Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-25026)
Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz a la Dirección General de la Guardia Civil, para la vigilancia y protección del recinto fiscal de la Zona Franca de Cádiz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163087
trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte
que lo dirigió notificará a la parte incumplidora y a la Comisión de Seguimiento la
concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el acuerdo.
La parte incumplidora no tendrá que indemnizar económicamente a la otra parte por
incumplimiento de las obligaciones del convenio de encomienda de gestión o por su
extinción, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiese acreditarse, en su caso, frente
a terceros.
4. La decisión judicial declaratoria de la nulidad del acuerdo.
5. Cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el acuerdo o en otras
leyes.
Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio de
encomienda de gestión existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a
propuesta de la Comisión de Seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización
de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo máximo
improrrogable de dos meses para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación de las mismas.
Decimotercera.
Transparencia de la actividad pública.
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que ese dé a la presente
encomienda la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno».
cve: BOE-A-2024-25026
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente el
presente acuerdo.–El Delegado Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca
de Cádiz, Francisco González Pérez.–La Directora General de la Guardia Civil, María de
las Mercedes González Fernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163087
trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte
que lo dirigió notificará a la parte incumplidora y a la Comisión de Seguimiento la
concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el acuerdo.
La parte incumplidora no tendrá que indemnizar económicamente a la otra parte por
incumplimiento de las obligaciones del convenio de encomienda de gestión o por su
extinción, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiese acreditarse, en su caso, frente
a terceros.
4. La decisión judicial declaratoria de la nulidad del acuerdo.
5. Cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el acuerdo o en otras
leyes.
Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio de
encomienda de gestión existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a
propuesta de la Comisión de Seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización
de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo máximo
improrrogable de dos meses para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación de las mismas.
Decimotercera.
Transparencia de la actividad pública.
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que ese dé a la presente
encomienda la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno».
cve: BOE-A-2024-25026
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente el
presente acuerdo.–El Delegado Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca
de Cádiz, Francisco González Pérez.–La Directora General de la Guardia Civil, María de
las Mercedes González Fernández.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X