Comunidad Autónoma de Canarias. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24748)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se publican los Convenios con los Cabildos Insulares de Tenerife, Gran Canaria, La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura y Lanzarote, por los que se instrumentalizan la concesión de subvención directa, para la implementación de las inversiones vinculadas al Programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco del componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Miércoles 27 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 159526

manifiesto que los fondos se han utilizado para los fines previstos y se han gestionado
de conformidad con todas las normas que resultan de aplicación en la financiación
procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular las normas
relativas a la prevención de los conflictos de interés, del fraude, de la corrupción y de la
doble financiación y del respecto al principio DNSH y de conformidad con el principio de
buena gestión financiera.
Asimismo Declaro la veracidad de la información contenida en el Informe Semestral,
que se remite en fecha ......................................., donde de detalla el cumplimiento de
los requisitos establecidos por la Comisión Europea y el grado de ejecución, hasta la
fecha, como la previsión de cumplimiento del alcance de los objetivos CID
correspondientes ............... (323).
Lugar, fecha y firma electrónica de la persona declarante
ANEXO IX
Declaración expresa
D./Dña. .........................................................................., en calidad de Presidente/a
del Cabildo de Tenerife y actuando en representación de esta Corporación Insular que
tiene atribuida en virtud del apartado 4, letra ñ), del artículo 124, en relación con la
disposición adicional decimocuarta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local, así como del artículo 125.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de
Cabildos Insulares, como persona facultada para la firma del presente convenio por
Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular en sesión celebrada el 27 de Junio de 2023.
DECLARA
Primero.
Que no incurre en ninguna de las circunstancias enumeradas en los apartados 2 y 3
del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.
Segundo.
Que se halla al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones,
en los términos previstos en el artículo 25 del RD 887/2006.
Tercero.
Que no se encuentra en situación de crisis y no está sujeto a una orden de
recuperación por declaración de la Comisión de ayuda ilegal e incompatible, según el
Reglamento General de Exención por Categorías (Reglamento UE 651/2014, de 17 de
junio de 2014).

Que con carácter previo al abono de la subvención contemplada por el presente
convenio, autorizará expresamente a la Administración autonómica para obtener de
oficio la documentación acreditativa de que se encuentra al corriente en las obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, o bien aportará los certificados que acrediten dicha
circunstancia.
Lugar, fecha y firma electrónica de la persona declarante

cve: BOE-A-2024-24748
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Cuarto.