Comunidad Autónoma de Canarias. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24748)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se publican los Convenios con los Cabildos Insulares de Tenerife, Gran Canaria, La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura y Lanzarote, por los que se instrumentalizan la concesión de subvención directa, para la implementación de las inversiones vinculadas al Programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco del componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159498
euros con sesenta céntimos de euro (15.112.946,60 euros) con cargo a la aplicación
presupuestaria 2370/231M/7600400/227G0101/70M2301, para la financiación de las
inversiones a ejecutar en la Isla de Tenerife, con parte del crédito asignado a la
Comunidad Autónoma de Canarias por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 para la implementación de las inversiones vinculadas al programa «01
Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el convenio del
Ministerio y esta Comunidad Autónoma para la ejecución de proyectos con cargo a los
fondos europeos «Next Generation EU» procedentes del Mecanismo para la
Recuperación y Resiliencia, en el marco del Componente 22, objetivos 323 y 470, del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, para proceder a la
renovación o construcción de plazas en centros residenciales, no residenciales y de día
para adaptarlas al nuevo modelo de cuidados de larga duración. El número determinado
de plazas a construir o renovar en la Isla de Tenerife y la inversión prevista para la
implementación de las acciones figuran en el Anexo I del presente convenio.
Segundo. Los fondos de este programa 1 serán ejecutados por los Cabildos
Insulares según el modelo de reparto acordado el 16 de marzo de 2023 y que figura
como anexo II. En este anexo II se explica el modelo de distribución de los fondos entre
las Islas y para su elaboración se siguieron los conceptos, parámetros y variables que
fueron elaborados para el establecimiento del modelo establecido por el Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia en los acuerdos, de 15 de enero y de 30 de abril de 2021, en la distribución
de los créditos para la financiación de los proyectos de inversión en el marco del
componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e
inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La distribución de los fondos entre los distintos Cabildos se ha determinado por una
parte fija que consiste en la financiación que contempla las singularidades del territorio,
del sesenta por ciento, establecida en función de la doble insularidad, según establece el
artículo 53.2 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, y por
una parte variable que se estableció en función de los siguientes valores por Islas:
población dependiente o mayor o igual a 80 años; población potencialmente dependiente
estimada entre 65 y 79 años; población potencialmente dependiente menor o igual de 65
años; ratio de plazas disponibles en relación al índice de cobertura promovido por la
Organización Mundial de la Salud para personas mayores y ratio de plazas disponibles,
índice modelo de cobertura del 5 % sobre el total de personas potencialmente
dependientes entre 0 y 64 años.
Tras aplicar el modelo se determinó la cantidad a percibir por cada Cabildo, cantidad
que se ha visto incrementada por Acuerdos de 24 de octubre y 30 de noviembre de 2023
del CTSSySAAD en una cantidad que se distribuyó linealmente entre todas las
corporaciones.
Así y de la aplicación del modelo y el ajuste del incremento, en el caso concreto de la
Isla de Tenerife le ha correspondido una cantidad que asciende a quince millones ciento
doce mil novecientos cuarenta y seis euros con sesenta céntimos (15.112.946,60 euros).
Por lo tanto se concede una subvención directa por importe de quince millones ciento
doce mil novecientos cuarenta y seis euros con sesenta céntimos (15.112.946,60 euros),
de acuerdo con la planificación prevista para la ejecución de estas acciones, en las
condiciones y plazos recogidos en la cláusula octava, las cantidades siguientes:
2024: Siete millones quinientos cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta y tres
euros con treinta céntimos de euro (7.556.473,30 euros).
2025: Cinco millones doscientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y un euros
con treinta y un céntimos de euro (5.289.531,31 euros).
2026: Dos millones doscientos sesenta y seis mil novecientos cuarenta y un euros
con noventa y nueve céntimos de euro (2.266.941,99 euros).
