Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25005)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las subvenciones de régimen general concedidas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales en el área de atención a mayores, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 161994

General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales. Así, la orden de inicio del expediente de las
subvenciones en el área de atención a mayores para ONG de personas mayores para el año 2020,
tuvo lugar el 6 de marzo de ese año.
Por otra parte, para la elaboración del proyecto de convocatoria, el IMSERSO dio traslado del mismo
al Servicio Jurídico, a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, a los órganos competentes de
las CCAA y al Consejo Estatal de personas mayores4. Además, se remitió a la Intervención
Delegada en el IMSERSO para su fiscalización.
La convocatoria se aprobó por Resolución de 9 de septiembre de 2020, cuyo extracto fue publicado
en el BOE de 16 de septiembre de 2020. Además de en su página web, el IMSERSO comunicó la
publicación de la convocatoria de forma individual a las entidades beneficiarias en la convocatoria
anterior.
El órgano competente para la ordenación y resolución del procedimiento fue la Dirección General
del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, siendo la Comisión de Evaluación, como órgano
instructor, quien a la vista del expediente y del informe del Órgano Colegiado (así denominado y
previsto en la LGS y en las BBRR), formuló la propuesta de resolución a la persona titular de la
citada Dirección General.
La composición de la Comisión de Evaluación en la convocatoria correspondiente al año 2020 fue
la siguiente: la Subdirectora General de Gestión, que actuó como presidenta, tres vocales (una
Consejera Técnica del Gabinete de la Secretaria de Estado de Derechos Sociales y dos Consejeras
Técnicas de la Subdirección General de Gestión) y un secretario (Jefe de servicio de Subvenciones);
y la del Órgano Colegiado, tres funcionarios del IMSERSO (dos Consejeras Técnicas de la
Subdirección General de Gestión y el Jefe de Servicio de Subvenciones).
Si bien se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de las BBRR, que regula los órganos
competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento, debe destacarse que
los tres componentes del Órgano Colegiado fueron integrantes, a su vez, de la Comisión de
Evaluación, hecho este que pudiera evidenciar una confusión de las funciones entre ambos, habida
cuenta que el segundo debe evaluar las solicitudes y el primero emitir un informe con el resultado
de la evaluación efectuada. Con el fin de garantizar la independencia pretendida en la normativa,
los miembros del Órgano Colegiado, o al menos su mayor parte, no deberían formar parte de la
Comisión de Evaluación.
II.3.1.2. SOLICITUD

4

-

Mantenimiento, funcionamiento y actividades habituales de las ONG de personas mayores,
objeto de fiscalización.

-

Actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad (en adelante,
Convocatoria de Discapacidad).

El Consejo Estatal de personas mayores es un órgano consultivo de la Administración General del Estado (AGE),
adscrito al MDSA, entre cuyas funciones está conocer previamente y asesorar sobre la convocatoria de subvenciones
dirigidas a ONG de mayores. Este Consejo está formado por 61 Consejeros, de los que 25 lo son en representación de
las confederaciones, federaciones o asociaciones de mayores (15 de ámbito estatal y 10 de ámbito no estatal).

cve: BOE-A-2024-25005
Verificable en https://www.boe.es

La ya citada Orden TAS/980/2007, que establece las bases reguladoras del régimen general de
subvenciones del IMSERSO, resulta de aplicación a dos subvenciones: