Comunidad Autónoma de Canarias. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24748)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se publican los Convenios con los Cabildos Insulares de Tenerife, Gran Canaria, La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura y Lanzarote, por los que se instrumentalizan la concesión de subvención directa, para la implementación de las inversiones vinculadas al Programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco del componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159537
Tesorería en Las Palmas de Gran Canaria y cincuenta y tres (53) plazas de estancia
diurna en centro ocupacional en Arucas.
Las inversiones en la Isla de Gran Canaria, de conformidad con las acciones
descritas en el anexo III del convenio entre la Secretaria de Estado de Derechos
Sociales y la Comunidad Autónoma de Canarias, para la ejecución de proyectos con
cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y
Resiliencia, pueden destinarse a: inversión en infraestructura, tanto en la construcción,
adquisición como reformas arquitectónicas; adquisición de los equipamientos necesarios
para poner en marcha las infraestructuras: tecnológico, mobiliario o técnico, etc; estudios
preparatorios, arquitectónicos, sociales, medioambientales, etc. y gastos de asistencia
técnica para la formación de profesionales de los diversos ámbitos en el marco del
Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, siguiendo la Resolución de 28
de julio de 2022 de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
Asimismo para conocer el detalle de las inversiones a realizar por el Cabildo de Gran
Canaria debe consultarse el anexo I de este convenio, que incorpora la información
facilitada por el Cabildo de Gran Canaria y que consta en el expediente, asimismo en el
anexo X se reproduce la información enviada por la Corporación.
Segunda. Normativa a la que deberá sujetarse la ejecución del convenio.
La ejecución del convenio se enmarca en la Política Palanca VIII del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España «Nueva economía de los
cuidados y políticas de empleo», en el Componente 22 ‘Plan de choque para la
economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión’ y en la línea de
inversión I1 «Plan de atención y apoyo a largo plazo: desinstitucionalización,
equipamiento y tecnología», se contribuirá a alcanzar los objetivos previstos en los
Acuerdos del Consejo Territorial de Servicios Sociales y Sistema para la Autonomía y la
Atención a la Dependencia de fechas 15 de enero y 30 de abril de 2021, 14 de octubre
de 2022 y 24 de octubre y 30 de noviembre de 2023, por los que se aprobó la
distribución territorial, entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y
Melilla, de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del
componente 22 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y
específicamente se contribuirá al cumplimiento de los objetivos 470 y 323 del Anexo de
la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del PRTyR
de España, señalándose asimismo las contribuciones que se asignan a la Comunidad
Autónoma de Canarias y las previsiones contenidas en:
El Reglamento UE 2021/241, de 12 de febrero de 2021, que regula el instrumento
europeo de recuperación denominado «Next Generation EU».
La Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación,
gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación
denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Canarias.
El Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que
se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la
recuperación tras la crisis de la COVID-19.
El Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el
PRTyR.
La Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del
PRTyR de España y las disposiciones operativas relativas a la aprobación de la
evaluación del mismo y a su sistema de gestión.
La normativa que regula la aplicación del principio de no causar un perjuicio
significativo al medioambiente o principio DNSH, especialmente: Reglamento (UE)
2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159537
Tesorería en Las Palmas de Gran Canaria y cincuenta y tres (53) plazas de estancia
diurna en centro ocupacional en Arucas.
Las inversiones en la Isla de Gran Canaria, de conformidad con las acciones
descritas en el anexo III del convenio entre la Secretaria de Estado de Derechos
Sociales y la Comunidad Autónoma de Canarias, para la ejecución de proyectos con
cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y
Resiliencia, pueden destinarse a: inversión en infraestructura, tanto en la construcción,
adquisición como reformas arquitectónicas; adquisición de los equipamientos necesarios
para poner en marcha las infraestructuras: tecnológico, mobiliario o técnico, etc; estudios
preparatorios, arquitectónicos, sociales, medioambientales, etc. y gastos de asistencia
técnica para la formación de profesionales de los diversos ámbitos en el marco del
Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, siguiendo la Resolución de 28
de julio de 2022 de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
Asimismo para conocer el detalle de las inversiones a realizar por el Cabildo de Gran
Canaria debe consultarse el anexo I de este convenio, que incorpora la información
facilitada por el Cabildo de Gran Canaria y que consta en el expediente, asimismo en el
anexo X se reproduce la información enviada por la Corporación.
Segunda. Normativa a la que deberá sujetarse la ejecución del convenio.
La ejecución del convenio se enmarca en la Política Palanca VIII del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España «Nueva economía de los
cuidados y políticas de empleo», en el Componente 22 ‘Plan de choque para la
economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión’ y en la línea de
inversión I1 «Plan de atención y apoyo a largo plazo: desinstitucionalización,
equipamiento y tecnología», se contribuirá a alcanzar los objetivos previstos en los
Acuerdos del Consejo Territorial de Servicios Sociales y Sistema para la Autonomía y la
Atención a la Dependencia de fechas 15 de enero y 30 de abril de 2021, 14 de octubre
de 2022 y 24 de octubre y 30 de noviembre de 2023, por los que se aprobó la
distribución territorial, entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y
Melilla, de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del
componente 22 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y
específicamente se contribuirá al cumplimiento de los objetivos 470 y 323 del Anexo de
la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del PRTyR
de España, señalándose asimismo las contribuciones que se asignan a la Comunidad
Autónoma de Canarias y las previsiones contenidas en:
El Reglamento UE 2021/241, de 12 de febrero de 2021, que regula el instrumento
europeo de recuperación denominado «Next Generation EU».
La Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación,
gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación
denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Canarias.
El Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que
se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la
recuperación tras la crisis de la COVID-19.
El Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el
PRTyR.
La Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del
PRTyR de España y las disposiciones operativas relativas a la aprobación de la
evaluación del mismo y a su sistema de gestión.
La normativa que regula la aplicación del principio de no causar un perjuicio
significativo al medioambiente o principio DNSH, especialmente: Reglamento (UE)
2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 286