Tercero. Prestar colaboración y asistencia al Cabildo Insular en el cumplimiento de
sus compromisos y obligaciones, resolviendo dudas y elevando en su caso, consultas al
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159498
euros con sesenta céntimos de euro (15.112.946,60 euros) con cargo a la aplicación
presupuestaria 2370/231M/7600400/227G0101/70M2301, para la financiación de las
inversiones a ejecutar en la Isla de Tenerife, con parte del crédito asignado a la
Comunidad Autónoma de Canarias por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 para la implementación de las inversiones vinculadas al programa «01
Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el convenio del
Ministerio y esta Comunidad Autónoma para la ejecución de proyectos con cargo a los
fondos europeos «Next Generation EU» procedentes del Mecanismo para la
Recuperación y Resiliencia, en el marco del Componente 22, objetivos 323 y 470, del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, para proceder a la
renovación o construcción de plazas en centros residenciales, no residenciales y de día
para adaptarlas al nuevo modelo de cuidados de larga duración. El número determinado
de plazas a construir o renovar en la Isla de Tenerife y la inversión prevista para la
implementación de las acciones figuran en el Anexo I del presente convenio.
Segundo. Los fondos de este programa 1 serán ejecutados por los Cabildos
Insulares según el modelo de reparto acordado el 16 de marzo de 2023 y que figura
como anexo II. En este anexo II se explica el modelo de distribución de los fondos entre
las Islas y para su elaboración se siguieron los conceptos, parámetros y variables que
fueron elaborados para el establecimiento del modelo establecido por el Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia en los acuerdos, de 15 de enero y de 30 de abril de 2021, en la distribución
de los créditos para la financiación de los proyectos de inversión en el marco del
componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e
inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La distribución de los fondos entre los distintos Cabildos se ha determinado por una
parte fija que consiste en la financiación que contempla las singularidades del territorio,
del sesenta por ciento, establecida en función de la doble insularidad, según establece el
artículo 53.2 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, y por
una parte variable que se estableció en función de los siguientes valores por Islas:
población dependiente o mayor o igual a 80 años; población potencialmente dependiente
estimada entre 65 y 79 años; población potencialmente dependiente menor o igual de 65
años; ratio de plazas disponibles en relación al índice de cobertura promovido por la
Organización Mundial de la Salud para personas mayores y ratio de plazas disponibles,
índice modelo de cobertura del 5 % sobre el total de personas potencialmente
dependientes entre 0 y 64 años.
Tras aplicar el modelo se determinó la cantidad a percibir por cada Cabildo, cantidad
que se ha visto incrementada por Acuerdos de 24 de octubre y 30 de noviembre de 2023
del CTSSySAAD en una cantidad que se distribuyó linealmente entre todas las
corporaciones.
Así y de la aplicación del modelo y el ajuste del incremento, en el caso concreto de la
Isla de Tenerife le ha correspondido una cantidad que asciende a quince millones ciento
doce mil novecientos cuarenta y seis euros con sesenta céntimos (15.112.946,60 euros).
Por lo tanto se concede una subvención directa por importe de quince millones ciento
doce mil novecientos cuarenta y seis euros con sesenta céntimos (15.112.946,60 euros),
de acuerdo con la planificación prevista para la ejecución de estas acciones, en las
condiciones y plazos recogidos en la cláusula octava, las cantidades siguientes:
2024: Siete millones quinientos cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta y tres
euros con treinta céntimos de euro (7.556.473,30 euros).
2025: Cinco millones doscientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y un euros
con treinta y un céntimos de euro (5.289.531,31 euros).
2026: Dos millones doscientos sesenta y seis mil novecientos cuarenta y un euros
con noventa y nueve céntimos de euro (2.266.941,99 euros).
Tercero. Prestar colaboración y asistencia al Cabildo Insular en el cumplimiento de
sus compromisos y obligaciones, resolviendo dudas y elevando en su caso, consultas al
cve: BOE-A-2024-24748
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Núm. 286