Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25017)
Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Centro de Investigaciones Sociológicas, para la prestación del servicio centralizado de nómina estándar de la Administración General del Estado y el Servicio de Visualización de Nóminas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 162982
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Es objeto del presente convenio:
1. La puesta a disposición por parte de la Secretaría General de Administración
Digital (en adelante, SGAD) del servicio centralizado de Nómina Estándar de la
Administración General del Estado (en adelante, NEDAES), que se suministra sobre una
infraestructura compartida multientidad, que permite realizar el tratamiento automatizado
de las nóminas de su personal adscrito, en los términos que se especifican en el
presente convenio. Con la firma de este convenio, el CIS adquiere la condición de Centro
Usuario de NEDAES.
2. Asimismo, la SGAD también pone a disposición del CIS el servicio en la nube de
visualización de nóminas SERVINÓMINA, provisto de forma centralizada, en los términos
y condiciones que se establecen en el anexo III del presente convenio.
Segunda.
Obligaciones de la SGAD.
La SGAD se compromete a cumplir con las obligaciones que se exponen a
continuación:
a) Mantenimiento correctivo: Corrección de aquellos errores o fallos de
funcionamiento que pudieran detectarse en el aplicativo y que se derivaran de defectos
en la programación o en el diseño. Incluye la modificación y puesta en producción de las
correcciones.
b) Mantenimiento adaptativo: Introducción de modificaciones en el aplicativo que
obedecen a cambios de normativa o cambios de versión del software de base. Incluye la
modificación y puesta en producción de las modificaciones.
c) Mantenimiento evolutivo: Incorporación de mejoras de carácter tecnológico o
funcional, con el objeto de garantizar la permanente actualización y mejora del servicio a
través del aprovechamiento de la evolución tecnológica y mediante el desarrollo e
incorporación de nuevas funcionalidades, metodologías o herramientas para la gestión
de la información. En especial hay que destacar la incorporación de cuantas mejoras y
nuevas funcionalidades sean necesarias para la plena evolución de NEDAES como
aplicación de administración electrónica. Incluye la modificación y puesta en producción
de las mejoras.
2. Facilitar los medios materiales y humanos necesarios para proveer el servicio
centralizado NEDAES de modo que el Centro Usuario pueda realizar el tratamiento
automatizado de las nóminas del personal adscrito al el CIS.
cve: BOE-A-2024-25017
Verificable en https://www.boe.es
1. Garantizar la continua incorporación de mejoras y nuevas funcionalidades en la
aplicación NEDAES, su evolución tecnológica, su adaptación a las frecuentes
modificaciones normativas que le afectan, la pronta resolución de los errores o
incidencias que pudieran producirse en el servicio NEDAES en producción, así como el
análisis y desarrollo de otras funcionalidades de ayuda a la gestión económica de los
recursos humanos que deban incorporarse de manera temporal o permanente en el
servicio. A tal efecto, se responsabiliza de la realización de todas las tareas
concernientes al mantenimiento del aplicativo. La SGAD determinará la fecha o periodo
mensual en el que realizará las actuaciones de actualización o mantenimiento
programadas, que serán efectivas al mismo tiempo para todos los Centros Usuarios del
servicio.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 162982
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Es objeto del presente convenio:
1. La puesta a disposición por parte de la Secretaría General de Administración
Digital (en adelante, SGAD) del servicio centralizado de Nómina Estándar de la
Administración General del Estado (en adelante, NEDAES), que se suministra sobre una
infraestructura compartida multientidad, que permite realizar el tratamiento automatizado
de las nóminas de su personal adscrito, en los términos que se especifican en el
presente convenio. Con la firma de este convenio, el CIS adquiere la condición de Centro
Usuario de NEDAES.
2. Asimismo, la SGAD también pone a disposición del CIS el servicio en la nube de
visualización de nóminas SERVINÓMINA, provisto de forma centralizada, en los términos
y condiciones que se establecen en el anexo III del presente convenio.
Segunda.
Obligaciones de la SGAD.
La SGAD se compromete a cumplir con las obligaciones que se exponen a
continuación:
a) Mantenimiento correctivo: Corrección de aquellos errores o fallos de
funcionamiento que pudieran detectarse en el aplicativo y que se derivaran de defectos
en la programación o en el diseño. Incluye la modificación y puesta en producción de las
correcciones.
b) Mantenimiento adaptativo: Introducción de modificaciones en el aplicativo que
obedecen a cambios de normativa o cambios de versión del software de base. Incluye la
modificación y puesta en producción de las modificaciones.
c) Mantenimiento evolutivo: Incorporación de mejoras de carácter tecnológico o
funcional, con el objeto de garantizar la permanente actualización y mejora del servicio a
través del aprovechamiento de la evolución tecnológica y mediante el desarrollo e
incorporación de nuevas funcionalidades, metodologías o herramientas para la gestión
de la información. En especial hay que destacar la incorporación de cuantas mejoras y
nuevas funcionalidades sean necesarias para la plena evolución de NEDAES como
aplicación de administración electrónica. Incluye la modificación y puesta en producción
de las mejoras.
2. Facilitar los medios materiales y humanos necesarios para proveer el servicio
centralizado NEDAES de modo que el Centro Usuario pueda realizar el tratamiento
automatizado de las nóminas del personal adscrito al el CIS.
cve: BOE-A-2024-25017
Verificable en https://www.boe.es
1. Garantizar la continua incorporación de mejoras y nuevas funcionalidades en la
aplicación NEDAES, su evolución tecnológica, su adaptación a las frecuentes
modificaciones normativas que le afectan, la pronta resolución de los errores o
incidencias que pudieran producirse en el servicio NEDAES en producción, así como el
análisis y desarrollo de otras funcionalidades de ayuda a la gestión económica de los
recursos humanos que deban incorporarse de manera temporal o permanente en el
servicio. A tal efecto, se responsabiliza de la realización de todas las tareas
concernientes al mantenimiento del aplicativo. La SGAD determinará la fecha o periodo
mensual en el que realizará las actuaciones de actualización o mantenimiento
programadas, que serán efectivas al mismo tiempo para todos los Centros Usuarios del
servicio.