Comunidad Autónoma de Canarias. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24748)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se publican los Convenios con los Cabildos Insulares de Tenerife, Gran Canaria, La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura y Lanzarote, por los que se instrumentalizan la concesión de subvención directa, para la implementación de las inversiones vinculadas al Programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco del componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Miércoles 27 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 159552

contribución al alcance de los objetivos por parte del Cabildo Insular de Gran Canaria se
recoge en la siguiente tabla:

1

1

Objetivo
CID

Definición

Descripción

Canarias

Euros

Gran Canaria

Euros

Fecha
consecución

64.216.788,43

No aplica

T2 2024
(01/12/2024)

470

Plazas residenciales,
no residenciales y en
centros de día.

Publicación en el BOE o en la plataforma de
contratación pública de la adjudicación de al
menos 1.355.000.000 EUR para la renovación y
construcción de centros residenciales, no
residenciales y de día, con el fin de adaptarlos al
nuevo modelo de cuidados de larga duración.

323

Plazas residenciales,
no residenciales y en
centros de día.

Renovación o construcción de centros
73.683.504,44 15.389.158,85
residenciales, no residenciales y de día para
adaptar al menos 15.200 plazas al nuevo modelo
683 plazas
149 plazas
de cuidados de larga duración.

T2 2026

La distribución de la financiación prevista se realizará en función de las anualidades y
los importes siguientes:
Ejercicio

Financiación
(%)

2024

50

7.694.579,43

2025

35

5.386.205,60

2026

15

2.308.373,82

100

15.389.158,85

Euros

Con carácter general, las cuantías correspondientes a cada anualidad se abonarán al
Cabildo Insular de Gran Canaria una vez se acredite la realización de la actividad y su
coste real. El pago de la subvención, para cada anualidad, se realizará previa
justificación de gastos prevista en la cláusula decimoprimera y en la parte proporcional a
la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad y sobre los gastos
que sean considerados elegibles.
El Cabildo, tras la formalización del presente convenio, podrá solicitar el abono
anticipado de hasta el 100 % del importe correspondiente a cada anualidad. Para hacer
efectivo el pago será necesario que, tras la formalización de este convenio, el Cabildo
Insular acredite el cumplimiento de los requisitos que exige el Acuerdo de Gobierno de 4
de diciembre de 2023, de modificación octava del Acuerdo de Gobierno de 26 de
marzo de 2020 por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de
subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión y que se
concretan en los siguientes:
Solicitud motivada de necesidad de abono anticipado en la que se acredite que el
Cabildo Insular no cuenta con recursos suficientes para la realización del objeto del
convenio con sus propios recursos.
Certificación de encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social.
Que el beneficiario no tenga otras subvenciones, destinados a inversiones con abono
anticipado pendientes de justificación y cuyo plazo haya transcurrido sin haberse
presentado la misma, en los dos ejercicios inmediatos anteriores al que ahora se
concede.
La aportación económica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud,
Infancia y Familias será abonada al Cabildo Insular de Gran Canaria mediante

cve: BOE-A-2024-24748
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