Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-24774)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, como personal laboral fijo de los Grupos Profesionales 1, 2 y 3 del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159990
La convocatoria contendrá una habilitación para que el órgano de selección adopte
las medidas necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios.
5.2 En la página web del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional,
https://www.patrimonionacional.es/empleo-publico, se publicará un breve currículum de
los miembros del Tribunal, así como un cronograma aproximado del desarrollo del
proceso.
5.3 La pertenencia al órgano de selección será siempre a título personal, no
pudiendo ostentarse dicha pertenencia en representación o por cuenta de nadie.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.
5.5 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velarán
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
5.7 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Palacio Real, calle Bailén, s/n, 28071 Madrid, y dirección de correo electrónico
convocatorias@patrimonionacional.es.
6.
Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se
iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», atendiendo, a estos
efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos,
conforme a lo establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de
Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del
Estado.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por
la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra «W», y así sucesivamente.
6.2 Las personas aspirantes serán convocadas a cada ejercicio de la fase de
oposición en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará
pública, en el lugar o lugares de su celebración y en la propia sede del Tribunal, así
como en los lugares indicados en la Base 1.1, la relación de personas aspirantes que
hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación
obtenida, por cada número de orden del anexo II.
6.4 Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación
acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso, todo ello
atendiendo a los méritos que puedan ser alegados de acuerdo con los dispuesto en el
anexo I.
La presentación de los méritos se hará a través del Registro Electrónico de la AGE
en el siguiente enlace https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, sin perjuicio
de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
cve: BOE-A-2024-24774
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 287
Jueves 28 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159990
La convocatoria contendrá una habilitación para que el órgano de selección adopte
las medidas necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios.
5.2 En la página web del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional,
https://www.patrimonionacional.es/empleo-publico, se publicará un breve currículum de
los miembros del Tribunal, así como un cronograma aproximado del desarrollo del
proceso.
5.3 La pertenencia al órgano de selección será siempre a título personal, no
pudiendo ostentarse dicha pertenencia en representación o por cuenta de nadie.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.
5.5 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velarán
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
5.7 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Palacio Real, calle Bailén, s/n, 28071 Madrid, y dirección de correo electrónico
convocatorias@patrimonionacional.es.
6.
Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se
iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», atendiendo, a estos
efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos,
conforme a lo establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de
Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del
Estado.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por
la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra «W», y así sucesivamente.
6.2 Las personas aspirantes serán convocadas a cada ejercicio de la fase de
oposición en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará
pública, en el lugar o lugares de su celebración y en la propia sede del Tribunal, así
como en los lugares indicados en la Base 1.1, la relación de personas aspirantes que
hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación
obtenida, por cada número de orden del anexo II.
6.4 Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación
acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso, todo ello
atendiendo a los méritos que puedan ser alegados de acuerdo con los dispuesto en el
anexo I.
La presentación de los méritos se hará a través del Registro Electrónico de la AGE
en el siguiente enlace https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, sin perjuicio
de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
cve: BOE-A-2024-24774
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 287