Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-24816)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca concurso selectivo para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Jueves 28 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 160293

al cual son asignados y la relación de personas que hayan superado todas las pruebas
sin obtener plaza y que son candidatas a integrarse en la bolsa de trabajo temporal.
9.5 En caso de que, una vez publicado el resultado definitivo por parte del tribunal,
alguna de las personas seleccionadas no acreditase alguno de los requisitos de
participación, renunciase a la plaza obtenida o, en caso de no estar exenta, no superase
el período de prueba establecido en el artículo 14 del Estatuto de los trabajadores, el
órgano convocante podrá requerir al tribunal la asignación de la plaza a la persona que
corresponda, que deberá haber superado todas las pruebas, con arreglo a los criterios
de ordenación descritos.
Décima.

Acreditación de los requisitos de participación.

a. Para las personas nacionales de otros países, el documento oficial acreditativo
de la nacionalidad (NIE y Pasaporte), en el caso de ser miembro de un estado de la
Unión Europea o de los estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores y trabajadoras, o ser titular de una autorización de residencia que habilite
para el trabajo ofrecido, en el resto de casos.
b. El título exigido en la convocatoria con carácter general o de un nivel superior al
exigido, o del resguardo del abono de los derechos para la obtención del título.
c. Una copia del título o la acreditación de la formación requerida para las plazas
con requisitos adicionales de acceso.
d. Si procede, el titulo o el resguardo de haber abonado los derechos de obtención
del título, para los puestos con requisitos específicos de titulación para su acceso.
e. Las personas candidatas con discapacidad deberán presentar un certificado de
un equipo oficial de valoración y orientación laboral, que depende del Departamento de
Derechos Sociales, que acredite la condición legal de discapacidad, la compatibilidad
para el desarrollo de las tareas y funciones correspondientes a las plazas ofertadas, y, en
su caso, las adaptaciones necesarias para el puesto de trabajo.
f. Una declaración responsable de no padecer ninguna enfermedad ni estar
afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el ejercicio de
las funciones correspondientes del puesto de trabajo al que se opta, de no estar
separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración
Pública, de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas y, en caso
de no poseer la nacionalidad española, de no tener ningún impedimento para el acceso a
la función pública en el país de origen, en el formato que el propio requerimiento de la
documentación especifique.
g. Las personas que opten a plazas reservadas para personas que acrediten la
situación de desocupación en los términos requeridos para la formalización de un
contrato de relevo de personas jubiladas parcialmente, deberán acreditar este hecho
mediante la Certificación de Demandante de Ocupación del Servicio Público de
Ocupación de Catalunya (SOC) o el organismo competente en su lugar de residencia
con una antelación mínima de 10 días desde la fecha de inicio del contrato y se tendrá
que mantener la situación hasta la fecha de inicio del mismo.
10.2 La documentación que se presente en una lengua extranjera deberá ir
acompañada de la correspondiente traducción jurada.
10.3 Las personas seleccionadas que no presenten la documentación mencionada
en el plazo establecido o a las que, una vez examinada la documentación, les falte
alguno de los requisitos exigidos no podrán ser contratadas, sin perjuicio de la

cve: BOE-A-2024-24816
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10.1 Una vez finalizado el proceso, se requiere a las personas seleccionadas la
presentación de la documentación necesaria para la formalización del contrato de trabajo
que deberán aportar dentro del plazo que se le otorgue en el requerimiento que no podrá
ser inferior a cinco días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del
resultado definitivo, siempre y cuando no esté a disposición de la Universidad: