Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24704)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Miércoles 27 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 159292

realizar la correspondiente valoración será requisito imprescindible la aportación del
dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de solicitudes.
8.4 Con el fin de avanzar en el propósito de conseguir la igualdad de
oportunidades, en el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con
discapacidad que se haya presentado por la modalidad de acceso reservada a personas
con discapacidad no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por
otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de
puntuación en el sistema de acceso general.
8.5 A las personas que participen por el cupo reservado a personas con
discapacidad, en los ejercicios que superen con una nota superior al 50 por ciento de la
calificación máxima, se les conservará la calificación en la convocatoria inmediata
siguiente, siempre y cuando esta sea análoga en el contenido del temario y la forma de
calificación, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán
presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si optan por
realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la
convocatoria inmediata anterior.
Novena. Solicitudes.
9.1 De acuerdo con el Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y
multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos, las
personas aspirantes deberán realizar la presentación de las instancias por medios
electrónicos.
9.2 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de veinte
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
9.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud. La presentación se realizará a través del Portal del Empleo
Público en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo-publico/ siguiendo las
instrucciones que se le irán indicando durante su cumplimentación, siendo necesario
identificarse mediante uno de los medios admitidos por la Administración General de la
Comunidad Autónoma de Euskadi (https://www.euskadi.eus/certificados-electronicos).
La presentación desde el Portal del Empleo Público permitirá la cumplimentación
electrónica de los siguientes trámites:

En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción, podrán dirigirse al teléfono o a la dirección de correo electrónico que se
indicará a estos efectos en el Portal del Empleo Público en la dirección electrónica
https://www.euskadi.eus/empleo-publico/.
9.4 Contenido de la solicitud. Deberán cumplimentarse los siguientes apartados de
la solicitud:
a) Datos personales, para la correcta gestión del proceso.
b) Datos de contacto: dirección postal, teléfono móvil y dirección de correo electrónico.

cve: BOE-A-2024-24704
Verificable en https://www.boe.es

– La solicitud de participación.
– El pago de las tasas por la inscripción en las convocatorias para la selección de
personal.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación.
– El acceso a la información relativa al proceso que se publique en el Portal del
Empleo Público y su seguimiento.
– La presentación de reclamaciones, en los plazos que se habiliten a este efecto.
– Anexar, en su caso, la documentación que sea requerida.