Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24702)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 159261

– 12,5 puntos a quienes acrediten el perfil lingüístico 2 o certificado o título equivalente.
– 6,25 puntos a quienes acrediten el perfil lingüístico 1 o certificado o título equivalente.
Una vez aprobados todos los ejercicios eliminatorios, la calificación final será la
resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en cada uno de los tres primeros
ejercicios eliminatorios y la del ejercicio de acreditación del perfil lingüístico; en
consecuencia, el resultado es que han superado la fase de oposición el número de
aspirantes cuya suma total de puntuaciones, ordenadas de mayor a menor, entre dentro
del número de plazas. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y si esto no fuera suficiente, en el
segundo y primero, por este orden. De persistir el empate se atenderá al orden alfabético
de actuación mencionado en la base general quinta.
La puntuación final de las pruebas selectivas, a los efectos de ordenación de las
personas aspirantes en la relación de aprobados, a que se refiere la base general
decimocuarta, vendrá determinada conforme a lo previsto en el párrafo anterior.
I.4

Curso selectivo

1. El curso selectivo estará organizado y realizado por el Instituto Vasco de
Administración Pública.
2. Las personas aspirantes admitidas al curso selectivo serán nombradas, por la
Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, funcionarias en
prácticas durante el tiempo que estén en el curso y con determinación de la fecha en que
empezará a surtir efecto dicho nombramiento. En caso de no poder realizar el curso
selectivo o período de prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada y
apreciada por la Administración, las personas aspirantes podrán efectuarlo con
posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. La
coincidencia de dos cursos selectivos o periodos de prácticas en el tiempo no será
considerada causa de fuerza mayor, debiendo la persona aspirante optar por realizar un
curso selectivo u otro.
3. El curso tendrá como finalidad proporcionar a las personas funcionarias en
prácticas la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos y,
especialmente, de habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones
que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo.
El curso tendrá como finalidad la adquisición y refuerzo de las competencias
necesarias para desarrollar con eficacia y eficiencia el ejercicio de sus funciones.
4. La persona titular de la Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública
establecerá el calendario, programa y normas internas que regulen esta fase, la cual
tendrá una duración máxima estimada de cinco meses.
5. El carácter selectivo del curso exigirá la asistencia a las clases y actividades que
se impartan en su desarrollo y la superación de las pruebas o prácticas que, en su caso,
se establezcan. La calificación final será de apto/a o no apto/a.
El curso selectivo podrá incluir contenidos en materia de igualdad efectiva de
mujeres y hombres y en materia de violencia de género.
De la evaluación del curso selectivo será responsable el Instituto Vasco de
Administración Pública.
6. Las personas funcionarias en prácticas que no superasen el curso selectivo, de
acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria y desarrollado
en sus normas regulatorias, perderán el derecho a su nombramiento como personal
funcionario de carrera, mediante una resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
7. Finalizado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la situación
de funcionarias y funcionarios en prácticas hasta la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado», de los nombramientos como funcionaria y funcionario de carrera de la
Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de
Intervención-Tesorería, categoría de Entrada.

cve: BOE-A-2024-24702
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Núm. 286