Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24703)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría Superior, de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159279
10.2 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución
se publicarán en el Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://
www.euskadi.eus/empleo-publico/.
A partir de la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, toda
la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la
citada dirección electrónica a efectos de notificación. Se enviará un aviso a las personas
participantes, vía SMS o vía correo electrónico en el número de teléfono móvil o
dirección de correo electrónico que hayan facilitado. De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 41.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la falta de práctica de este aviso no impedirá
que la notificación sea considerada plenamente válida.
10.3 En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
Undécima.
Admisión de personas aspirantes.
11.1 En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, la persona titular de la Dirección del Instituto Vasco de Administración
Pública dictará resolución, por la que se ordene la publicación de la relación provisional
de personas admitidas y excluidas en la sede electrónica señalada en la base general
décima. En esta relación se expresará el motivo de exclusión u omisión.
Se concederá un plazo de diez días hábiles para la presentación de reclamaciones y
subsanaciones de los errores que pudieran contener las solicitudes, a partir del día
siguiente al de la publicación de la citada resolución.
11.2 Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, se publicará
en el «Boletín Oficial del País Vasco» la resolución de la Dirección del Instituto Vasco de
Administración Pública en la que se declarará aprobada la relación definitiva de personas
admitidas y excluidas, indicando que dicha relación estará expuesta en la sede
electrónica señalada en la base general décima.
11.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable a las personas aspirantes, ni en el caso de inasistencia al
ejercicio.
11.4 Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran la
exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación
de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
11.5 La lista de personas aspirantes admitidas y excluidas incluirá al menos sus
apellidos y nombre conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos,
así como, en su caso, las causas de exclusión.
11.6 Contra la resolución que apruebe las relaciones definitivas de personas
admitidas y excluidas podrá interponerse recurso.
Duodécima.
Composición.
El tribunal estará compuesto por un presidente o presidenta, tres vocales y un
secretario o secretaria, y sus correspondientes suplentes.
Salvo que se justifique debidamente su no pertinencia, la composición del tribunal ha
de ser equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación
adecuada. Se considera que existe una representación equilibrada cuando en los
órganos de más de cuatro miembros cada sexo está representado al menos al 40 %, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de
Empleo Público Vasco.
Entre los o las vocales, uno o una lo será a propuesta del Instituto Vasco de
Administración Pública de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.4 de la
Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.
cve: BOE-A-2024-24703
Verificable en https://www.boe.es
12.1
Tribunal calificador.
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159279
10.2 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución
se publicarán en el Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://
www.euskadi.eus/empleo-publico/.
A partir de la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, toda
la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la
citada dirección electrónica a efectos de notificación. Se enviará un aviso a las personas
participantes, vía SMS o vía correo electrónico en el número de teléfono móvil o
dirección de correo electrónico que hayan facilitado. De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 41.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la falta de práctica de este aviso no impedirá
que la notificación sea considerada plenamente válida.
10.3 En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
Undécima.
Admisión de personas aspirantes.
11.1 En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, la persona titular de la Dirección del Instituto Vasco de Administración
Pública dictará resolución, por la que se ordene la publicación de la relación provisional
de personas admitidas y excluidas en la sede electrónica señalada en la base general
décima. En esta relación se expresará el motivo de exclusión u omisión.
Se concederá un plazo de diez días hábiles para la presentación de reclamaciones y
subsanaciones de los errores que pudieran contener las solicitudes, a partir del día
siguiente al de la publicación de la citada resolución.
11.2 Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, se publicará
en el «Boletín Oficial del País Vasco» la resolución de la Dirección del Instituto Vasco de
Administración Pública en la que se declarará aprobada la relación definitiva de personas
admitidas y excluidas, indicando que dicha relación estará expuesta en la sede
electrónica señalada en la base general décima.
11.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable a las personas aspirantes, ni en el caso de inasistencia al
ejercicio.
11.4 Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran la
exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación
de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
11.5 La lista de personas aspirantes admitidas y excluidas incluirá al menos sus
apellidos y nombre conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos,
así como, en su caso, las causas de exclusión.
11.6 Contra la resolución que apruebe las relaciones definitivas de personas
admitidas y excluidas podrá interponerse recurso.
Duodécima.
Composición.
El tribunal estará compuesto por un presidente o presidenta, tres vocales y un
secretario o secretaria, y sus correspondientes suplentes.
Salvo que se justifique debidamente su no pertinencia, la composición del tribunal ha
de ser equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación
adecuada. Se considera que existe una representación equilibrada cuando en los
órganos de más de cuatro miembros cada sexo está representado al menos al 40 %, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de
Empleo Público Vasco.
Entre los o las vocales, uno o una lo será a propuesta del Instituto Vasco de
Administración Pública de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.4 de la
Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.
cve: BOE-A-2024-24703
Verificable en https://www.boe.es
12.1
Tribunal calificador.