Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25004)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las pensiones, prestaciones y ayudas justificadas en el ejercicio 2021 con cargo al Programa 231B «Acciones en favor de los emigrantes».
98 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161923
Sistema de Información Contable41, como consecuencia fundamentalmente de retrasos, tanto
en el proceso de intervención de estas cuentas por parte de la Intervención Delegada, como
en la posterior aprobación definitiva por parte de la DGM, tal y como informa la Subdirección
General de Gestión Económica y Fondos Europeos.
Los hechos anteriormente descritos, han podido verificarse en el examen de la
documentación contenida en los expedientes de las cuentas justificativas de la muestra
seleccionada (anexo 30), de manera que existen 45 cuentas justificativas en las que la fecha
de la intervención supera un año desde la fecha de presentación (en 19 de ellas la fecha de
intervención supera los dos años desde la presentación) y 14 cuentas en las que una vez
realizada la intervención se supera el año hasta que se procede a su aprobación definitiva por
la DGM (en tres de estas cuentas se superan, incluso, los dos años).
Por otra parte, no se han observado incidencias significativas en esta fase del procedimiento
respecto a la documentación contenida en las cuentas justificativas de pagos a justificar
analizadas, ya que, si bien solo un 17,33 % de estas cuentas fueron intervenidas favorablemente
de manera inicial, en todos los casos fueron subsanados los defectos formales existentes,
cumpliendo con los requisitos exigidos en la normativa reguladora.
No obstante, las dilaciones existentes entre las distintas fases del procedimiento dan lugar a la
existencia de retrasos en la obligación de rendición de las cuentas justificativas de pagos a
justificar al Tribunal de Cuentas y como consecuencia dificultan las labores de control de este
Tribunal y el eficaz cumplimiento del artículo 36.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas42.
Esta situación ya fue puesta de manifiesto en el Informe de Fiscalización de los pagos librados a
justificar y de los satisfechos mediante anticipo de caja fija por determinados Ministerios del área
económica de la Administración General del Estado, ejercicios 2013 y 2014, aprobado por el
Pleno del Tribunal de Cuentas en sesión de 30 de noviembre de 2017, en el que se establecían
una serie de recomendaciones dirigidas a la Intervención General de la Administración del Estado,
conducentes a la implantación de medidas con la finalidad de evitar retrasos en la aprobación de
las cuentas justificativas, circunstancia que sigue produciéndose.
II.5. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS EN LOS
INFORMES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS43
El Informe de Fiscalización de las ayudas y subvenciones otorgadas con cargo a créditos del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a favor de emigrantes españoles no residentes en
España o retornados, ejercicios 2005 y 2006, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en
sesión de 22 de diciembre de 2011 establecía una serie de recomendaciones dirigidas al Gobierno
El Sistema de Información Contable de la Administración General del Estado (SIC´3) tiene por objeto registrar todas
las operaciones de naturaleza presupuestaria, económica, financiera y patrimonial que se produzcan en su ámbito.
42 La Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el
Acuerdo del Pleno de 22 de diciembre de 2015 sobre la sustitución de la remisión de las cuentas justificativas de "pagos
a justificar" y de reposición de fondos de anticipos de caja fija por certificados remitidos por medios telemáticos ,
modificada por la Resolución de 6 de mayo de 2019, establece el proceso de remisión telemática de las cuentas
justificativas de los pagos a justificar.
43 Mediante Resolución de 9 de diciembre de 2014, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal
de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las ayudas y subvenciones otorgadas con cargo a créditos del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a favor de emigrantes españoles no residentes en España o retornados,
acordó asumir el contenido del citado Informe.
cve: BOE-A-2024-25004
Verificable en https://www.boe.es
41
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161923
Sistema de Información Contable41, como consecuencia fundamentalmente de retrasos, tanto
en el proceso de intervención de estas cuentas por parte de la Intervención Delegada, como
en la posterior aprobación definitiva por parte de la DGM, tal y como informa la Subdirección
General de Gestión Económica y Fondos Europeos.
Los hechos anteriormente descritos, han podido verificarse en el examen de la
documentación contenida en los expedientes de las cuentas justificativas de la muestra
seleccionada (anexo 30), de manera que existen 45 cuentas justificativas en las que la fecha
de la intervención supera un año desde la fecha de presentación (en 19 de ellas la fecha de
intervención supera los dos años desde la presentación) y 14 cuentas en las que una vez
realizada la intervención se supera el año hasta que se procede a su aprobación definitiva por
la DGM (en tres de estas cuentas se superan, incluso, los dos años).
Por otra parte, no se han observado incidencias significativas en esta fase del procedimiento
respecto a la documentación contenida en las cuentas justificativas de pagos a justificar
analizadas, ya que, si bien solo un 17,33 % de estas cuentas fueron intervenidas favorablemente
de manera inicial, en todos los casos fueron subsanados los defectos formales existentes,
cumpliendo con los requisitos exigidos en la normativa reguladora.
No obstante, las dilaciones existentes entre las distintas fases del procedimiento dan lugar a la
existencia de retrasos en la obligación de rendición de las cuentas justificativas de pagos a
justificar al Tribunal de Cuentas y como consecuencia dificultan las labores de control de este
Tribunal y el eficaz cumplimiento del artículo 36.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas42.
Esta situación ya fue puesta de manifiesto en el Informe de Fiscalización de los pagos librados a
justificar y de los satisfechos mediante anticipo de caja fija por determinados Ministerios del área
económica de la Administración General del Estado, ejercicios 2013 y 2014, aprobado por el
Pleno del Tribunal de Cuentas en sesión de 30 de noviembre de 2017, en el que se establecían
una serie de recomendaciones dirigidas a la Intervención General de la Administración del Estado,
conducentes a la implantación de medidas con la finalidad de evitar retrasos en la aprobación de
las cuentas justificativas, circunstancia que sigue produciéndose.
II.5. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS EN LOS
INFORMES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS43
El Informe de Fiscalización de las ayudas y subvenciones otorgadas con cargo a créditos del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a favor de emigrantes españoles no residentes en
España o retornados, ejercicios 2005 y 2006, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en
sesión de 22 de diciembre de 2011 establecía una serie de recomendaciones dirigidas al Gobierno
El Sistema de Información Contable de la Administración General del Estado (SIC´3) tiene por objeto registrar todas
las operaciones de naturaleza presupuestaria, económica, financiera y patrimonial que se produzcan en su ámbito.
42 La Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el
Acuerdo del Pleno de 22 de diciembre de 2015 sobre la sustitución de la remisión de las cuentas justificativas de "pagos
a justificar" y de reposición de fondos de anticipos de caja fija por certificados remitidos por medios telemáticos ,
modificada por la Resolución de 6 de mayo de 2019, establece el proceso de remisión telemática de las cuentas
justificativas de los pagos a justificar.
43 Mediante Resolución de 9 de diciembre de 2014, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal
de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las ayudas y subvenciones otorgadas con cargo a créditos del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a favor de emigrantes españoles no residentes en España o retornados,
acordó asumir el contenido del citado Informe.
cve: BOE-A-2024-25004
Verificable en https://www.boe.es
41