Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25009)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

CORTES GENERALES
25009

Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta
para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social,
ejercicios 2018 y 2019.

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 17 de septiembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca
del Informe de fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social,
ejercicios 2018 y 2019, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas del Informe de fiscalización
integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, ejercidos 2018 y 2019.
2. Aprobar el Informe de fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la
Seguridad Social, ejercicios 2018 y 2019, tomando nota de las deficiencias señaladas
por el Tribunal de Cuentas.
3. Instar al Gobierno a:

a) Adoptar las medidas necesarias tendentes a proponer, al Gobierno, la
aprobación del Real Decreto de estructura y competencias de la Gerencia de Informática
de la Seguridad Social, de acuerdo con el mandato recogido en la disposición final cuarta
del Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla su estructura
orgánica básica, dotando a dicho servicio común de la seguridad jurídica necesaria que
le permita garantizar el ejercicio de las funciones atribuidas en relación con la gestión y
administración de las tecnologías de la formación y las comunicaciones en el sistema de
Seguridad Social.

cve: BOE-A-2024-25009
Verificable en https://www.boe.es

– Promover las medidas necesarias para que el Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones adopte las medidas necesarias para impulsar el desarrollo
reglamentario de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, dando cumplimiento de esta forma a lo dispuesto
en su artículo 10.1, y garantizando, con ello, la adecuada regulación normativa de las
obligaciones de publicidad activa, su efectivo cumplimiento, así como los procedimientos
del derecho de acceso a la información pública.
– Promover las medidas necesarias para que la Gerencia de Informática de la
Seguridad Social adopte las medidas oportunas tendentes a lograr una adecuada
planificación presupuestaria que permitan, a este servicio común, lograr una ejecución
de su presupuesto de gastos acorde con los principios de eficacia y eficiencia de la
gestión económico-presupuestaria que presiden la administración da los recursos
públicos, evitando de esta forma la ociosidad de algunos de sus recursos producida en
los ejercicios fiscalizados.
– Promover las medidas necesarias para que la Gerencia de Informática de la
Seguridad Social documente adecuadamente, en los procedimientos negociados sin
publicidad, la necesidad de la solución técnica a implantar, detallando aquellos aspectos
y especificaciones imprescindibles que no puedan satisfacerse con ninguna otra solución
técnica, así como los cálculos y estimaciones efectuadas para la determinación del
presupuesto base de licitación y del valor estimado del contrato.
– Dar cumplimiento, a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, a las recomendaciones contenidas en el apartado IV.1 del Informe de
fiscalización de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y, en particular las
relativas a: