Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25007)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos adjudicados por las sociedades mercantiles municipales que gestionan el transporte colectivo urbano de viajeros en autobús, en los municipios con más de 300.000 habitantes, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

CORTES GENERALES
25007

Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta
para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización de los contratos adjudicados por las sociedades mercantiles
municipales que gestionan el transporte colectivo urbano de viajeros en
autobús, en los municipios con más de 300.000 habitantes, ejercicio 2021.

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 17 de septiembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca
del Informe de fiscalización de los contratos adjudicados por las sociedades mercantiles
municipales que gestionan el transporte colectivo urbano de viajeros en autobús, en los
municipios con más de 300.000 habitantes, ejercicio 2021, acuerda:

– Crear los procedimientos necesarios para que se cumpla la obligación de remitir al
Tribunal de Cuentas la copia certificada del documento contractual, junto al extracto del
expediente de que se derive, en aquellos contratos para los que así lo establezca la Ley
de Contratos del Sector Público.
– Extremar los controles para garantizar la publicación, en el perfil del contratante de
cada una de las entidades, de un programa comprensivo de la totalidad de la actividad
contractual prevista para cada ejercicio.
– Establecer los procedimientos y controles necesarios para que toda factura que lo
requiera disponga de le preceptiva cobertura contractual.
– Incluir en los procedimientos de contratación las consultas preliminares del
mercado previstas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE con carácter potestativo.
– Solicitar la división en lotes de aquellos casos en que resulte posible, de acuerdo
con lo exigido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por
la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE.
– Adoptar las medidas necesarias para la adecuada realización de la determinación
del precio del contrato, a partir de los valores de mercado y el cálculo de costes.
– Establecer los procedimientos necesarios para garantizar la evaluación competitiva
del nivel de rendimiento de cada oferta.
– Incrementar los controles internos para favorecer la transparencia y publicidad de
la actividad contractual, mediante la correcta aplicación del perfil del contratante.
– Elaborar los procedimientos necesarios para garantizar la inclusión en los
contratos de criterios sociales, de igualdad de oportunidades para mujeres y hombres y
medioambientales, como requisitos de solvencia y criterios de adjudicación.

cve: BOE-A-2024-25007
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1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas del Informe de fiscalización
de los contratos adjudicados por las sociedades mercantiles municipales que gestionan
el transporte colectivo urbano de viajeros en autobús en los municipios con más
de 300.000 habitantes, ejercicio 2021.
2. Aprobar el Informe de fiscalización de los contratos adjudicados por las
sociedades mercantiles municipales que gestionan el transporte colectivo urbano de
viajeros en autobús en los municipios con más de 300.000 habitantes, ejercicio 2021,
tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y
afectan a su representatividad.
3. Instar al Gobierno a: