Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25044)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina. Unidad 08 de Nanbiosis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163207
del CCMIJU y el Instituto de Investigación Biomédica de Málaga y Plataforma en
Nanomedicina (IBIMA Plataforma BIONAND), lo cual ha quedado reflejado jurídicamente
en el convenio suscrito por las tres partes que resultó eficaz tras su publicación en el
BOE el día 26 de octubre de 2020.
XII. Que esta Infraestructura NANBIOSIS sufrió una modificación en la composición
de sus nodos, al ser sustituido el Centro Andaluz de nanomedicina y Biotecnología
(BIONAND) por el Instituto de Investigación Biomédica de Málaga y Plataforma en
Nanomedicina (IBIMA. Plataforma BIONAND), hecho que quedó reflejado en la adenda
al convenio suscrita por las partes afectadas, que resultó eficaz tras su inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal el día 20 de octubre de 2022.
XIII. Que CIBER es propietario de aparatos y equipos destinados al desarrollo de
aplicaciones tecnológicas de investigación y a la creación de infraestructuras para
investigaciones biomédicas, cuyo uso será conforme con los Estatutos del CIBER que
las Partes declaran conocer y que, actualmente, son los que se relacionan en el anexo 1.
XIV. Que el CSIC es titular de aparatos y equipos destinados al desarrollo de
aplicaciones tecnológicas y de investigación en el ámbito de la biomedicina, ubicados en
el IMB-CNM-CSIC que actualmente se relacionan en el anexo 2.
XV. Que las partes, dentro de sus planes estratégicos, estando interesadas en
aunar esfuerzos, entre otras acciones, establecieron una colaboración de carácter
específico para constituir una Plataforma de Equipamiento, actualmente Unidad 8 de
NANBIOSIS, para lo cual firmaron convenio de colaboración específico de creación de
Plataforma, el 21 de noviembre de 2010. Posteriormente, con el fin de adecuar dicho
convenio a la nueva normativa vigente en materia de convenios, las partes firmaron
uno nuevo el 2 de enero de 2020, cuya eficacia tuvo lugar el 18 de febrero de ese
mismo año.
XVI. Que, debido a que el convenio citado en el párrafo anterior llegó a su fin el
pasado 18 de febrero de 2024, las partes deciden formalizar el presente convenio.
III. Declaración de intenciones
Con base en los fines antes expuestos, es objetivo común a las partes impulsar la
investigación y están de acuerdo en regular, de forma específica, las condiciones de
funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta, referida en los
Expositivos IX, X y XV.
En vista de todo lo anterior, las Partes firman el presente convenio, que se regirá por
la buena fe y diligencia en sus actuaciones y por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es dar continuidad y regular, de forma específica, las
condiciones de funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta
descrita en la cláusula siguiente, con el objetivo de permitir y facilitar el uso del
equipamiento que la integra al personal investigador del IMB-CBM-CSIC y de los grupos
que componen el CIBER-BBN, así como de otras instituciones públicas y empresas, de
acuerdo con las tarifas establecidas en la página web de NANBIOSIS www.nanbiosis.es.
Las terceras personas a las que se refiere el párrafo anterior no tienen la
consideración de parte del convenio ni asumen ningún tipo de obligación derivada del
mismo ni suponen un desarrollo ni una modificación del convenio.
cve: BOE-A-2024-25044
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163207
del CCMIJU y el Instituto de Investigación Biomédica de Málaga y Plataforma en
Nanomedicina (IBIMA Plataforma BIONAND), lo cual ha quedado reflejado jurídicamente
en el convenio suscrito por las tres partes que resultó eficaz tras su publicación en el
BOE el día 26 de octubre de 2020.
XII. Que esta Infraestructura NANBIOSIS sufrió una modificación en la composición
de sus nodos, al ser sustituido el Centro Andaluz de nanomedicina y Biotecnología
(BIONAND) por el Instituto de Investigación Biomédica de Málaga y Plataforma en
Nanomedicina (IBIMA. Plataforma BIONAND), hecho que quedó reflejado en la adenda
al convenio suscrita por las partes afectadas, que resultó eficaz tras su inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal el día 20 de octubre de 2022.
XIII. Que CIBER es propietario de aparatos y equipos destinados al desarrollo de
aplicaciones tecnológicas de investigación y a la creación de infraestructuras para
investigaciones biomédicas, cuyo uso será conforme con los Estatutos del CIBER que
las Partes declaran conocer y que, actualmente, son los que se relacionan en el anexo 1.
XIV. Que el CSIC es titular de aparatos y equipos destinados al desarrollo de
aplicaciones tecnológicas y de investigación en el ámbito de la biomedicina, ubicados en
el IMB-CNM-CSIC que actualmente se relacionan en el anexo 2.
XV. Que las partes, dentro de sus planes estratégicos, estando interesadas en
aunar esfuerzos, entre otras acciones, establecieron una colaboración de carácter
específico para constituir una Plataforma de Equipamiento, actualmente Unidad 8 de
NANBIOSIS, para lo cual firmaron convenio de colaboración específico de creación de
Plataforma, el 21 de noviembre de 2010. Posteriormente, con el fin de adecuar dicho
convenio a la nueva normativa vigente en materia de convenios, las partes firmaron
uno nuevo el 2 de enero de 2020, cuya eficacia tuvo lugar el 18 de febrero de ese
mismo año.
XVI. Que, debido a que el convenio citado en el párrafo anterior llegó a su fin el
pasado 18 de febrero de 2024, las partes deciden formalizar el presente convenio.
III. Declaración de intenciones
Con base en los fines antes expuestos, es objetivo común a las partes impulsar la
investigación y están de acuerdo en regular, de forma específica, las condiciones de
funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta, referida en los
Expositivos IX, X y XV.
En vista de todo lo anterior, las Partes firman el presente convenio, que se regirá por
la buena fe y diligencia en sus actuaciones y por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es dar continuidad y regular, de forma específica, las
condiciones de funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta
descrita en la cláusula siguiente, con el objetivo de permitir y facilitar el uso del
equipamiento que la integra al personal investigador del IMB-CBM-CSIC y de los grupos
que componen el CIBER-BBN, así como de otras instituciones públicas y empresas, de
acuerdo con las tarifas establecidas en la página web de NANBIOSIS www.nanbiosis.es.
Las terceras personas a las que se refiere el párrafo anterior no tienen la
consideración de parte del convenio ni asumen ningún tipo de obligación derivada del
mismo ni suponen un desarrollo ni una modificación del convenio.
cve: BOE-A-2024-25044
Verificable en https://www.boe.es
Primera.