Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24701)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso, por promoción interna, a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
I.3
Sec. II.B. Pág. 159227
Requisitos del perfil lingüístico para la adjudicación de puestos.
Al tener los puestos convocados perfil lingüístico preceptivo, por tener fecha de
preceptividad vencida, el estar en posesión del mismo será requisito para su provisión y
por ello para su adjudicación como primer destino.
No obstante lo anterior, a los solos efectos de la cobertura de los puestos con perfil
lingüístico 4 preceptivo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 37.4 del Decreto 19/2024,
de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, en
caso de no cubrirse todas las plazas con aspirantes que acrediten el perfil lingüístico 4
se aplicará a las plazas restantes el perfil lingüístico 3 a los únicos efectos de su
cobertura en la presente convocatoria.
I.4
Descripción del proceso selectivo.
I.4.1 La selección de las personas aspirantes se realizará a través del sistema de
concurso-oposición seguida de un curso selectivo.
a)
Fase de oposición:
Primer ejercicio: El ejercicio consistirá en la resolución por escrito de tres supuestos
prácticos, uno de cada una de las materias que se indican a continuación, referentes a
las funciones de Intervención-Tesorería que el Tribunal Calificador determine, durante un
periodo máximo de cuatro horas:
Podrán consultarse textos legales y utilizar máquinas de calcular estándar y
científicas, que no sean programables, ni financieras.
Para la resolución de este ejercicio, según el supuesto de que se trate, la persona
opositora podrá aplicar tanto normativa estatal, como normativa autonómica vasca,
incluyendo la normativa emanada de los órganos forales. La normativa aplicable a la
resolución del ejercicio será la vigente al tiempo de realización del mismo.
En este ejercicio, que será corregido directamente por el Tribunal, se valorará la
capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la
resolución de los problemas prácticos planteados.
El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier
miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no
usuales en el lenguaje escrito. En todo caso, se garantizará la autenticidad, integridad y
conservación de los documentos.
El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que este ejercicio sea
corregido sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. El Tribunal excluirá
a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer
la identidad de la persona aspirante.
Finalizado el primer ejercicio, el Tribunal procederá a publicar los resultados provisionales
del mismo, estableciendo un plazo de diez días hábiles para formular las oportunas
reclamaciones. Finalizado este plazo y resueltas las reclamaciones que, en su caso, se
hubieran presentado, el Tribunal hará públicos los resultados definitivos del ejercicio.
Las publicaciones de resultados se darán a conocer en los lugares indicados en la
sede electrónica señalada en la base general undécima.
cve: BOE-A-2024-24701
Verificable en https://www.boe.es
1. Presupuesto. El presupuesto y sus modificaciones. Gestión presupuestaria.
Ejecución y liquidación del presupuesto. Reglas fiscales de la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Morosidad y
periodo medio de pago.
2. Contabilidad: contabilidad financiera. Contabilidad analítica y de gestión.
Contabilidad pública local.
3. Tesorería y recaudación. Operaciones de crédito. Principio de prudencia
financiera. Gestión tributaria, recaudación e inspección tributaria. Gestión de la tesorería
y de los ingresos.
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
I.3
Sec. II.B. Pág. 159227
Requisitos del perfil lingüístico para la adjudicación de puestos.
Al tener los puestos convocados perfil lingüístico preceptivo, por tener fecha de
preceptividad vencida, el estar en posesión del mismo será requisito para su provisión y
por ello para su adjudicación como primer destino.
No obstante lo anterior, a los solos efectos de la cobertura de los puestos con perfil
lingüístico 4 preceptivo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 37.4 del Decreto 19/2024,
de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, en
caso de no cubrirse todas las plazas con aspirantes que acrediten el perfil lingüístico 4
se aplicará a las plazas restantes el perfil lingüístico 3 a los únicos efectos de su
cobertura en la presente convocatoria.
I.4
Descripción del proceso selectivo.
I.4.1 La selección de las personas aspirantes se realizará a través del sistema de
concurso-oposición seguida de un curso selectivo.
a)
Fase de oposición:
Primer ejercicio: El ejercicio consistirá en la resolución por escrito de tres supuestos
prácticos, uno de cada una de las materias que se indican a continuación, referentes a
las funciones de Intervención-Tesorería que el Tribunal Calificador determine, durante un
periodo máximo de cuatro horas:
Podrán consultarse textos legales y utilizar máquinas de calcular estándar y
científicas, que no sean programables, ni financieras.
Para la resolución de este ejercicio, según el supuesto de que se trate, la persona
opositora podrá aplicar tanto normativa estatal, como normativa autonómica vasca,
incluyendo la normativa emanada de los órganos forales. La normativa aplicable a la
resolución del ejercicio será la vigente al tiempo de realización del mismo.
En este ejercicio, que será corregido directamente por el Tribunal, se valorará la
capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la
resolución de los problemas prácticos planteados.
El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier
miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no
usuales en el lenguaje escrito. En todo caso, se garantizará la autenticidad, integridad y
conservación de los documentos.
El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que este ejercicio sea
corregido sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. El Tribunal excluirá
a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer
la identidad de la persona aspirante.
Finalizado el primer ejercicio, el Tribunal procederá a publicar los resultados provisionales
del mismo, estableciendo un plazo de diez días hábiles para formular las oportunas
reclamaciones. Finalizado este plazo y resueltas las reclamaciones que, en su caso, se
hubieran presentado, el Tribunal hará públicos los resultados definitivos del ejercicio.
Las publicaciones de resultados se darán a conocer en los lugares indicados en la
sede electrónica señalada en la base general undécima.
cve: BOE-A-2024-24701
Verificable en https://www.boe.es
1. Presupuesto. El presupuesto y sus modificaciones. Gestión presupuestaria.
Ejecución y liquidación del presupuesto. Reglas fiscales de la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Morosidad y
periodo medio de pago.
2. Contabilidad: contabilidad financiera. Contabilidad analítica y de gestión.
Contabilidad pública local.
3. Tesorería y recaudación. Operaciones de crédito. Principio de prudencia
financiera. Gestión tributaria, recaudación e inspección tributaria. Gestión de la tesorería
y de los ingresos.