Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25020)
Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio interadministrativo entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española» y el Ayuntamiento de Sevilla, para la regulación de los compromisos adquiridos en el procedimiento de determinación de la sede de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163035
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman este convenio en la fecha indicada en la propia firma.–La Ministra de
Defensa, Margarita Robles Fernández.–El Ministro de Política Territorial y Memoria
Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–La Ministra de Ciencia, Innovación y
Universidades, Diana Morant Ripoll.–El Director de la Agencia Estatal «Agencia Espacial
Española», Juan Carlos Cortés Pulido.–El Alcalde de Sevilla, José Luis Sanz Ruiz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-25020
Verificable en https://www.boe.es
Los datos personales que se traten en ejecución de este Convenio se incorporarán a
los Registros de Actividades de Tratamiento de las partes intervinientes, con la finalidad
de gestionar las relaciones descritas en él. Las partes intervinientes en el Convenio se
abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea
estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines de este Convenio.
En caso de tratamiento de datos personales para medidas de apoyo para el personal
de la Agencia, el Ayuntamiento de Sevilla será encargado de tratamiento y se deberá
firmar un acto jurídico de encargo de tratamiento de acuerdo al art. 28 del RGPD. Los
titulares de los datos personales podrán ejercitar frente a cualquiera de los responsables
del tratamiento los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los
datos personales, y la limitación u oposición a su tratamiento.
Los suscribientes del Convenio asumen que han de informar a los titulares de los
datos personales de las características del tratamiento de dichos datos que, en el marco
del Convenio, se llevará a cabo; asumen que han de obtener el consentimiento de los
titulares de los datos personales para llevar a efecto los tratamientos de dichos datos
que sean consecuencia de las actuaciones previstas en el Convenio, y también asumen
la obligación de implementar las oportunas medidas técnicas y organizativas, así como
de implementar el correspondiente mecanismo que solvente las violaciones de la
seguridad de los datos personales que pudieran producirse; asimismo, asumen la
obligación de establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por parte de los titulares
de los datos personales de los derechos que derivan de la normativa de protección de
datos personales.
Si los suscribientes destinaran los datos personales que obtengan a consecuencia
del Convenio a otra finalidad, los comunicaran o utilizaran incumpliendo lo estipulado en
el Convenio y/o en la normativa de protección de datos personales, responderán de las
responsabilidades que se deriven de los daños y perjuicios que a consecuencia del
tratamiento causen, a fin de garantizar al perjudicado la indemnización efectiva, sin
perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5 del RGPD europeo. Cuando se proyecte el
tratamiento ulterior de los datos recabados para un fin que no sea aquel para el que se
recogieron, se deberá proporcionar a los interesados, con anterioridad a dicho
tratamiento ulterior, información sobre ese otro fin y cualquier información adicional
pertinente, obteniendo previamente el consentimiento del titular de los datos personales,
siempre que el fin sea compatible con el previsto en el presente Convenio.
Cuando los suscribientes prevean un tratamiento que pueda suponer un riesgo para
los derechos y libertades de las personas, deberán analizar de forma previa si es
necesario realizar una evaluación de impacto. Las garantías que, en orden a los datos
personales, se establecen tendrán validez durante la vigencia del presente protocolo y
sus prórrogas.
Los datos personales exclusivamente se conservarán para atender las
responsabilidades que nazcan del tratamiento de los datos. Cumplido el plazo de
prescripción de acciones se procederá a suprimir tales datos.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163035
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman este convenio en la fecha indicada en la propia firma.–La Ministra de
Defensa, Margarita Robles Fernández.–El Ministro de Política Territorial y Memoria
Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–La Ministra de Ciencia, Innovación y
Universidades, Diana Morant Ripoll.–El Director de la Agencia Estatal «Agencia Espacial
Española», Juan Carlos Cortés Pulido.–El Alcalde de Sevilla, José Luis Sanz Ruiz.
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los Registros de Actividades de Tratamiento de las partes intervinientes, con la finalidad
de gestionar las relaciones descritas en él. Las partes intervinientes en el Convenio se
abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea
estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines de este Convenio.
En caso de tratamiento de datos personales para medidas de apoyo para el personal
de la Agencia, el Ayuntamiento de Sevilla será encargado de tratamiento y se deberá
firmar un acto jurídico de encargo de tratamiento de acuerdo al art. 28 del RGPD. Los
titulares de los datos personales podrán ejercitar frente a cualquiera de los responsables
del tratamiento los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los
datos personales, y la limitación u oposición a su tratamiento.
Los suscribientes del Convenio asumen que han de informar a los titulares de los
datos personales de las características del tratamiento de dichos datos que, en el marco
del Convenio, se llevará a cabo; asumen que han de obtener el consentimiento de los
titulares de los datos personales para llevar a efecto los tratamientos de dichos datos
que sean consecuencia de las actuaciones previstas en el Convenio, y también asumen
la obligación de implementar las oportunas medidas técnicas y organizativas, así como
de implementar el correspondiente mecanismo que solvente las violaciones de la
seguridad de los datos personales que pudieran producirse; asimismo, asumen la
obligación de establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por parte de los titulares
de los datos personales de los derechos que derivan de la normativa de protección de
datos personales.
Si los suscribientes destinaran los datos personales que obtengan a consecuencia
del Convenio a otra finalidad, los comunicaran o utilizaran incumpliendo lo estipulado en
el Convenio y/o en la normativa de protección de datos personales, responderán de las
responsabilidades que se deriven de los daños y perjuicios que a consecuencia del
tratamiento causen, a fin de garantizar al perjudicado la indemnización efectiva, sin
perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5 del RGPD europeo. Cuando se proyecte el
tratamiento ulterior de los datos recabados para un fin que no sea aquel para el que se
recogieron, se deberá proporcionar a los interesados, con anterioridad a dicho
tratamiento ulterior, información sobre ese otro fin y cualquier información adicional
pertinente, obteniendo previamente el consentimiento del titular de los datos personales,
siempre que el fin sea compatible con el previsto en el presente Convenio.
Cuando los suscribientes prevean un tratamiento que pueda suponer un riesgo para
los derechos y libertades de las personas, deberán analizar de forma previa si es
necesario realizar una evaluación de impacto. Las garantías que, en orden a los datos
personales, se establecen tendrán validez durante la vigencia del presente protocolo y
sus prórrogas.
Los datos personales exclusivamente se conservarán para atender las
responsabilidades que nazcan del tratamiento de los datos. Cumplido el plazo de
prescripción de acciones se procederá a suprimir tales datos.