Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24704)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Undécima.
Sec. II.B. Pág. 159295
Relaciones con la ciudadanía.
11.1 De conformidad con el artículo 72.5 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del
Sector Público Vasco, y el artículo 88.12 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de
atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por
medios electrónicos, todas las comunicaciones y notificaciones a las personas
interesadas, sin perjuicio de la publicación oficial en el «Boletín Oficial del País Vasco»
cuando corresponda, se realizarán por medio el tablón electrónico de anuncios.
11.2 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución
se publicarán en el Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://
www.euskadi.eus/empleo-publico/.
A partir de la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, toda
la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la
citada dirección electrónica a efectos de notificación. Se enviará un aviso a las personas
participantes, vía SMS o vía correo electrónico en el número de teléfono móvil o
dirección de correo electrónico que hayan facilitado. De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 41.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la falta de práctica de este aviso no impedirá
que la notificación sea considerada plenamente válida.
11.3 En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
Admisión de personas aspirantes.
12.1 En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, la persona titular de la Dirección del Instituto Vasco de Administración
Pública dictará resolución, por la que se ordene la publicación de la relación provisional
de personas admitidas y excluidas en la sede electrónica señalada en la base general
undécima, sin perjuicio de que se pueda acordar la ampliación de dicho plazo, en los
términos establecidos en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En esta relación
se expresará el motivo de exclusión u omisión.
Se concederá un plazo de diez días hábiles para la presentación de reclamaciones y
subsanaciones de los errores que pudieran contener las solicitudes, a partir del día
siguiente al de la publicación de la citada resolución.
12.2 Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, se publicará
en el «Boletín Oficial del País Vasco» la resolución de la persona titular de la Dirección
del Instituto Vasco de Administración Pública en la que se declarará aprobada la relación
definitiva de personas admitidas y excluidas, indicando que dicha relación estará
expuesta en la sede electrónica señalada en la base general undécima.
12.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable a las personas aspirantes, ni en el caso de inasistencia al
ejercicio.
12.4 Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran la
exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación
de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
12.5 La lista de personas aspirantes admitidas y excluidas incluirá al menos sus
apellidos y nombre conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos,
así como, en su caso, las causas de exclusión.
12.6 Contra la resolución que apruebe las relaciones definitivas de personas
admitidas y excluidas podrá interponerse recurso.
Decimotercera. Tribunal Calificador.
13.1 Composición. El Tribunal Calificador estará compuesto por un presidente o
presidenta, tres vocales y un secretario o secretaria, y sus correspondientes suplentes.
cve: BOE-A-2024-24704
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Undécima.
Sec. II.B. Pág. 159295
Relaciones con la ciudadanía.
11.1 De conformidad con el artículo 72.5 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del
Sector Público Vasco, y el artículo 88.12 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de
atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por
medios electrónicos, todas las comunicaciones y notificaciones a las personas
interesadas, sin perjuicio de la publicación oficial en el «Boletín Oficial del País Vasco»
cuando corresponda, se realizarán por medio el tablón electrónico de anuncios.
11.2 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución
se publicarán en el Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://
www.euskadi.eus/empleo-publico/.
A partir de la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, toda
la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la
citada dirección electrónica a efectos de notificación. Se enviará un aviso a las personas
participantes, vía SMS o vía correo electrónico en el número de teléfono móvil o
dirección de correo electrónico que hayan facilitado. De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 41.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la falta de práctica de este aviso no impedirá
que la notificación sea considerada plenamente válida.
11.3 En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
Admisión de personas aspirantes.
12.1 En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, la persona titular de la Dirección del Instituto Vasco de Administración
Pública dictará resolución, por la que se ordene la publicación de la relación provisional
de personas admitidas y excluidas en la sede electrónica señalada en la base general
undécima, sin perjuicio de que se pueda acordar la ampliación de dicho plazo, en los
términos establecidos en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En esta relación
se expresará el motivo de exclusión u omisión.
Se concederá un plazo de diez días hábiles para la presentación de reclamaciones y
subsanaciones de los errores que pudieran contener las solicitudes, a partir del día
siguiente al de la publicación de la citada resolución.
12.2 Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, se publicará
en el «Boletín Oficial del País Vasco» la resolución de la persona titular de la Dirección
del Instituto Vasco de Administración Pública en la que se declarará aprobada la relación
definitiva de personas admitidas y excluidas, indicando que dicha relación estará
expuesta en la sede electrónica señalada en la base general undécima.
12.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable a las personas aspirantes, ni en el caso de inasistencia al
ejercicio.
12.4 Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran la
exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación
de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
12.5 La lista de personas aspirantes admitidas y excluidas incluirá al menos sus
apellidos y nombre conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos,
así como, en su caso, las causas de exclusión.
12.6 Contra la resolución que apruebe las relaciones definitivas de personas
admitidas y excluidas podrá interponerse recurso.
Decimotercera. Tribunal Calificador.
13.1 Composición. El Tribunal Calificador estará compuesto por un presidente o
presidenta, tres vocales y un secretario o secretaria, y sus correspondientes suplentes.
cve: BOE-A-2024-24704
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.