Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24704)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Miércoles 27 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 159290

5.2 Para dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de los diferentes procesos
selectivos de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter nacional
provenientes de la Oferta Pública de Empleo aprobada por acuerdo de Consejo de
Gobierno de 26 de marzo de 2024, la realización de pruebas podrá ser coincidente en el
tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios,
desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al
nombramiento como personal funcionario de carrera.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios o del curso selectivo podrán
coincidir con otros procesos selectivos, sin que dicha coincidencia pueda suponer causa
de aplazamiento.
5.3 En cualquier momento del proceso selectivo los órganos de selección podrán
requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
5.4 Si en cualquier momento del procedimiento los órganos de selección tuvieran
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumplen todos los requisitos
exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberán
proponer su exclusión a la persona titular de la Dirección del Instituto Vasco de
Administración Pública o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia
de esta circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al
respecto.
5.5 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición y resueltas, en su caso, las
reclamaciones presentadas, el Tribunal Calificador hará públicas, en la dirección
electrónica señalada en la base general undécima, la puntuación obtenida por las
personas aspirantes.
Sexta.

Programa.

El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura como anexo IV
de esta convocatoria, siendo la legislación aplicable la que esté vigente a la fecha de
celebración de cada ejercicio del proceso selectivo.
Séptima. Requisitos de las personas aspirantes.

1.º Nacionalidad: tener la nacionalidad española.
2.º Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que se deriven del puesto por desempeñar.
3.º Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad
máxima de jubilación forzosa.
4.º Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a la Escala de funcionarios Administración Local con habilitación de
carácter nacional.
5.º Titulación: estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o
en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas
clasificados en el subgrupo A1.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar
en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.

cve: BOE-A-2024-24704
Verificable en https://www.boe.es

7.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, las personas
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: