Comunidad Autónoma de Canarias. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24748)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se publican los Convenios con los Cabildos Insulares de Tenerife, Gran Canaria, La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura y Lanzarote, por los que se instrumentalizan la concesión de subvención directa, para la implementación de las inversiones vinculadas al Programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco del componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Decimoctava.
Sec. III. Pág. 159558
Prescripción.
El derecho de la Administración a reconocer o liquidar el reintegro prescribirá a los
cuatro años, conforme a lo que establece el artículo 39 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y el artículo 40 del Decreto 36/2009, de 31 de
marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Canarias.
Decimonovena.
Régimen sancionador.
Las entidades beneficiarias de estas ayudas estarán sometidas al régimen
sancionador regulado en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones en todo aquello que constituya legislación básica, así como en el
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias:
Primero. Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las
acciones y omisiones tipificadas en los artículos 56, 57 y 58 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Las infracciones en materia de subvenciones se sancionarán mediante la
imposición de sanciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 58 y siguientes
de la Ley 38/2003 y conforme al procedimiento sancionador previsto en el artículo 67.
Vigésima.
Colaboración y jurisdicción.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación, cumplimiento y
eficacia serán de conocimiento y competencia de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en particular de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, de acuerdo con las previsiones del artículo 11.1.c) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente convenio.–
Por la Comunidad Autónoma de Canarias, la Consejera de Bienestar Social, Igualdad,
Juventud, Infancia y Familias, María Candelaria Delgado Toledo.–Por el Cabildo Insular
de Gran Canaria, el Presidente, Antonio Morales Méndez.
ANEXO I
Plazas a ejecutar por el Cabildo Insular de Gran Canaria PROGRAMA 1-MRR
Descripción de la inversión en el Convenio entre el Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Consejería de Bienestar Social,
Igualdad, Juventud, Infancia y Familias (anexo III en BOE n.º 121 de 22 de
mayo de 2023): «El proyecto se plantea el objetivo de promover el cambio en
el modelo de las nuevas infraestructuras para cuidados de larga duración
basados en una nueva arquitectura centrada en la persona y en la atención
en entornos comunitarios, favoreciendo la participación de las personas en
sus cuidados y, por tanto, favoreciendo la inclusión».
LÍNEA DE INVERSIÓN del PRTR de
España.
C22.I1: «Plan de apoyos y cuidados de
larga duración: desinstitucionalización,
equipamientos y tecnología».
Descripción (anexo en BOE n.º 279 de 21 de noviembre
de 2022):
«Dotación de nuevos equipamientos públicos para
cuidados de larga duración basados en una nueva
arquitectura centrada en la persona y en la atención en
entornos comunitarios, y remodelación y adaptación de
los equipamientos existentes».
OBJETIVO CID.
PLAZOS.
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
PROGRAMA 1MRR:
«Equipamientos
para cuidados
centrados en la
persona».
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Decimoctava.
Sec. III. Pág. 159558
Prescripción.
El derecho de la Administración a reconocer o liquidar el reintegro prescribirá a los
cuatro años, conforme a lo que establece el artículo 39 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y el artículo 40 del Decreto 36/2009, de 31 de
marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Canarias.
Decimonovena.
Régimen sancionador.
Las entidades beneficiarias de estas ayudas estarán sometidas al régimen
sancionador regulado en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones en todo aquello que constituya legislación básica, así como en el
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias:
Primero. Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las
acciones y omisiones tipificadas en los artículos 56, 57 y 58 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Las infracciones en materia de subvenciones se sancionarán mediante la
imposición de sanciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 58 y siguientes
de la Ley 38/2003 y conforme al procedimiento sancionador previsto en el artículo 67.
Vigésima.
Colaboración y jurisdicción.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación, cumplimiento y
eficacia serán de conocimiento y competencia de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en particular de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, de acuerdo con las previsiones del artículo 11.1.c) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente convenio.–
Por la Comunidad Autónoma de Canarias, la Consejera de Bienestar Social, Igualdad,
Juventud, Infancia y Familias, María Candelaria Delgado Toledo.–Por el Cabildo Insular
de Gran Canaria, el Presidente, Antonio Morales Méndez.
ANEXO I
Plazas a ejecutar por el Cabildo Insular de Gran Canaria PROGRAMA 1-MRR
Descripción de la inversión en el Convenio entre el Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Consejería de Bienestar Social,
Igualdad, Juventud, Infancia y Familias (anexo III en BOE n.º 121 de 22 de
mayo de 2023): «El proyecto se plantea el objetivo de promover el cambio en
el modelo de las nuevas infraestructuras para cuidados de larga duración
basados en una nueva arquitectura centrada en la persona y en la atención
en entornos comunitarios, favoreciendo la participación de las personas en
sus cuidados y, por tanto, favoreciendo la inclusión».
LÍNEA DE INVERSIÓN del PRTR de
España.
C22.I1: «Plan de apoyos y cuidados de
larga duración: desinstitucionalización,
equipamientos y tecnología».
Descripción (anexo en BOE n.º 279 de 21 de noviembre
de 2022):
«Dotación de nuevos equipamientos públicos para
cuidados de larga duración basados en una nueva
arquitectura centrada en la persona y en la atención en
entornos comunitarios, y remodelación y adaptación de
los equipamientos existentes».
OBJETIVO CID.
PLAZOS.
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
PROGRAMA 1MRR:
«Equipamientos
para cuidados
centrados en la
persona».