Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25011)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de los bienes y derechos embargados por la Tesorería General de la Seguridad Social, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 162862
depósito de Coslada, la utilización del depósito de San Martín de la Vega debería haberse
reducido al mínimo, con la finalidad de ahorrar costes de arrendamiento9.
2. Vehículos depositados con una antigüedad muy elevada.
En noviembre de 2021, cuando se efectuaron los trabajos de comprobación física en el
depósito de Coslada, la DP de Madrid tenía depositados un total de 160 vehículos
embargados, cuya antigüedad se muestra en el cuadro siguiente:
CUADRO N.º 2
ANTIGÜEDAD DE LOS VEHÍCULOS EMBARGADOS Y DEPOSITADOS EN COSLADA
Noviembre de 2021
AÑOS
VEHÍCULOS
%
De 0 a 5
15
9,37
De 6 a 10
27
16,88
De 11 a 15
65
40,63
De 16 a 20
46
28,75
De 21 a 25
7
4,37
160
100,00
TOTAL
Fuente: Elaboración propia con información aportada por la TGSS.
Como puede observarse, únicamente el 9,37 % de los vehículos contaba con una antigüedad
inferior a los cinco años, es decir, eran vehículos que podrían llegar a suscitar algún interés en
potenciales adquirentes y ser enajenados mediante subasta pública a unos precios
razonablemente competitivos.
La permanencia de un porcentaje tan significativo de vehículos con una antigüedad tan
elevada en este depósito implica un coste para la TGSS (el importe de arrendamiento anual
abonado por el depósito situado en Coslada), que no se va a traducir, presumiblemente, en un
correlativo ingreso para la TGSS a través de su enajenación, y si ésta se produjera, no
compensaría en ningún caso el coste del depósito. En el trámite de alegaciones la TGSS
manifiesta que, aunque no debería establecerse una relación directa entre el coste del depósito
de un bien y lo que se obtendría de su enajenación, en atención a las conclusiones obtenidas
por el Tribunal, va a proceder a analizar la posibilidad de promover una reforma normativa que
propicie, atendiendo a aspectos y circunstancias objetivas, la exclusión del embargo de
9
En el trámite de alegaciones la TGSS señala que, tras la formalización del nuevo contrato de depósito el 15 de diciembre
de 2020, la campa de San Martín de la Vega se fue paulatinamente vaciando de vehículos, a medida que las necesidades
de gestión lo iban permitiendo, hasta que, finalmente, se pudo extinguir el contrato con fecha 31 de diciembre de 2022.
También alega la TGSS que está negociando un contrato de arrendamiento por una superficie menor para el depósito de
Coslada. Todo ello confirma que la ampliación del contrato de Coslada no fue eficiente, estando en vigor el contrato de
San Martín de la Vega.
cve: BOE-A-2024-25011
Verificable en https://www.boe.es
Por contra, el 73,75 % del total de vehículos depositados tenía una antigüedad superior a los
diez años, lo que hace difícil (por resultar poco atractivo desde un punto de vista económico)
su enajenación y por tanto la recuperación efectiva de la deuda. Las dificultades señaladas
permiten concluir que es difícil justificar desde el punto de vista de la eficiencia en la gestión,
tanto el mantenimiento de estos vehículos en el depósito, como la formalización de un nuevo
contrato ampliando el espacio disponible.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 162862
depósito de Coslada, la utilización del depósito de San Martín de la Vega debería haberse
reducido al mínimo, con la finalidad de ahorrar costes de arrendamiento9.
2. Vehículos depositados con una antigüedad muy elevada.
En noviembre de 2021, cuando se efectuaron los trabajos de comprobación física en el
depósito de Coslada, la DP de Madrid tenía depositados un total de 160 vehículos
embargados, cuya antigüedad se muestra en el cuadro siguiente:
CUADRO N.º 2
ANTIGÜEDAD DE LOS VEHÍCULOS EMBARGADOS Y DEPOSITADOS EN COSLADA
Noviembre de 2021
AÑOS
VEHÍCULOS
%
De 0 a 5
15
9,37
De 6 a 10
27
16,88
De 11 a 15
65
40,63
De 16 a 20
46
28,75
De 21 a 25
7
4,37
160
100,00
TOTAL
Fuente: Elaboración propia con información aportada por la TGSS.
Como puede observarse, únicamente el 9,37 % de los vehículos contaba con una antigüedad
inferior a los cinco años, es decir, eran vehículos que podrían llegar a suscitar algún interés en
potenciales adquirentes y ser enajenados mediante subasta pública a unos precios
razonablemente competitivos.
La permanencia de un porcentaje tan significativo de vehículos con una antigüedad tan
elevada en este depósito implica un coste para la TGSS (el importe de arrendamiento anual
abonado por el depósito situado en Coslada), que no se va a traducir, presumiblemente, en un
correlativo ingreso para la TGSS a través de su enajenación, y si ésta se produjera, no
compensaría en ningún caso el coste del depósito. En el trámite de alegaciones la TGSS
manifiesta que, aunque no debería establecerse una relación directa entre el coste del depósito
de un bien y lo que se obtendría de su enajenación, en atención a las conclusiones obtenidas
por el Tribunal, va a proceder a analizar la posibilidad de promover una reforma normativa que
propicie, atendiendo a aspectos y circunstancias objetivas, la exclusión del embargo de
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En el trámite de alegaciones la TGSS señala que, tras la formalización del nuevo contrato de depósito el 15 de diciembre
de 2020, la campa de San Martín de la Vega se fue paulatinamente vaciando de vehículos, a medida que las necesidades
de gestión lo iban permitiendo, hasta que, finalmente, se pudo extinguir el contrato con fecha 31 de diciembre de 2022.
También alega la TGSS que está negociando un contrato de arrendamiento por una superficie menor para el depósito de
Coslada. Todo ello confirma que la ampliación del contrato de Coslada no fue eficiente, estando en vigor el contrato de
San Martín de la Vega.
cve: BOE-A-2024-25011
Verificable en https://www.boe.es
Por contra, el 73,75 % del total de vehículos depositados tenía una antigüedad superior a los
diez años, lo que hace difícil (por resultar poco atractivo desde un punto de vista económico)
su enajenación y por tanto la recuperación efectiva de la deuda. Las dificultades señaladas
permiten concluir que es difícil justificar desde el punto de vista de la eficiencia en la gestión,
tanto el mantenimiento de estos vehículos en el depósito, como la formalización de un nuevo
contrato ampliando el espacio disponible.