Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24928)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, por la que se publica el Convenio con la Real Federación Española de Gimnasia, para la realización de acciones de prevención del dopaje en el deporte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Viernes 29 de noviembre de 2024

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español y los estatutos y directrices de la Federation Internationale de Gymnastique,
puede y debe realizar todos los actos y acciones necesarios, deseables, convenientes o
beneficiosos para el impulso de los propósitos de la gimnasia española. La RFEG
manifiesta su compromiso con los Derechos Humanos, la protección de la infancia y
adolescencia, la igualdad y no discriminación, el respeto, el fair play y la lucha contra el
dopaje.
El artículo 7, letra c y d, de sus estatutos establece su compromiso por una práctica
deportiva segura y limpia:
Colaborar con la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas en la
formación de técnicos deportivos y en la prevención, control y represión del uso de
sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el
deporte.
Para tal fin, la RFEG valora positivamente la colaboración con la Administración del
Estado para la educación y formación de los deportistas en la cultura de la prevención.
A través de este convenio, se busca trabajar con los y las gimnastas en la
consecución de los objetivos de lucha contra el dopaje y fair play, la protección de los y
las gimnastas y la promoción de una cultura de integridad, ética y buenas conductas en
la gimnasia.
Actividades objeto de colaboración.

La RFEG y la CELAD llevarán a efecto todos los mecanismos de coordinación y
colaboración posibles a fin de promover iniciativas para la lucha contra el dopaje en el
deporte.
La CELAD impartirá los contenidos de las distintas actividades de formación que
constarán sobre principios, valores y ética del deporte limpio junto con aspectos
específicos de prevención del dopaje y la normativa vigente.
En los aspectos concretos sobre prevención del dopaje se explicará a los y las
gimnastas y personal de apoyo los siguientes conocimientos: derechos y
responsabilidades de los deportistas y del personal de apoyo; el principio de
responsabilidad objetiva y las infracciones de las normas antidopaje; la lista de
sustancias y métodos prohibidos; las consecuencias del dopaje; los procedimientos de
control de orina, de sangre, de sangre seca y pasaporte biológico; los requisitos de los
grupos de control y los canales de comunicación que se consideren en el momento. En
dichas actividades formativas se hará también especial hincapié en los conocimientos
sobre el riesgo del uso de complementos alimenticios, el uso de medicamentos y
Autorizaciones de Uso Terapéutico, así como el procedimiento de localización de
deportistas y del sistema ADAMS así como todos aquellos epígrafes que en su momento
indique la Agencia Mundial Antidopaje como prioritarios en dichas actividades formativas.
Los lugares en los que se llevará a cabo dicha colaboración serán en las
concentraciones y/o en las competiciones donde se encuentren los y las gimnastas y
personal de apoyo de dicha federación, así como cualquier otra fórmula que sea
adecuada. Primarán los criterios de eficiencia para poder conseguir formación sobre la
prevención del dopaje en el mayor número de deportistas y personal de apoyo posibles.
En cuanto al número de acciones de prevención (formaciones presenciales y/o
online) se considerará un mínimo de cuatro en el transcurso del año natural de acuerdo
con la planificación de la temporada y desde que se firme el convenio. Inscrito el
convenio, dichas formaciones se adecuarán en número proporcional con respecto a la
fecha en la que se firme el convenio dentro del periodo del año natural.
La concreción de estas formaciones se determinará por la Comisión de seguimiento,
tal como se establece en la cláusula quinta.
También se podrán realizar iniciativas informativas, divulgativas y publicaciones de
concienciación en aquellas competiciones que se consideren más relevantes dentro del
calendario deportivo oficial de la RFEG.

cve: BOE-A-2024-24928
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Segunda.