Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24918)
Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Universidad de Educación a Distancia, para la realización de prácticas externas en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de diversas provincias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Viernes 29 de noviembre de 2024
Cuarta.
1.

Sec. III. Pág. 160914

Condiciones específicas de las prácticas externas.
El alumnado estará obligado a:

a) Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas por el IMLCF donde se realicen
las prácticas externas.
b) Adoptar una actitud activa en las tareas que se le encomienden, inherentes a las
líneas de formación para las que han sido seleccionados/as.
c) Mantener contacto con la persona o personas que ejercen la tutoría y con la
persona que ejerce la Dirección de las prácticas externas, si se designan, en la forma en
que se establezca.
d) Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.
e) Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos
o de aquellas actuaciones judiciales o administrativas de las que pudieran tener
conocimiento por razón de las prácticas externas realizadas durante su estancia en el
IMLCF donde se realicen, inclusive una vez finalizadas éstas, para lo cual deberá
suscribir el Anexo II del presente convenio.
f) En caso de que así esté establecido, entregar la memoria final en el plazo
previsto a la persona que desempeñe la tutoría Universitaria, a fin de poder superar las
prácticas externas curriculares y la correspondiente mención favorable en las prácticas
externas extracurriculares.
El alumnado tendrá derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener una certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de
aprovechamiento alcanzado.
c) Obtener permiso para acudir a las convocatorias de evaluación que le afecten.
2. El IMLCF nombrará a la persona o personas vinculada/s al mismo que ejercerá
la tutoría de las prácticas externas, con experiencia profesional y con los conocimientos
necesarios para realizar una tutela efectiva. La misión de estas personas será:
a) Fijar el plan de trabajo del alumnado.
b) Orientar al mismo en sus dudas y dificultades.
c) Evaluar la actividad del/la alumna/o mediante un informe.
3. El alumnado que finalice el período establecido de prácticas externas, recibirá un
certificado expedido por el IMLCF donde consten las horas realizadas y la naturaleza de
las actividades llevadas a cabo y el nivel alcanzado según la persona o personas que
ejerzan la tutoría de las mismas. Se calificará atendiendo a los criterios de calificación
aportados por la UNED para que el IMLCF/Tutor pueda establecer las competencias
alcanzadas.
4. La UNED emitirá un documento acreditativo a la persona o personas que
ejerza/n la tutoría que lo soliciten, por la colaboración prestada en el programa de
prácticas externas.
Protección de Datos.

Todos los afectados por el presente convenio vendrán obligados por las
disposiciones y exigencias establecidas por el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general
de protección de datos), Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás disposiciones vigentes
sobre la materia.

cve: BOE-A-2024-24918
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.