenda modificativa y de prórroga del Convenio regulador de las aportaciones financieras de la Autoridad Portuaria de Sevilla con cargo al Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria en relación con el acceso directo al puerto de Sevilla (enlace de la Salud).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163138
de Andalucía, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del 28 de febrero de 2019
(Orden FOM/198/2019, de 25 de febrero). La Autoridad Portuaria de Sevilla es un
organismo público, con CIF Q-4167008D, domiciliado en Sevilla, avenida del Molini, 6,
(CP 41012), con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena capacidad de
obrar, regulado por el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante (en adelante TRLPEMM), aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2011,
de 5 de septiembre.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir el presente
convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 6 de junio de 2017 se firmó el convenio cuyo objeto consiste en
regular las condiciones de financiación por parte de la Autoridad Portuaria de Sevilla de
la actuación denominada «Acceso directo al puerto de Sevilla (enlace de La Salud)», con
fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» el 31 de julio de 2017.
Segundo.
Que, con fecha 22 de abril de 2020, se suscribió, previa tramitación correspondiente,
la primera Adenda de modificación del citado convenio, siendo publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» el 5 de mayo de 2020.
Tercero.
Que, con fecha 16 de julio de 2021 fue suscrita, previa tramitación correspondiente,
la «Adenda número 2 modificativa y prórroga al Convenio regulador de las aportaciones
financieras de la Autoridad Portuaria de Sevilla con cargo al Fondo Financiero de
Accesibilidad Terrestre Portuaria en relación con el acceso directo al Puerto de Sevilla
(enlace de la Salud)», siendo publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 7 de agosto
de 2021.
Que, con posterioridad a los antecedentes descritos y con posterioridad a la
adjudicación del contrato de las obras de infraestructura y vía, ADIF ha informado a la
Comisión de Seguimiento del Convenio del presupuesto de inversión actualizado
respecto de la estimación incluida en el convenio, y que asciende a la cantidad
de 44.698 miles de euros (IVA excluido). Este incremento responde al aumento en el
coste de ciertas partidas con respecto a la previsión inicial, entre las que destacan las
reposiciones de los servicios afectados de las líneas eléctricas, la retirada de los
residuos de fibrocemento de una edificación en desuso, además de la necesidad de
incorporar modificaciones al contrato de obras de infraestructura y vía.
Por tanto, la Comisión de Seguimiento, en el ejercicio de la facultad prevista en la
cláusula séptima del convenio, acordó proponer una elevación del importe económico del
convenio hasta el importe indicado, con la distribución anual que se recoge de manera
estimativa en la memoria justificativa que acompaña a la presente adenda.
Quinto.
Que, como consecuencia, principalmente, de la necesidad de acometer reposiciones
de servicios de mayor envergadura de las previstas inicialmente, particularmente en el
caso de línea eléctricas de alta tensión, que requieren plazos prolongados de redacción
y aprobación de proyectos, así como de ejecución y suministro de materiales, el plazo
cve: BOE-A-2024-25034
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163138
de Andalucía, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del 28 de febrero de 2019
(Orden FOM/198/2019, de 25 de febrero). La Autoridad Portuaria de Sevilla es un
organismo público, con CIF Q-4167008D, domiciliado en Sevilla, avenida del Molini, 6,
(CP 41012), con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena capacidad de
obrar, regulado por el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante (en adelante TRLPEMM), aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2011,
de 5 de septiembre.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir el presente
convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 6 de junio de 2017 se firmó el convenio cuyo objeto consiste en
regular las condiciones de financiación por parte de la Autoridad Portuaria de Sevilla de
la actuación denominada «Acceso directo al puerto de Sevilla (enlace de La Salud)», con
fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» el 31 de julio de 2017.
Segundo.
Que, con fecha 22 de abril de 2020, se suscribió, previa tramitación correspondiente,
la primera Adenda de modificación del citado convenio, siendo publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» el 5 de mayo de 2020.
Tercero.
Que, con fecha 16 de julio de 2021 fue suscrita, previa tramitación correspondiente,
la «Adenda número 2 modificativa y prórroga al Convenio regulador de las aportaciones
financieras de la Autoridad Portuaria de Sevilla con cargo al Fondo Financiero de
Accesibilidad Terrestre Portuaria en relación con el acceso directo al Puerto de Sevilla
(enlace de la Salud)», siendo publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 7 de agosto
de 2021.
Que, con posterioridad a los antecedentes descritos y con posterioridad a la
adjudicación del contrato de las obras de infraestructura y vía, ADIF ha informado a la
Comisión de Seguimiento del Convenio del presupuesto de inversión actualizado
respecto de la estimación incluida en el convenio, y que asciende a la cantidad
de 44.698 miles de euros (IVA excluido). Este incremento responde al aumento en el
coste de ciertas partidas con respecto a la previsión inicial, entre las que destacan las
reposiciones de los servicios afectados de las líneas eléctricas, la retirada de los
residuos de fibrocemento de una edificación en desuso, además de la necesidad de
incorporar modificaciones al contrato de obras de infraestructura y vía.
Por tanto, la Comisión de Seguimiento, en el ejercicio de la facultad prevista en la
cláusula séptima del convenio, acordó proponer una elevación del importe económico del
convenio hasta el importe indicado, con la distribución anual que se recoge de manera
estimativa en la memoria justificativa que acompaña a la presente adenda.
Quinto.
Que, como consecuencia, principalmente, de la necesidad de acometer reposiciones
de servicios de mayor envergadura de las previstas inicialmente, particularmente en el
caso de línea eléctricas de alta tensión, que requieren plazos prolongados de redacción
y aprobación de proyectos, así como de ejecución y suministro de materiales, el plazo
cve: BOE-A-2024-25034
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Cuarto.