Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2024-24853)
Real Decreto 1185/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 160684
infraestructuras comunes de telecomunicaciones y redes de comunicaciones en
los edificios; con el acceso a las infraestructuras susceptibles de alojar redes
públicas de comunicaciones electrónicas, así como las relacionadas con las
condiciones que deben cumplir las instalaciones y los instaladores de
telecomunicaciones, y su supervisión, incluyendo la gestión del Registro de
empresas instaladoras de telecomunicación.
k) La definición, gestión y seguimiento de programas y actuaciones para
promover la extensión, el desarrollo y la cobertura de las comunicaciones
electrónicas para impulsar la vertebración territorial en particular los relativos a la
Estrategia Nacional de Redes Ultrarrápidas, incluyendo la elaboración de estudios
geográficos sobre el alcance y extensión de las redes de banda ancha, del informe
de cobertura y los programas para promover la extensión y adopción de la banda
ancha, así como la coordinación de diferentes programas de extensión de redes
de banda ancha, y con las iniciativas de la Unión Europea y otros programas
internacionales en estas materias.
l) La realización de actuaciones de impulso y de ejecución de la planificación
estratégica y de acción en materia de infraestructuras digitales.
m) La ejecución de las actuaciones de promoción y desarrollo de las
infraestructuras digitales.
n) La elaboración, gestión y seguimiento de planes, proyectos tecnológicos y
programas de actuaciones orientados al desarrollo de las infraestructuras digitales.
ñ) La promoción y desarrollo de las infraestructuras de microelectrónica y
semiconductores y la coordinación de las actuaciones del Departamento en este
ámbito.
o) La propuesta de planificación del uso del dominio público radioeléctrico,
incluyendo la elaboración de propuestas del Cuadro nacional de atribución de
frecuencias y de los planes técnicos nacionales de radiodifusión y televisión, y su
desarrollo.
p) La gestión del dominio público radioeléctrico y el establecimiento de las
condiciones de uso de las bandas de frecuencias para los diferentes servicios de
radiocomunicaciones, las actuaciones para el otorgamiento, modificación,
extinción y revocación de los títulos habilitantes para el uso del dominio público
radioeléctrico y la asignación de los recursos órbita espectro.
q) La gestión del registro público de concesiones de dominio público
radioeléctrico.
r) La tramitación de los procedimientos para la aprobación de proyectos
técnicos de radiocomunicaciones, así como las actuaciones relativas al mercado
secundario del dominio público radioeléctrico y la gestión y liquidación en periodo
voluntario de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.
s) El ejercicio de las funciones inspectoras en materia de
telecomunicaciones, la inspección y el control de las redes y de los servicios de
telecomunicaciones y de las condiciones para su prestación y explotación, de las
obligaciones de los operadores, en particular, de las establecidas para la
protección de los derechos de los usuarios finales de comunicaciones
electrónicas, de los equipos y aparatos de telecomunicaciones y de las
instalaciones.
t) El control y protección del dominio público radioeléctrico, incluyendo la
inspección o reconocimiento de las instalaciones radioeléctricas y la autorización
para su puesta en servicio, la comprobación técnica de emisiones radioeléctricas,
en particular, para la localización, identificación y eliminación de interferencias
perjudiciales y de emisiones no autorizadas, así como el control de los niveles
únicos de exposición a las emisiones radioeléctricas a que se refiere el
artículo 86.b) de la Ley 11/2022, de 28 de junio, y de las relacionadas con la
protección activa del espectro.
cve: BOE-A-2024-24853
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 288
Viernes 29 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 160684
infraestructuras comunes de telecomunicaciones y redes de comunicaciones en
los edificios; con el acceso a las infraestructuras susceptibles de alojar redes
públicas de comunicaciones electrónicas, así como las relacionadas con las
condiciones que deben cumplir las instalaciones y los instaladores de
telecomunicaciones, y su supervisión, incluyendo la gestión del Registro de
empresas instaladoras de telecomunicación.
k) La definición, gestión y seguimiento de programas y actuaciones para
promover la extensión, el desarrollo y la cobertura de las comunicaciones
electrónicas para impulsar la vertebración territorial en particular los relativos a la
Estrategia Nacional de Redes Ultrarrápidas, incluyendo la elaboración de estudios
geográficos sobre el alcance y extensión de las redes de banda ancha, del informe
de cobertura y los programas para promover la extensión y adopción de la banda
ancha, así como la coordinación de diferentes programas de extensión de redes
de banda ancha, y con las iniciativas de la Unión Europea y otros programas
internacionales en estas materias.
l) La realización de actuaciones de impulso y de ejecución de la planificación
estratégica y de acción en materia de infraestructuras digitales.
m) La ejecución de las actuaciones de promoción y desarrollo de las
infraestructuras digitales.
n) La elaboración, gestión y seguimiento de planes, proyectos tecnológicos y
programas de actuaciones orientados al desarrollo de las infraestructuras digitales.
ñ) La promoción y desarrollo de las infraestructuras de microelectrónica y
semiconductores y la coordinación de las actuaciones del Departamento en este
ámbito.
o) La propuesta de planificación del uso del dominio público radioeléctrico,
incluyendo la elaboración de propuestas del Cuadro nacional de atribución de
frecuencias y de los planes técnicos nacionales de radiodifusión y televisión, y su
desarrollo.
p) La gestión del dominio público radioeléctrico y el establecimiento de las
condiciones de uso de las bandas de frecuencias para los diferentes servicios de
radiocomunicaciones, las actuaciones para el otorgamiento, modificación,
extinción y revocación de los títulos habilitantes para el uso del dominio público
radioeléctrico y la asignación de los recursos órbita espectro.
q) La gestión del registro público de concesiones de dominio público
radioeléctrico.
r) La tramitación de los procedimientos para la aprobación de proyectos
técnicos de radiocomunicaciones, así como las actuaciones relativas al mercado
secundario del dominio público radioeléctrico y la gestión y liquidación en periodo
voluntario de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.
s) El ejercicio de las funciones inspectoras en materia de
telecomunicaciones, la inspección y el control de las redes y de los servicios de
telecomunicaciones y de las condiciones para su prestación y explotación, de las
obligaciones de los operadores, en particular, de las establecidas para la
protección de los derechos de los usuarios finales de comunicaciones
electrónicas, de los equipos y aparatos de telecomunicaciones y de las
instalaciones.
t) El control y protección del dominio público radioeléctrico, incluyendo la
inspección o reconocimiento de las instalaciones radioeléctricas y la autorización
para su puesta en servicio, la comprobación técnica de emisiones radioeléctricas,
en particular, para la localización, identificación y eliminación de interferencias
perjudiciales y de emisiones no autorizadas, así como el control de los niveles
únicos de exposición a las emisiones radioeléctricas a que se refiere el
artículo 86.b) de la Ley 11/2022, de 28 de junio, y de las relacionadas con la
protección activa del espectro.
cve: BOE-A-2024-24853
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 288