Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25009)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, ejercicios 2018 y 2019.
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Sábado 30 de noviembre de 2024

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inversiones efectuadas en dicho ejercicio) pendientes de desagregación de los elementos que
las componen.
4. Un total de 1.403 apuntes tienen el número de inventario duplicado. Su valor contable, a 31 de
diciembre de 2019, es de 14.070.629,69 euros.
5. El inventario contable a 31 de diciembre de 2019 contiene 160.945 registros, habiéndose
verificado que el 54,81 % (88.209, con un valor de adquisición de 167.283.777,44 euros)
corresponden a elementos adquiridos con anterioridad al año 2012, lo cual supone que al cierre
del ejercicio 2019 estos elementos, de acuerdo con el régimen de amortización aplicado (8
años), se encuentran totalmente amortizados.
La antigüedad de estas partidas, así como la obsolescencia tecnológica propia de estos
elementos, permite inferir de forma razonable que un elevado número de elementos se
encuentren en desuso y carentes de potencial de servicio.
Esta afirmación se ve además refrendada al analizar la información obrante en el inventario
contable de esta cuenta, donde en su campo “Nombre del centro” figuran conceptos tales como
“Almacén equipos retirados”, “Equipos no localizados”, “Almacén destrucción”; “Almacén de
recompras”, “Almacén servicio técnico” y “Almacén ficticio” con un total de 30.672 elementos
(19,06 % de los elementos activados en el inventario) cuyo valor de adquisición se eleva a un
importe de 90.979.302,53 euros (30,31 % del valor de adquisición de la cuenta 217) y un valor
contable de 3.509.666,97 euros (5,17 % del total).
Este Tribunal considera que estas partidas constituyen una evidencia objetiva que acredita la
existencia en el inventario de elementos que no representan activos con potencial de servicios
para el desempeño de la actividad principal de este servicio común, debiendo proceder a
analizar si los mismos reúnen las condiciones necesarias para prestar dicho potencial de
servicios y, en caso contrario, proceder a su baja en contabilidad, o en el supuesto de que la
GISS considere que de los mismos puede obtener algún rendimiento en su posterior venta
(contratos de recompra) registrarlos contablemente dentro de la masa de activo corriente o
circulante debido a que su finalidad no es la de prestar servicios en la actividad principal de la
GISS, sino convertirse en instrumento de pago en especie en contratos de recompra.
Su baja en contabilidad supondría el reconocimiento en la cuenta del resultado
económico-patrimonial de una pérdida valorada en, al menos, 3.509.666,97 euros derivada del
valor contable de estos activos en desuso.
6. A 31 de diciembre de 2019, esta cuenta presenta una valoración inicial de 300.155.185,50
euros y un valor contable de 67.924.362,56 euros, importe que corresponde a elementos
utilizados por la GISS y por el resto de las entidades gestoras y servicios comunes adscritos a
la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones. De acuerdo con lo establecido en el
Marco conceptual de la contabilidad de las entidades que integran el sistema de Seguridad
Social, puntos 4º y 5º de la APGCPSS, lo adecuado es que estos activos se reflejen
contablemente en el balance de la entidad que obtenga, a partir de los mismos, rendimientos
económicos o un potencial de servicio en el futuro, no siendo posible determinar la cuantía
correspondiente a cada entidad con la información recogida en el inventario contable. Por ello,
la GISS debe efectuar las actuaciones necesarias tendentes a determinar los activos que
prestan su potencial de servicios en cada sujeto contable y, posteriormente, dar de baja en sus
estados financieros los elementos representativos de naturaleza informática que prestan dicho
potencial en otras entidades distintas, procediendo a su traspaso contable.

cve: BOE-A-2024-25009
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Núm. 289