Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25006)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos de la Administración General del Estado vinculados a las Políticas de gasto 13 «Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias», 31 «Sanidad» y 32 «Educación», ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 162039

III. OTRAS DISPOSICIONES

CORTES GENERALES
25006

Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta
para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización de los contratos de la Administración General del Estado
vinculados a las Políticas de gasto 13 «Seguridad Ciudadana e Instituciones
Penitenciarias», 31 «Sanidad» y 32 «Educación», ejercicio 2021.

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 17 de septiembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca
del Informe de fiscalización de los contratos de la Administración General del Estado
vinculados a las Políticas de gasto 13 «Seguridad Ciudadana e Instituciones
Penitenciarias», 31 «Sanidad» y 32 «Educación», ejercicio 2021, acuerda:

– Adoptar procedimientos que permitan realizar un seguimiento adecuado del pago
de las facturas, evitando incurrir en intereses de demora.
– Diseñar y establecer los procedimientos adecuados para evitar la demora en los
pagos y la consecuente incursión en intereses de demora.
– Incluir, en todos los pliegos, un sistema de revisión de precios que garantice el
acceso de las pymes a la licitación, mediante la limitación del factor riesgo a asumir por
el contratista o el órgano de contratación.
– Establecer los controles necesarios para cumplir con los plazos legales que se
regulan en el artículo 153 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
– Establecer las medidas de control necesarias para que la totalidad de los extractos
de expedientes de contratación de remisión obligatoria queden correspondientemente
reflejados con anterioridad al inicio de las actuaciones.
– Reducir al máximo el uso del procedimiento de contratación de emergencia a los
casos en que, efectivamente, resulte imprescindible y ajustando al máximo su
tramitación a los preceptos recogidos en Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014.
– Poner en uso, en todos los casos, los bienes existentes en la reserva con
anterioridad a los adquiridos.
– Incluir en los expedientes de contratación, en todos los casos, memorias
económicas que permitan controlar lo establecido en los artículos 100 a 102, ambos
incluidos, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la
que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

cve: BOE-A-2024-25006
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1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas del Informe de fiscalización
de los contratos de la Administración General del Estado vinculados a las Políticas de
gasto 13 «Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias», 31 «Sanidad» y 32
«Educación», ejercicio 2021.
2. Aprobar el Informe de fiscalización de los contratos de la Administración General
del Estado vinculados a las Políticas de gasto 13 «Seguridad Ciudadana e Instituciones
Penitenciarias», 31 «Sanidad» y 32 «Educación», ejercicio 2021, tornando nota de las
deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas: Que limitan y afectan a su
representatividad.
3. Instar al Gobierno a: