Comunidad Autónoma de Canarias. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24748)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se publican los Convenios con los Cabildos Insulares de Tenerife, Gran Canaria, La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura y Lanzarote, por los que se instrumentalizan la concesión de subvención directa, para la implementación de las inversiones vinculadas al Programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco del componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159519
ANEXO II
Modelo de reparto de la financiación correspondiente a los Fondos «Next
Generation EU» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
destinados a la construcción o renovación, por los Cabildos Insulares, de plazas
en centros residenciales, no residenciales y de día para adaptarlas al nuevo
modelo de cuidados de larga duración
Este modelo se aprobó mediante Acuerdo alcanzado, el 16 de marzo de 2023, entre
representantes del Departamento autonómico y representantes de todos los Cabildos
Insulares. Y se ha realizado en función de los siguientes criterios:
El primer criterio de reparto, de los fondos asignados al programa 1-MRR, se
concreta en el establecimiento de una parte fija y una parte variable. La parte fija
consiste en la financiación determinada por las singularidades del territorio, recogidas en
el artículo 53.2 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias
(BOC n.º 94 de 17 de mayo) y que, respecto a los criterios de financiación de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los servicios y
prestaciones del sistema público de servicios sociales deberá tener en cuenta los costes
derivados de la doble insularidad de las islas no capitalinas, cuya valoración podrá dar
lugar al incremento del sistema de financiación que resulte necesario, siendo el valor de
asignación la población empadronada.
La parte variable de la financiación se distribuye en función de diversos parámetros,
determinados utilizando variables que cumplen criterios de transparencia, estabilidad y
calidad. Estas variables se obtienen de fuentes oficiales y administrativas y de forma
regular en el tiempo, son relativamente recientes, están disponibles desagregadas por
islas, permiten atender equilibradamente a las necesidades territoriales e insulares y son
pertinentes y no redundantes para los objetivos de la distribución.
Así la distribución de los fondos se realiza mediante las variables y ponderaciones
siguientes:
Financiación determinada por la doble insularidad y que distribuye el 60 % de la
asignación total del fondo, es decir, 43.200.000,00 euros. Y medida a través de la
población residente en el territorio a 1 de enero de 2022.
Financiación variable que distribuye el 40 % de la asignación total al programa, es
decir, 28.800.00,00 euros. Y cuyos indicadores obtuvieron el siguiente peso: 15,00 %,
Variable X1: Población dependiente= población mayor o igual a 80 años; 5,00 %, Variable
X2: Población potencialmente dependiente estimada entre 65 y 79 años; 25,00 %,
Variable X3: Población potencialmente dependiente menor o igual de 65 años; 42,50 %,
Variable X4: Ratio de plazas disponibles en relación al índice de cobertura promovido por
la Organización Mundial de la Salud para personas mayores y 12,50 %, Variable X5:
Ratio de plazas disponibles, índice modelo de cobertura del 5 % sobre el total de
personas potencialmente dependientes entre 0 y 64 años.
Y con posterioridad al 24 de octubre de 2023, se estableció que el ochenta por ciento
de la financiación adicional, que corresponde a la cantidad de 1.269.801,69 euros, se
distribuiría siguiendo el modelo de reparto inicial.
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159519
ANEXO II
Modelo de reparto de la financiación correspondiente a los Fondos «Next
Generation EU» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
destinados a la construcción o renovación, por los Cabildos Insulares, de plazas
en centros residenciales, no residenciales y de día para adaptarlas al nuevo
modelo de cuidados de larga duración
Este modelo se aprobó mediante Acuerdo alcanzado, el 16 de marzo de 2023, entre
representantes del Departamento autonómico y representantes de todos los Cabildos
Insulares. Y se ha realizado en función de los siguientes criterios:
El primer criterio de reparto, de los fondos asignados al programa 1-MRR, se
concreta en el establecimiento de una parte fija y una parte variable. La parte fija
consiste en la financiación determinada por las singularidades del territorio, recogidas en
el artículo 53.2 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias
(BOC n.º 94 de 17 de mayo) y que, respecto a los criterios de financiación de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los servicios y
prestaciones del sistema público de servicios sociales deberá tener en cuenta los costes
derivados de la doble insularidad de las islas no capitalinas, cuya valoración podrá dar
lugar al incremento del sistema de financiación que resulte necesario, siendo el valor de
asignación la población empadronada.
La parte variable de la financiación se distribuye en función de diversos parámetros,
determinados utilizando variables que cumplen criterios de transparencia, estabilidad y
calidad. Estas variables se obtienen de fuentes oficiales y administrativas y de forma
regular en el tiempo, son relativamente recientes, están disponibles desagregadas por
islas, permiten atender equilibradamente a las necesidades territoriales e insulares y son
pertinentes y no redundantes para los objetivos de la distribución.
Así la distribución de los fondos se realiza mediante las variables y ponderaciones
siguientes:
Financiación determinada por la doble insularidad y que distribuye el 60 % de la
asignación total del fondo, es decir, 43.200.000,00 euros. Y medida a través de la
población residente en el territorio a 1 de enero de 2022.
Financiación variable que distribuye el 40 % de la asignación total al programa, es
decir, 28.800.00,00 euros. Y cuyos indicadores obtuvieron el siguiente peso: 15,00 %,
Variable X1: Población dependiente= población mayor o igual a 80 años; 5,00 %, Variable
X2: Población potencialmente dependiente estimada entre 65 y 79 años; 25,00 %,
Variable X3: Población potencialmente dependiente menor o igual de 65 años; 42,50 %,
Variable X4: Ratio de plazas disponibles en relación al índice de cobertura promovido por
la Organización Mundial de la Salud para personas mayores y 12,50 %, Variable X5:
Ratio de plazas disponibles, índice modelo de cobertura del 5 % sobre el total de
personas potencialmente dependientes entre 0 y 64 años.
Y con posterioridad al 24 de octubre de 2023, se estableció que el ochenta por ciento
de la financiación adicional, que corresponde a la cantidad de 1.269.801,69 euros, se
distribuiría siguiendo el modelo de reparto inicial.
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 286