Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24701)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso, por promoción interna, a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159221
A tal fin, los documentos en papel se podrán presentar en las oficinas de Zuzenean
del Gobierno Vasco, donde una persona funcionaria procederá a su digitalización.
No obstante, la digitalización de un documento en papel por la Administración de la
Comunidad Autónoma de Euskadi u otra Administración Pública no supone la
cumplimentación electrónica del trámite correspondiente, sino la obtención de una copia
electrónica auténtica, por lo que, posteriormente, deberá cumplimentarse el trámite
correspondiente por medios electrónicos en el plazo y la forma establecidas para el
mismo.
No se admitirá la presentación en papel de ningún documento relacionado con la
convocatoria. La presentación de la solicitud de participación o de cualquier otro
documento relacionado con la convocatoria por medios no electrónicos se tendrá por
presentado, a todos los efectos, en la fecha de su presentación por medios electrónicos.
9.12 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes; únicamente podrán demandar su modificación a través Portal
del Empleo Público en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo-publico/,
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo,
no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Décima.
Embarazo de riesgo o parto.
Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de
parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera
de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la
finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.
Dichas circunstancias, si fuera posible, deberán ponerse en conocimiento del Tribunal
con carácter previo a la celebración de la prueba, adjuntando la documentación
justificativa.
La realización de estas pruebas o del curso selectivo no podrá conllevar una demora
que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal. En
todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la
lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Relaciones con la ciudadanía.
11.1 De conformidad con el artículo 72.5 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del
Sector Público Vasco, y el artículo 88.12 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de
atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por
medios electrónicos, todas las comunicaciones y notificaciones a las personas
interesadas, sin perjuicio de la publicación oficial en el «Boletín Oficial del País Vasco»
cuando corresponda, se realizarán por medio el tablón electrónico de anuncios.
11.2 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución
se publicarán en el Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://
www.euskadi.eus/empleo-publico/
A partir de la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, toda
la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la
citada dirección electrónica a efectos de notificación. Se enviará un aviso a las personas
participantes, vía SMS o vía correo electrónico en el número de teléfono móvil o
dirección de correo electrónico que hayan facilitado. De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 41.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la falta de práctica de este aviso no impedirá
que la notificación sea considerada plenamente válida.
11.3 En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
cve: BOE-A-2024-24701
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159221
A tal fin, los documentos en papel se podrán presentar en las oficinas de Zuzenean
del Gobierno Vasco, donde una persona funcionaria procederá a su digitalización.
No obstante, la digitalización de un documento en papel por la Administración de la
Comunidad Autónoma de Euskadi u otra Administración Pública no supone la
cumplimentación electrónica del trámite correspondiente, sino la obtención de una copia
electrónica auténtica, por lo que, posteriormente, deberá cumplimentarse el trámite
correspondiente por medios electrónicos en el plazo y la forma establecidas para el
mismo.
No se admitirá la presentación en papel de ningún documento relacionado con la
convocatoria. La presentación de la solicitud de participación o de cualquier otro
documento relacionado con la convocatoria por medios no electrónicos se tendrá por
presentado, a todos los efectos, en la fecha de su presentación por medios electrónicos.
9.12 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes; únicamente podrán demandar su modificación a través Portal
del Empleo Público en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo-publico/,
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo,
no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Décima.
Embarazo de riesgo o parto.
Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de
parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera
de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la
finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.
Dichas circunstancias, si fuera posible, deberán ponerse en conocimiento del Tribunal
con carácter previo a la celebración de la prueba, adjuntando la documentación
justificativa.
La realización de estas pruebas o del curso selectivo no podrá conllevar una demora
que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal. En
todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la
lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Relaciones con la ciudadanía.
11.1 De conformidad con el artículo 72.5 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del
Sector Público Vasco, y el artículo 88.12 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de
atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por
medios electrónicos, todas las comunicaciones y notificaciones a las personas
interesadas, sin perjuicio de la publicación oficial en el «Boletín Oficial del País Vasco»
cuando corresponda, se realizarán por medio el tablón electrónico de anuncios.
11.2 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución
se publicarán en el Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://
www.euskadi.eus/empleo-publico/
A partir de la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, toda
la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la
citada dirección electrónica a efectos de notificación. Se enviará un aviso a las personas
participantes, vía SMS o vía correo electrónico en el número de teléfono móvil o
dirección de correo electrónico que hayan facilitado. De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 41.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la falta de práctica de este aviso no impedirá
que la notificación sea considerada plenamente válida.
11.3 En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
cve: BOE-A-2024-24701
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.