Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-24774)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, como personal laboral fijo de los Grupos Profesionales 1, 2 y 3 del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Jueves 28 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 159995

c. Servicios efectivos prestados en otros ámbitos no incluidos en los apartados
anteriores:
1) Misma especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,12 puntos por
mes completo de servicios.
2) Distinta especialidad y misma subespecialidad por la que ha optado: 0,08 puntos
por mes completo de servicios.
3) Distinta especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,04 puntos por
mes completo de servicios.
Forma de acreditación:
– Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal
correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la
Administración, según modelo que figura como anexo VI de la convocatoria.
– Certificado de Vida Laboral emitido por el órgano competente de la Seguridad
Social y copia del contrato o contratos de trabajo cuando la experiencia profesional se
derive de ámbitos no incluidos en los apartados a y b. Los grupos de cotización
reflejados en los correspondientes certificados de vida laboral deberán coincidir con la
categoría de la plaza a la que aspire la persona candidata.
De conformidad con lo previsto en el Convenio Colectivo, en ningún caso se valorará
como mérito para el ascenso el tiempo de servicio prestado en funciones de superior
grupo o, en su caso, subgrupo profesional, ni los servicios prestados como consecuencia
de la movilidad funcional regulada en el artículo 34 del mismo.
2.

Méritos académicos: La puntuación máxima será de 8 puntos.

Se valorarán:
a. Por haber realizado cursos directamente relacionados con las tareas y funciones
propias del puesto de trabajo por el que ha optado, incluidos dentro del Plan de
Formación Continua de las Administraciones Públicas. Puntuación máxima: 4 puntos.
b. Otros méritos académicos directamente relacionados con el puesto por el que se
opta. Puntuación máxima: 4 puntos. En este apartado se podrán valorar: Cursos no
incluidos en los planes de formación continua, impartición de cursos.
La valoración de los cursos a los que se hace referencia en los apartados a y b
anteriores se realizará según el siguiente desglose:
– Cursos de 15 a 50 horas de duración: 0,50 puntos por curso.
– Cursos de más de 50 horas a 100 horas de duración: 0,75 puntos por curso.
– Cursos de más de 100 horas: 1 punto por curso.
Para su valoración deberán haber sido impartidos por o para la Administración o
centros legalmente autorizados y reconocidos.

– Para la valoración de los méritos académicos será necesario aportar copia
auténtica de los títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios
para su obtención.
3.

Calificación final

La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las calificaciones
obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

cve: BOE-A-2024-24774
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Forma de acreditación: