Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25004)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las pensiones, prestaciones y ayudas justificadas en el ejercicio 2021 con cargo al Programa 231B «Acciones en favor de los emigrantes».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 161928

coordinación de esta fase del procedimiento con las exigencias de los trámites de
fiscalización y de contabilidad”.
En las guías y en las convocatorias anuales de los programas de subvenciones se distingue de
forma reiterada entre la propuesta de resolución y la resolución, aunque no se hace mención
expresa al deber de estar fechadas.

No obstante, en la totalidad de los expedientes de subvenciones de la muestra seleccionada se ha
comprobado la existencia de ambos documentos (propuesta de resolución y resolución) y son
coherentes con las fases de fiscalización y contabilización.
En consecuencia, esta recomendación ha sido cumplida.

“UNDÉCIMA. La DGCEE debería adoptar las medidas conducentes a que fueran
publicadas en el BOE todas las ayudas concedidas cuando tal medio de publicidad sea
obligado, con arreglo a lo previsto en la LGS, su Reglamento, las bases reguladoras y las
convocatorias”.

Hasta el ejercicio 2019, la SGCEEPR publicó las subvenciones concedidas en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, tal y como estipula el artículo 18 de la LGS. Sin embargo, desde el
ejercicio 2020 no se ha publicado ninguna de las ayudas concedidas debido a problemas de
autorización de firma electrónica de la persona responsable de su publicación.

Por tanto, esta recomendación ha sido cumplida hasta el ejercicio 2019 pero desde esta fecha y
hasta la actualidad ha dejado de ser cumplida.
“DUODÉCIMA. La DGCEE debería velar por el cumplimiento de lo establecido en el
art.31.3 de la LGS, de modo que la contratación a terceros de suministros y obras por
importes superiores a los establecidos en el citado precepto se realice previa presentación
de tres presupuestos u ofertas de diferentes proveedores”.

De las subvenciones concedidas en los ejercicios 2020 y 2021 correspondientes a los programas
de Asociaciones y de Mayores y Dependientes ninguna superó el importe establecido en el
artículo 31.3 de la LGS.

Por otra parte, el citado artículo 31.3 de la LGS excepciona del cumplimiento de este requisito a
aquellos casos en los que no exista en el mercado suficiente número de entidades que realicen
las ofertas o cuando el gasto se realice antes de la concesión de la subvención, casuística propia
de la mayoría de las entidades beneficiarias de las subvenciones analizadas debido a los
condicionantes existentes en los países a los que pertenecen.

II.6. ALINEAMIENTO DE LAS PENSIONES, PRESTACIONES, AYUDAS Y SUBVENCIONES
CONTENIDAS EN EL PROGRAMA 231B CON LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO
SOSTENIBLE

El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo se refiere a los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS) adoptados por todos los Estados miembros de las Naciones Unidas en el año
2015, como “una llamada universal para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y garantizar
que todas las personas gocen de paz y prosperidad para 2030”.

cve: BOE-A-2024-25004
Verificable en https://www.boe.es

Por tanto, esta recomendación no es aplicable a los programas de subvenciones analizados en los
ejercicios 2020 y 2021.