Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24700)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Subescala de Secretaría, categoría Superior, de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Miércoles 27 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 159208

Las reclamaciones al tribunal se realizarán por vía electrónica cumplimentado el
formulario disponible en el Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://
www.euskadi.eus/empleo-publico/.
12.6

Sede.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su domicilio en la
sede central del Instituto Vasco de Administración Pública; c/Donostia-San Sebastián, 1
(Lakua) CP 01010 Vitoria-Gasteiz.
12.7

Indemnizaciones por razón de servicio.

Quienes formen parte del tribunal percibirán las indemnizaciones por razón de
servicio que correspondan, incluidas las de asistencias, de acuerdo con la normativa
vigente al respecto.
Del mismo modo percibirán las indemnizaciones que correspondan, las personas que
presten asesoramiento al Tribunal o colaboren con él en tareas de vigilancia o auxilio material.
Decimotercera.

Superación del proceso selectivo.

13.1 Finalizada la prueba de aptitud y realizada la prueba de acreditación del perfil
lingüístico, el Tribunal Calificador hará pública, en la dirección electrónica señalada en la
base general décima, la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas por orden
de puntuación alcanzada.
13.2 La relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso
selectivo será elevada por la persona titular del Instituto Vasco de Administración Pública
al órgano convocante para la publicación de la lista de aprobados por orden de
puntuación en el «Boletín Oficial del País Vasco».
13.3 El Tribunal Calificador no podrá proponer el acceso a la condición de personal
funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.
13.4 Los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos deberán ser
motivados. La motivación de los actos del Tribunal, dictados en virtud de discrecionalidad
técnica en el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de
las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
Decimocuarta. Requisitos de
alegación y acreditación.

participación.

Fechas

de

referencia,

descripción,

14.1 Fechas de referencia para el cumplimiento los requisitos de participación y de
adjudicación de puestos.
La fecha de referencia para la posesión de los requisitos que se aleguen será la de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo el relativo al conocimiento del
euskera que podrá acreditarse conforme se prevé en la base sexta.
Alegación de los requisitos.

Los requisitos generales de participación deberán ser alegados en el plazo de
presentación de solicitudes, a excepción del conocimiento del euskera, que podrá ser
alegado hasta el día anterior a la celebración del primer ejercicio de la prueba de
acreditación del perfil lingüístico 4.
Decimoquinta.

Nombramiento de funcionarias y funcionarios de carrera.

15.1 Concluido el proceso selectivo, la persona titular de la Dirección del Instituto Vasco
de Administración Pública hará públicas en la dirección de Internet señalada en la base general
décima, la relación de las personas aspirantes que lo hubiesen superado, cuyo número no
podrán exceder en ningún caso al de las plazas convocadas, y la remitirá a Dirección de

cve: BOE-A-2024-24700
Verificable en https://www.boe.es

14.2