Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-25002)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación celebrada en ejecución del Programa 261O «Ordenación y fomento de la edificación», ejercicio 2021.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 161651

El ámbito objetivo de la fiscalización está constituido por los contratos celebrados en ejecución del
programa de gasto 261O “Ordenación y fomento de la edificación”. La fiscalización ha abarcado las
distintas fases de la contratación (preparación, adjudicación y formalización, así como, en su caso,
su ejecución, modificación, prórroga o extinción). Todo ello mediante el análisis de la regularidad de
la contratación, en relación con lo previsto en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables
durante el período fiscalizado.
La fiscalización ha comprendido el análisis de los contratos formalizados durante el ejercicio 2021.
Además, se han fiscalizado contratos suscritos en ejercicios anteriores cuya ejecución se ha
extendido hasta el ejercicio 2021, por estimarlo necesario para el cumplimiento de los objetivos
fijados para esta fiscalización. La fiscalización de los contratos ha abarcado el análisis de su
ejecución hasta el momento en que han concluido los trabajos de fiscalización (mes de abril de
2023).
I.3. OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN
La fiscalización ha sido de cumplimiento y de gestión, y se ha llevado a cabo para comprobar que la
contratación se ha adecuado a lo previsto en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables
durante el período fiscalizado a los principios de objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia
y no discriminación que deben presidir la contratación administrativa, así como a los principios de
eficiencia y economía, exigibles en la gestión del gasto público.
En consonancia con lo anterior, los objetivos específicos de la fiscalización han sido los siguientes:
1. Verificar el cumplimiento de la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas la documentación
establecida por las normas legales y por la Instrucción General relativa a la remisión
telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de
las relaciones de contratos, convenios y encargos a medios propios personificados
celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico, aprobada por su Pleno
en sesión de 28 de junio de 2018.
2. Analizar la preparación, adjudicación y formalización de los contratos celebrados en
ejecución del programa presupuestario 261O y su sometimiento a la legalidad vigente. En
particular:
a) Si en la documentación preparatoria se acredita suficientemente la necesidad del
contrato en relación con los objetivos del programa y si el método de cálculo aplicado
por el órgano de contratación para establecer el valor estimado de cada contrato está
suficientemente detallado, incluyendo los distintos conceptos que lo integran y que
repercutan en la ejecución y cumplimiento de su objeto.

c) El contenido de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y de los
Pliegos de Prescripciones Técnicas con arreglo a la normativa vigente.
d) Los procedimientos de adjudicación utilizados, en especial, en los supuestos en que los
contratos se adjudiquen por procedimientos restrictivos de la publicidad y la
concurrencia.

cve: BOE-A-2024-25002
Verificable en https://www.boe.es

b) Los requisitos de capacidad y solvencia de las empresas para contratar con la
Administración y su justificación en el expediente.