Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-25028)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cataluña, para la ejecución de actuaciones de mejora de la conectividad de la AP-2 y la AP-7.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163090
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
25028
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Carreteras, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma
de Cataluña, para la ejecución de actuaciones de mejora de la conectividad
de la AP-2 y la AP-7.
Habiendo sido suscrito, el 19 de noviembre de 2024, el «Convenio entre el Ministerio
de Transportes y Movilidad Sostenible y la Administración de la Generalitat de Catalunya,
para la ejecución de actuaciones de mejora de la conectividad de la AP-2 y la AP-7» y,
en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por
la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades
de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 20 de noviembre de 2024.–El Director General de Carreteras, Juan Pedro
Fernández Palomino.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y la
Administración de la Generalitat de Catalunya, para la ejecución de actuaciones de
mejora de la conectividad de la AP-2 y la AP-7
19 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Óscar Puente Santiago, nombrado por el Real Decreto 835/2023,
de 20 de noviembre, en representación del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, y actuando al amparo de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y en el acuerdo de avocación de
fecha 16 de abril de 2024, adoptado de acuerdo con el artículo 10 de esa ley.
Y de la otra, doña Sílvia Paneque i Sureda, en virtud de su nombramiento por el
Decreto 134/2024, de 11 de agosto, como consejera del Departamento de Territorio,
Vivienda y Transición Ecológica de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y de
acuerdo con la autorización para firmar este convenio otorgada por el Acuerdo del
Gobierno de 21 de mayo de 2024, actuando en nombre y representación de esta
Administración.
EXPONEN
Primero.
El artículo 149.1, 21.ª y 24.ª, de la Constitución española atribuye al Estado la
competencia exclusiva en materia de ferrocarriles y transportes terrestres que circulen
por los territorios de más de una comunidad autónoma, el régimen general de
comunicaciones y sobre las obras públicas de interés general. Asimismo, en el
cve: BOE-A-2024-25028
Verificable en https://www.boe.es
Las partes declaran, y así se reconocen entre ellas, la capacidad legal suficiente para
la suscripción de este convenio, y a tal efecto
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163090
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
25028
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Carreteras, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma
de Cataluña, para la ejecución de actuaciones de mejora de la conectividad
de la AP-2 y la AP-7.
Habiendo sido suscrito, el 19 de noviembre de 2024, el «Convenio entre el Ministerio
de Transportes y Movilidad Sostenible y la Administración de la Generalitat de Catalunya,
para la ejecución de actuaciones de mejora de la conectividad de la AP-2 y la AP-7» y,
en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por
la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades
de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 20 de noviembre de 2024.–El Director General de Carreteras, Juan Pedro
Fernández Palomino.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y la
Administración de la Generalitat de Catalunya, para la ejecución de actuaciones de
mejora de la conectividad de la AP-2 y la AP-7
19 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Óscar Puente Santiago, nombrado por el Real Decreto 835/2023,
de 20 de noviembre, en representación del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, y actuando al amparo de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y en el acuerdo de avocación de
fecha 16 de abril de 2024, adoptado de acuerdo con el artículo 10 de esa ley.
Y de la otra, doña Sílvia Paneque i Sureda, en virtud de su nombramiento por el
Decreto 134/2024, de 11 de agosto, como consejera del Departamento de Territorio,
Vivienda y Transición Ecológica de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y de
acuerdo con la autorización para firmar este convenio otorgada por el Acuerdo del
Gobierno de 21 de mayo de 2024, actuando en nombre y representación de esta
Administración.
EXPONEN
Primero.
El artículo 149.1, 21.ª y 24.ª, de la Constitución española atribuye al Estado la
competencia exclusiva en materia de ferrocarriles y transportes terrestres que circulen
por los territorios de más de una comunidad autónoma, el régimen general de
comunicaciones y sobre las obras públicas de interés general. Asimismo, en el
cve: BOE-A-2024-25028
Verificable en https://www.boe.es
Las partes declaran, y así se reconocen entre ellas, la capacidad legal suficiente para
la suscripción de este convenio, y a tal efecto