Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25001)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación celebrada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161603
I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR
La Fiscalización de la contratación celebrada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social,
ejercicio 2021, fue incluida en el Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el año
2022, aprobado por su Pleno en sesión de 24 de febrero de 2022, y ha sido realizada a iniciativa
del propio Tribunal de Cuentas en el ejercicio de la función fiscalizadora que le atribuyen la Ley
Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas (LOTCu) y la Ley 7/1988, de 5 de abril,
de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCu).
La fiscalización de los contratos celebrados por las entidades del sector público es una de las
competencias del Tribunal de Cuentas que se encuentra prevista, de forma expresa, tanto en el
artículo 11 de la LOTCu, como en los artículos 39 y 40 de la LFTCu. Constituye, además, uno de
los objetivos preferentes en su actividad fiscalizadora, toda vez que la contratación es una de las
principales áreas de gestión de la actividad económico-financiera del sector público.
La contratación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante INSS) ha sido objeto de
anteriores fiscalizaciones por el Tribunal de Cuentas, la última de ellas, referida a la contratación
del conjunto de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social, dio lugar al “Informe de fiscalización
de la contratación celebrada por las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad
Social, adscritos a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, ejercicio 2018” aprobado por el
Pleno el 29 de octubre de 2020.
La presente fiscalización se realiza en el marco de los objetivos específicos 1.2 “Fomentar buenas
prácticas de organización, gestión y control de las entidades públicas”, 1.3 “Identificar y fiscalizar
las principales áreas de riesgo, con especial hincapié en las prácticas que puedan propiciar el fraude
y la corrupción”, 1.4 “Incrementar las fiscalizaciones operativas”, incardinados en el objetivo
estratégico 1 “Contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del
sector público” del Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas 2018-2021, aprobado el 25 de abril de
2018, en vigor en el momento de realización de la fiscalización.
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
El ámbito subjetivo de la fiscalización alcanza al INSS, Entidad Gestora de la Seguridad Social a la
que corresponde, bajo la dirección y tutela de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y
Pensiones, la gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad
Social, con excepción de aquellas que están atribuidas al Instituto Social de la Marina, al Instituto
de Mayores y Servicios Sociales y a los servicios competentes de las Comunidades Autónomas.
El anexo 1 de este Informe incluye una referencia a la naturaleza jurídica del INSS y al marco
normativo aplicable en relación con el objeto de la fiscalización.
cve: BOE-A-2024-25001
Verificable en https://www.boe.es
Constituyen el ámbito objetivo y temporal de la fiscalización los contratos celebrados entre el 1 de
enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021. La fiscalización de los contratos se ha extendido al
análisis de su ejecución hasta el momento en que han concluido los trabajos de fiscalización, en el
mes de diciembre de 2022.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 161603
I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR
La Fiscalización de la contratación celebrada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social,
ejercicio 2021, fue incluida en el Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el año
2022, aprobado por su Pleno en sesión de 24 de febrero de 2022, y ha sido realizada a iniciativa
del propio Tribunal de Cuentas en el ejercicio de la función fiscalizadora que le atribuyen la Ley
Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas (LOTCu) y la Ley 7/1988, de 5 de abril,
de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCu).
La fiscalización de los contratos celebrados por las entidades del sector público es una de las
competencias del Tribunal de Cuentas que se encuentra prevista, de forma expresa, tanto en el
artículo 11 de la LOTCu, como en los artículos 39 y 40 de la LFTCu. Constituye, además, uno de
los objetivos preferentes en su actividad fiscalizadora, toda vez que la contratación es una de las
principales áreas de gestión de la actividad económico-financiera del sector público.
La contratación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante INSS) ha sido objeto de
anteriores fiscalizaciones por el Tribunal de Cuentas, la última de ellas, referida a la contratación
del conjunto de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social, dio lugar al “Informe de fiscalización
de la contratación celebrada por las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad
Social, adscritos a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, ejercicio 2018” aprobado por el
Pleno el 29 de octubre de 2020.
La presente fiscalización se realiza en el marco de los objetivos específicos 1.2 “Fomentar buenas
prácticas de organización, gestión y control de las entidades públicas”, 1.3 “Identificar y fiscalizar
las principales áreas de riesgo, con especial hincapié en las prácticas que puedan propiciar el fraude
y la corrupción”, 1.4 “Incrementar las fiscalizaciones operativas”, incardinados en el objetivo
estratégico 1 “Contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del
sector público” del Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas 2018-2021, aprobado el 25 de abril de
2018, en vigor en el momento de realización de la fiscalización.
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
El ámbito subjetivo de la fiscalización alcanza al INSS, Entidad Gestora de la Seguridad Social a la
que corresponde, bajo la dirección y tutela de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y
Pensiones, la gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad
Social, con excepción de aquellas que están atribuidas al Instituto Social de la Marina, al Instituto
de Mayores y Servicios Sociales y a los servicios competentes de las Comunidades Autónomas.
El anexo 1 de este Informe incluye una referencia a la naturaleza jurídica del INSS y al marco
normativo aplicable en relación con el objeto de la fiscalización.
cve: BOE-A-2024-25001
Verificable en https://www.boe.es
Constituyen el ámbito objetivo y temporal de la fiscalización los contratos celebrados entre el 1 de
enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021. La fiscalización de los contratos se ha extendido al
análisis de su ejecución hasta el momento en que han concluido los trabajos de fiscalización, en el
mes de diciembre de 2022.