Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2024-24853)
Real Decreto 1185/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288
Viernes 29 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 160669
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 1185/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifican el Real
Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública, y el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
El Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública,
estableció la estructura del Departamento, de acuerdo con la nueva estructura
organizativa dispuesta por el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales, y concretó las competencias del
departamento como encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de telecomunicaciones, sociedad de la información, transformación digital y el
desarrollo y fomento de la inteligencia artificial.
En el ámbito de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, se
hace necesaria una reorganización de su estructura de órganos directivos, con el fin de
que las competencias atribuidas queden debidamente ordenadas por áreas de acción y
se cumpla debidamente la consecución de objetivos, para que se continúe liderando la
transformación digital de nuestro país de manera segura, eficiente y garantista para la
ciudadanía, impulsando la integración y oportunidades de las nuevas tecnologías en
nuestra economía, fomentando la sinergia entre nuestros sectores y elevando la
competitividad de nuestras empresas y emprendedores.
Así, se acomete una definición en profundidad de las competencias referidas a la
definición y liderazgo en la elaboración de estrategias de transformación digital y visión
de país para 2030, así como el diseño, liderazgo y coordinación de proyectos
estratégicos clave para la transformación digital de España, y la interlocución con actores
estratégicos, incluyendo industriales, académicos, del sector público y de la sociedad
civil, nacionales e internacionales.
Por otra parte, debido a la última transformación del sector audiovisual por el uso de
tecnologías clave como la inteligencia artificial, esa Secretaría de Estado asume las
competencias relativas a la ordenación y el impulso de los servicios de comunicación
audiovisual.
Para continuar ahondando en las transformaciones de calado que se proponen en
las competencias de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y
que son fruto del ritmo frenético de cambio y adaptación que suponen las tecnologías y
retos del ámbito de dicha Secretaría de Estado, resulta clave el reenfoque previsto con la
nueva Dirección General de Ordenación de los Servicios de Digitalización y de
Comunicación Audiovisual, que aglutinará la ordenación de los servicios de digitalización
y de comunicación audiovisual, así como el desarrollo de las actuaciones necesarias
para el éxito de una transformación digital exitosa en nuestro país, garantizando los
derechos de la ciudadanía en el ámbito digital y el impulso del emprendimiento y la
generación de talento. Para estos fines, resulta necesario que esta Dirección General
asuma competencias y departamentos antes dependientes de la extinta Dirección
General de Digitalización e Inteligencia Artificial.
Continuando con los retos relacionados con el despliegue de tecnologías de alto
impacto como la inteligencia artificial de manera segura y confiable en nuestro país, la
Dirección General de Inteligencia Artificial enfoca sus competencias en el desarrollo
cve: BOE-A-2024-24853
Verificable en https://www.boe.es
24853
Núm. 288
Viernes 29 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 160669
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 1185/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifican el Real
Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública, y el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
El Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública,
estableció la estructura del Departamento, de acuerdo con la nueva estructura
organizativa dispuesta por el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales, y concretó las competencias del
departamento como encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de telecomunicaciones, sociedad de la información, transformación digital y el
desarrollo y fomento de la inteligencia artificial.
En el ámbito de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, se
hace necesaria una reorganización de su estructura de órganos directivos, con el fin de
que las competencias atribuidas queden debidamente ordenadas por áreas de acción y
se cumpla debidamente la consecución de objetivos, para que se continúe liderando la
transformación digital de nuestro país de manera segura, eficiente y garantista para la
ciudadanía, impulsando la integración y oportunidades de las nuevas tecnologías en
nuestra economía, fomentando la sinergia entre nuestros sectores y elevando la
competitividad de nuestras empresas y emprendedores.
Así, se acomete una definición en profundidad de las competencias referidas a la
definición y liderazgo en la elaboración de estrategias de transformación digital y visión
de país para 2030, así como el diseño, liderazgo y coordinación de proyectos
estratégicos clave para la transformación digital de España, y la interlocución con actores
estratégicos, incluyendo industriales, académicos, del sector público y de la sociedad
civil, nacionales e internacionales.
Por otra parte, debido a la última transformación del sector audiovisual por el uso de
tecnologías clave como la inteligencia artificial, esa Secretaría de Estado asume las
competencias relativas a la ordenación y el impulso de los servicios de comunicación
audiovisual.
Para continuar ahondando en las transformaciones de calado que se proponen en
las competencias de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y
que son fruto del ritmo frenético de cambio y adaptación que suponen las tecnologías y
retos del ámbito de dicha Secretaría de Estado, resulta clave el reenfoque previsto con la
nueva Dirección General de Ordenación de los Servicios de Digitalización y de
Comunicación Audiovisual, que aglutinará la ordenación de los servicios de digitalización
y de comunicación audiovisual, así como el desarrollo de las actuaciones necesarias
para el éxito de una transformación digital exitosa en nuestro país, garantizando los
derechos de la ciudadanía en el ámbito digital y el impulso del emprendimiento y la
generación de talento. Para estos fines, resulta necesario que esta Dirección General
asuma competencias y departamentos antes dependientes de la extinta Dirección
General de Digitalización e Inteligencia Artificial.
Continuando con los retos relacionados con el despliegue de tecnologías de alto
impacto como la inteligencia artificial de manera segura y confiable en nuestro país, la
Dirección General de Inteligencia Artificial enfoca sus competencias en el desarrollo
cve: BOE-A-2024-24853
Verificable en https://www.boe.es
24853