Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2024-24852)
Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 160643

la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad apoyado por el Servicio
Europeo de Acción Exterior.
La persona titular de la Dirección General ejercerá las competencias inherentes a su
responsabilidad de dirección y aquellas que le sean delegadas por la persona titular de la
Secretaría de Estado e impulsará la consecución de los objetivos y la ejecución de los
proyectos propios de la política exterior española en las áreas y campos indicados,
controlando su cumplimiento, supervisando y coordinando la actividad de los órganos
directivos adscritos e impartiendo instrucciones a sus titulares. Igualmente, en tanto que
Director Político, representa a España en el Comité Político y de Seguridad de la Unión
Europea.
En particular, corresponden a la Dirección General de Política Exterior y de
Seguridad las siguientes competencias:
a) La asistencia a la Secretaría de Estado en la propuesta y ejecución de la política
exterior en sus planteamientos y objetivos globales.
b) La coordinación, en su calidad de Director Político, y sin perjuicio de las
competencias propias de cada una de ellas, de las Direcciones Generales de Naciones
Unidas, Organismos Internacionales y Derechos Humanos; para el Magreb,
Mediterráneo y Oriente Próximo; para África; para América del Norte, Europa Oriental,
Asia y Pacífico; y de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa.
c) La coordinación y seguimiento, en su calidad de Director Político, de la
participación de España en la Política Exterior y de Seguridad Común de la Unión
Europea, incluida la Política Común de Seguridad y de Defensa, la preparación y el
seguimiento de las reuniones del Consejo de Asuntos Exteriores y del Comité Político y
de Seguridad de la Unión Europea, y la representación de España en otras reuniones a
nivel de direcciones políticas.
d) El seguimiento y análisis de aquellas cuestiones de carácter global que afecten a
la comunidad internacional en su conjunto y requieran una respuesta concertada de la
misma, y la definición y coordinación de la posición de España, junto con los
departamentos ministeriales concernidos.
e) La definición estratégica de la posición de España sobre cuestiones
internacionales de seguridad, en los ámbitos tanto multilateral como bilateral.
f) La coordinación de la representación institucional de España en los foros
multilaterales en los que se aborde la no proliferación y el desarme, las actividades de
índole política y jurídica relacionadas con estas materias, tanto de los órganos
principales de las Naciones Unidas como de sus órganos subsidiarios, comités y
grupos de trabajo dependientes y otras organizaciones internacionales con
competencias en materia de no proliferación y desarme; la coordinación general de la
acción del Departamento en las iniciativas y el seguimiento de los asuntos
estratégicos relacionados con la no proliferación, el desarme y las nuevas amenazas;
el seguimiento de las actividades y negociaciones de desarme y de control de
armamentos en el marco de las Naciones Unidas y de la OSCE y de otros foros
específicos en los que España participe; y el seguimiento de la verificación general de
los acuerdos de desarme y de control de armamento de los que España forme parte,
en colaboración con los restantes departamentos competentes; la coordinación de la
representación de España en los regímenes de control de exportaciones; y, el
ejercicio de las funciones que en virtud de la Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre
el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso, y el Real
Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del
comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y
tecnologías de doble uso, corresponden al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación.
g) La coordinación de la representación institucional de España en los foros
multilaterales en que se aborden los asuntos de terrorismo, las actividades de índole
política y jurídica relacionadas con esta materia, tanto de los órganos principales de las
Naciones Unidas y de sus órganos subsidiarios, comités y grupos de trabajo

cve: BOE-A-2024-24852
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Núm. 288