Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24703)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría Superior, de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159278
8.10 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación
sustitutoria.
8.11 Los documentos que se presenten por medios electrónicos deberán ser
documentos electrónicos, considerándose tales los siguientes:
– Los documentos propiamente electrónicos, esto es, los creados y firmados
electrónicamente por el órgano emisor con certificado electrónico o con CSV.
– Las copias electrónicas de documentos (originales o copias auténticas) en soporte
no electrónico (papel).
Cuando los documentos (originales o copias auténticas) a presentar se posean en
soporte no electrónico (papel), se deberá obtener una copia electrónica auténtica de los
mismos con carácter previo a su presentación electrónica.
Para obtener dicha copia electrónica auténtica el documento en papel, que deberá
ser el documento original o una copia auténtica, deberá ser digitalizado por una
Administración Pública y la copia electrónica deberá incluir los metadatos que acrediten
su condición de copia y que se visualicen al consultar el documento.
A tal fin, los documentos en papel se podrán presentar en las oficinas de Zuzenean
del Gobierno Vasco, donde una persona funcionaria procederá a su digitalización.
No obstante, la digitalización de un documento en papel por la Administración de la
Comunidad Autónoma de Euskadi u otra Administración Pública no supone la
cumplimentación electrónica del trámite correspondiente, sino la obtención de una copia
electrónica auténtica, por lo que, posteriormente, deberá cumplimentarse el trámite
correspondiente por medios electrónicos en el plazo y la forma establecidas para el mismo.
No se admitirá la presentación en papel de ningún documento relacionado con la
convocatoria. La presentación de la solicitud de participación o de cualquier otro
documento relacionado con la convocatoria por medios no electrónicos se tendrá por
presentado, a todos los efectos, en la fecha de su presentación por medios electrónicos.
8.12 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes; únicamente podrán demandar su modificación a través Portal
del Empleo Público en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo-publico/,
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo,
no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Novena.
Embarazo de riesgo o parto.
Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto,
alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, su
situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de la
prueba de aptitud que hubiera quedado aplazada, sin que esta pueda demorarse de
manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Tribunal. En todo caso, su realización tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Relaciones con la ciudadanía.
10.1 De conformidad con el artículo 72.5 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector
Público Vasco, y el artículo 88.12 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y
multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos, todas
las comunicaciones y notificaciones a las personas interesadas, sin perjuicio de la
publicación oficial en el «Boletín Oficial del País Vasco» cuando corresponda, se realizarán
por medio el tablón electrónico de anuncios.
cve: BOE-A-2024-24703
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159278
8.10 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación
sustitutoria.
8.11 Los documentos que se presenten por medios electrónicos deberán ser
documentos electrónicos, considerándose tales los siguientes:
– Los documentos propiamente electrónicos, esto es, los creados y firmados
electrónicamente por el órgano emisor con certificado electrónico o con CSV.
– Las copias electrónicas de documentos (originales o copias auténticas) en soporte
no electrónico (papel).
Cuando los documentos (originales o copias auténticas) a presentar se posean en
soporte no electrónico (papel), se deberá obtener una copia electrónica auténtica de los
mismos con carácter previo a su presentación electrónica.
Para obtener dicha copia electrónica auténtica el documento en papel, que deberá
ser el documento original o una copia auténtica, deberá ser digitalizado por una
Administración Pública y la copia electrónica deberá incluir los metadatos que acrediten
su condición de copia y que se visualicen al consultar el documento.
A tal fin, los documentos en papel se podrán presentar en las oficinas de Zuzenean
del Gobierno Vasco, donde una persona funcionaria procederá a su digitalización.
No obstante, la digitalización de un documento en papel por la Administración de la
Comunidad Autónoma de Euskadi u otra Administración Pública no supone la
cumplimentación electrónica del trámite correspondiente, sino la obtención de una copia
electrónica auténtica, por lo que, posteriormente, deberá cumplimentarse el trámite
correspondiente por medios electrónicos en el plazo y la forma establecidas para el mismo.
No se admitirá la presentación en papel de ningún documento relacionado con la
convocatoria. La presentación de la solicitud de participación o de cualquier otro
documento relacionado con la convocatoria por medios no electrónicos se tendrá por
presentado, a todos los efectos, en la fecha de su presentación por medios electrónicos.
8.12 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes; únicamente podrán demandar su modificación a través Portal
del Empleo Público en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo-publico/,
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo,
no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Novena.
Embarazo de riesgo o parto.
Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto,
alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, su
situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de la
prueba de aptitud que hubiera quedado aplazada, sin que esta pueda demorarse de
manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Tribunal. En todo caso, su realización tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Relaciones con la ciudadanía.
10.1 De conformidad con el artículo 72.5 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector
Público Vasco, y el artículo 88.12 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y
multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos, todas
las comunicaciones y notificaciones a las personas interesadas, sin perjuicio de la
publicación oficial en el «Boletín Oficial del País Vasco» cuando corresponda, se realizarán
por medio el tablón electrónico de anuncios.
cve: BOE-A-2024-24703
Verificable en https://www.boe.es
Décima.