Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-24774)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, como personal laboral fijo de los Grupos Profesionales 1, 2 y 3 del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287
Jueves 28 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159994
Se calificará con un máximo de 24 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 12 para superar el ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá
publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo dos días a contar
desde la finalización de la prueba específica. Las alegaciones a aquellas deberán
presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a
través de los medios electrónicos que se especifiquen en estas.
Segundo ejercicio de carácter práctico: consistirá en una prueba práctica planteada
por el Órgano de Selección relacionada con las funciones de las plazas a cubrir, en la
que se valorarán las aptitudes de las personas candidatas para el desempeño de la
misma, y que versará sobre los temas del programa correspondiente a la especialidad y,
en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que figuran en el anexo V.
El tiempo para la realización de este ejercicio será, como máximo, de noventa
minutos, debiendo el Tribunal determinar la duración de cada uno de los ejercicios, en
función de las características del número de orden de que se trate, en el momento en
que lleve a cabo su convocatoria. El ejercicio se calificará de 0 a 36 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 18 puntos para superarlo.
La calificación global de la fase de oposición será de 60 puntos y vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en la primera y en la segunda parte. Para
superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.
2.
Fase de concurso
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos, que habrán de
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1.
Méritos profesionales: la puntuación máxima será de 32 puntos.
Se valorará la experiencia profesional en puestos de trabajo siempre que las tareas y
funciones desarrolladas fueran similares al contenido del programa correspondiente al
número de orden por el que han optado, según los siguientes criterios:
a.
Servicios efectivos prestados en Patrimonio Nacional:
1) Misma especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,30 puntos por
mes completo de servicios.
2) Distinta especialidad y misma subespecialidad por la que ha optado: 0,20 puntos
por mes completo de servicios.
3) Distinta especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,10 puntos por
mes completo de servicios.
1) Misma especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,20 puntos por
mes completo de servicios.
2) Distinta especialidad y misma subespecialidad por la que ha optado: 0,10 puntos
por mes completo de servicios.
3) Distinta especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,08 puntos por
mes completo de servicios.
cve: BOE-A-2024-24774
Verificable en https://www.boe.es
b. Servicios efectivos prestados en la Administración General del Estado o en otras
Administraciones Públicas:
Núm. 287
Jueves 28 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159994
Se calificará con un máximo de 24 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 12 para superar el ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá
publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo dos días a contar
desde la finalización de la prueba específica. Las alegaciones a aquellas deberán
presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a
través de los medios electrónicos que se especifiquen en estas.
Segundo ejercicio de carácter práctico: consistirá en una prueba práctica planteada
por el Órgano de Selección relacionada con las funciones de las plazas a cubrir, en la
que se valorarán las aptitudes de las personas candidatas para el desempeño de la
misma, y que versará sobre los temas del programa correspondiente a la especialidad y,
en su caso, programa elegido por la persona aspirante, que figuran en el anexo V.
El tiempo para la realización de este ejercicio será, como máximo, de noventa
minutos, debiendo el Tribunal determinar la duración de cada uno de los ejercicios, en
función de las características del número de orden de que se trate, en el momento en
que lleve a cabo su convocatoria. El ejercicio se calificará de 0 a 36 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 18 puntos para superarlo.
La calificación global de la fase de oposición será de 60 puntos y vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en la primera y en la segunda parte. Para
superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.
2.
Fase de concurso
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos, que habrán de
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1.
Méritos profesionales: la puntuación máxima será de 32 puntos.
Se valorará la experiencia profesional en puestos de trabajo siempre que las tareas y
funciones desarrolladas fueran similares al contenido del programa correspondiente al
número de orden por el que han optado, según los siguientes criterios:
a.
Servicios efectivos prestados en Patrimonio Nacional:
1) Misma especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,30 puntos por
mes completo de servicios.
2) Distinta especialidad y misma subespecialidad por la que ha optado: 0,20 puntos
por mes completo de servicios.
3) Distinta especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,10 puntos por
mes completo de servicios.
1) Misma especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,20 puntos por
mes completo de servicios.
2) Distinta especialidad y misma subespecialidad por la que ha optado: 0,10 puntos
por mes completo de servicios.
3) Distinta especialidad y subespecialidad por la que se ha optado: 0,08 puntos por
mes completo de servicios.
cve: BOE-A-2024-24774
Verificable en https://www.boe.es
b. Servicios efectivos prestados en la Administración General del Estado o en otras
Administraciones Públicas: